REFORMAS CONSTITUCIONALES

DECRETO NUMERO 188-85
El Congreso Nacional,

Considerando: Que la doctrina Militar y los requerimientos organizativos y operacionales de Las Fuerzas Armadas, hacen aconsejable la rotación en los Mandos, por un periodo no superior a los tres años , a fin de capacitar y elevar la eficiencia profesional de la Oficialidad en servicio activo

Considerando: Que el aludido sistema de rotación, permite, además, posibilitar mayores perspectivas de ascenso en la Jerarquía del Mando, especialmente en lo que concierne a Oficiales Superiores que llenan los requisitos legales para ocupar los mas altos cargos en la referida jerarquía de Mando

Considerando: Que las razones expuestas es procedente fijar en tres años el periodo constitucional que durara en sus funciones el Comandante en Jefe de Las Fuerzas Armadas de Honduras.

POR TANTO:
DECRETA:

Articulo 1o.- Reformar el Articulo 279 de la Constitucion de la Republica, en el sentido de fijar en tres años el periodo que durara en sus funciones el Comandante en Jefe de LAs Fuerzas Armadas, por lo cual tal Articulo deberá leerse asi: Articulo 279.- El Comandante en Jefe de Las Fuerzas Armadas, deberá ser un Oficial General o Superior, con el Grado de Coronel de las Armas o su equivalente, en servicio activo, hondureño de nacimiento, y será elegido por el Congreso Nacional de una terna propuesta por el Consejo Superior de las Fuerzas Armadas

Durara en sus funciones tres años y solo podra ser removido de su cargo por el Congreso nacional, cuando hubiere sido declarado con lugar a causa, por dos tercios de los votos de sus miembros; y en los demás casos previstos por la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas

No podra ser Comandante en Jefe de la Fuerzas Armadas, ningún pariente del Presidente de la Republica o de sus sustitutos legales, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad

Articulo 2.- El Presente Decreto entrara en vigencia al ser ratificado por la subsiguiente legislatura ordinaria, en los términos prescritos por la Constitucion de la Republica

Dado en Tegucigalpa, Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil ochenta y cinco

José Efraín Bu Girón

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