Decreto 10-1990
Articulo Único:
Interpretar al articulo # 307 de La Constitucion de La Republica, en el sentido de que al establecer diez años para el ejercicio de la profesión, se refiere únicamente a quines tienen diez años del ejercicio e la profesión del Derecho con titulo otorgado o reconocido por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), contados a partir de la fecha de inscripción en el Colegio de Abogados.
Rodolfo Irías navas
(presidente)
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