17 de marzo

27 de febrero de 1989


Al poco tiempo de iniciar Carlos Andrés Pérez su segundo período presidencial, tuvo lugar entre los días 27 y 28 de febrero de 1989 un estallido masivo y sorpresivo de violencia popular. La magnitud del hecho estremeció a la sociedad venezolana e impactó a la opinión pública internacional, debido al alto grado de popularidad que tenía la figura de Pérez y que se vio expresado en la gran cantidad de votos con los cuales resultó electo y que le daban un -supuesto- amplio margen de acción para su gestión gubernamental. En este sentido, el 16 de febrero de 1989 el recién posesionado presidente de la República Carlos Andrés Pérez, presentó ante el país un programa de ajustes macroeconómicos llamado popularmente "paquete económico", concebido para generar cambios sustanciales en la economía nacional.

En términos generales, el paquete comprendía decisiones sobre política cambiaria, deuda externa, comercio exterior, sistema financiero, política fiscal, servicios públicos y política social. Entre las principales medidas anunciadas figuraban la decisión de acudir al Fondo Monetario Internacional y someterse a un programa bajo supervisión de ese organismo con el fin de obtener aproximadamente US $ 4.500.000.000.000 en los 3 años siguientes; la liberación de las tasas de interés activas y pasivas en todo el sistema financiero hasta un tope temporal fijado en alrededor del 30%; unificación cambiaria con la eliminación de la tasa de cambio preferencial; determinación de la tasa de cambio en el mercado libre de divisas y realización de todas las transacciones con el exterior a la nueva tasa flotante; liberación de los precios de todos los productos a excepción de 18 renglones de la cesta básica; incremento gradual de las tarifas de servicios públicos como teléfono, agua, electricidad y gas doméstico y sinceración general de precios de las empresas públicas; aumento anual en el mercado nacional durante 3 años de los precios de productos derivados del petróleo, con un primer aumento promedio del 100% en el precio de la gasolina; aumento inicial de las tarifas del transporte público en un 30%; aumento de sueldos en la administración pública central entre el 5 y el 30% e incremento del salario mínimo a Bs. 4.000 en el área urbana y a Bs. 2.500 en el área rural; racionalización y eliminación progresiva de los aranceles a la importación; reducción del déficit fiscal a no más del 4% del producto territorial bruto (PTB) y congelación de cargos en la administración pública.

Todas las medidas mencionadas anteriormente excepto la última eran de aplicación inmediata. En tal sentido, el alza de la gasolina debía efectuarse a partir del 26 de febrero de 1989 y las tarifas del transporte público urbano en un 30% a partir del 27 de febrero, válido para los 3 meses siguientes, después de los cuales podrían aumentarse hasta el 100%. No obstante, los transportistas no estuvieron de acuerdo con el aumento inicial del 30% al considerar que el mismo debía ser de al menos un 70%, por lo que la Cámara del Transporte convocó un paro para el día 27 de febrero como medida de presión sobre el Ejecutivo Nacional. Ese día los choferes de las rutas interurbanas (sobretodo las que cubrían el trayecto entre Guarenas y Caracas) iniciaron sus recorridos habituales tratando de imponer sus tarifas y desconociendo el pasaje estudiantil. Ante tales circunstancias los usuarios reaccionaron con un alto grado de violencia contra las unidades de transporte, muchas de las cuales fueron destruidas y quemadas. Asimismo, en poco tiempo la violencia se desbordó al comenzar el saqueo y destrucción de locales comerciales, desde pequeños abastos hasta supermercados; también fueron atacados diversos tipos de locales comerciales, talleres y pequeñas fábricas; y tuvieron lugar intentos de penetrar por la fuerza en áreas residenciales de sectores de clase media y alta. En cuanto a los protagonistas de los actos vandálicos, tenemos que los mismos fueron perpetrados en su mayor parte por sujetos de estratos populares, aunque también estuvieron involucrados individuos pertenecientes a la clase media.
Los actos de violencia del 27 de febrero de 1989 se iniciaron en Guarenas (Edo. Miranda) y en algunas zonas del área metropolitana de Caracas como Caricuao, los alrededores del Nuevo Circo y La Guaira. Posteriormente, la onda de violencia de extendió a otras zonas del área metropolitana de Caracas y las principales ciudades del interior del país como Maracay, Valencia, Barquisimeto, Mérida y Ciudad Guayana. El estallido tuvo un carácter espontáneo; es decir, las acciones no fueron dirigidas por organizaciones partidistas o de otro tipo, y en ellas se combinaron actos violentos de protesta popular, junto con hechos de evidente orientación delictiva. Aunque el alza de los precios de los pasajes del transporte colectivo fue el detonante de los hechos del 27 de febrero, para comienzos de 1989 se vivía en el país un gran desasosiego ante las expectativas y conflictos generados en torno al cambio de rumbo de la política económica llevado a cabo por Carlos Andrés Pérez y su gabinete. Por otra parte, esta situación de vio agravada a lo largo de enero y febrero de 1989, cuando se desató el acaparamiento y la especulación con los productos de primera necesidad, lo que causó desabastecimiento e inflación. Es por ello que luego de la inicial reacción en contra de los transportistas y sus unidades, la acción popular se extendió en contra de los locales comerciales de expendio de bienes de consumo, en cuyos depósitos fueron encontrados muchos de los productos que habían desaparecido en los meses que precedieron al estallido.

Dado el carácter simultáneo, masivo, sorpresivo y violento de los acontecimientos del 27 de febrero, las fuerzas policiales regulares se vieron superadas por los mismos, dando la impresión de no saber como actuar ante un fenómeno de violencia social de tal magnitud. En virtud del desbordamiento de la situación, hacia el mediodía del día 28 el presidente Pérez, reunido con el Consejo de Ministros, ordenó a la Guardia Nacional y al Ejército reprimir los disturbios. Igualmente decretó el estado de emergencia, previsto en el artículo 240 de la Constitución de 1961, con lo que quedaron suspendidas un grupo de garantías constitucionales durante los 10 días siguientes. Las Fuerzas Armadas asumieron el control del orden público y se estableció un toque de queda a lo largo del territorio nacional. Pasados los 10 días, el presidente Pérez solicitó la autorización del Congreso para mantener el estado de emergencia, la cual fue concedida aun cuando se restituyeron algunas garantías y se suprimió el toque de queda. Como consecuencia de los actos de saqueo que siguieron durante la suspensión de las garantías y la paralización del país, se produjeron enormes pérdidas para los dueños de los locales comerciales y de los transportes urbanos. El balance de perdidas humanas dejado por los hechos del 27 de febrero de 1989 fue según cifras oficiales de 300 muertos y más de un millar de heridos. Sin embargo, de acuerdo con algunos reportes extraoficiales el número de muertos llegó al millar. La mayor porción de las víctimas de este estallido resultó a consecuencia de la intervención de la Guardia Nacional y del Ejército en el control del orden público, lo cual sería repudiado y serviría de justificación para los militares que se alzaron el 4 de febrero de 1992.

En términos generales, las condiciones socioeconómicas generadas a partir del 18 de febrero de 1983, cuando tuvo lugar una drástica devaluación del bolívar, y acentuadas por las irregularidades en el intercambio económico ocurridas durante los últimos meses de 1988 y primeros de 1989, crearon en la población fuertes sentimientos de frustración socioeconómica y falta de credibilidad en la capacidad y voluntad de las autoridades públicas y de los agentes económicos para actuar con seguridad y equidad. Por otro lado, el proceso electoral de 1988 había generado ciertas expectativas de superación socioeconómica y política del país, sobretodo en torno a la figura de Carlos Andrés Pérez quien de alguna manera prometió durante la campaña electoral la posibilidad de la vuelta a la bonanza económica experimentada en su primer mandato (1974-1979). Sin embargo, el anuncio del programa económico liquidó las ilusiones de la población y acentuó el desencanto no sólo hacia el gobierno de Pérez sino hacia un sistema político que evidenciaba la carencia de canales adecuados para la participación política y social. Por tal motivo, a raíz de los sucesos del 27 y 28 de febrero de 1989, fueron severamente cuestionados los partidos y organizaciones políticas (sobretodo AD y COPEI), al ser presentados como factores contrarios al cambio y sordos a las necesidades de la población, lo cual se evidenciaría en la situación crítica que se experimentó en los años venideros, y que daría paso a dos golpes de Estado en 1992.

Las cifras

Los sucesos de febrero y marzo de 1989, de acuerdo a la cifra oficial, dejaron un saldo de 277 civiles fallecidos. No obstante, no existe una precisión formal en cuanto a la determinación del número de víctimas, quedando desvirtuada esta lista, por la aparición de 68 cadáveres inhumados en las fosas comunes de La Peste; y en los cuales se obviaron los procedimientos regulares tanto de carácter administrativo como penal.

En cuanto al número de funcionarios policiales o militares asesinados, públicamente se conoció de la muerte de un agente de la Policía Metropolitana de nombre Eduardo Meza Izturis y un Mayor del Ejército llamado Félix Antonio Acosta Carles. Resulta relevante señalar que no guarda proporción real el número de efectivos y funcionarios del Estado asesinados con el elevado número de civiles que perdieron la vida, como para inferir que las muertes ocurrieron durante enfrentamientos, como han señalado fuentes oficiales.

Cofavíc prefiere no especular con el tema de las cifras. Manejamos un total de 44 casos de víctimas, tanto personas asesinadas, como heridas de carácter permanente, que han llegado a nuestras oficinas y que hemos investigado.

En un artículo del libro 27 de febrero "Cuando la muerte tomó las calles" editado por el Ateneo de Caracas, Roberto Briceño León, en su artículo titulado "Contabilidad de la muerte" (pág. 103) afirma que según dos listas elaboradas por la Morgue de Caracas - tras cotejarlas, porque en ambas había datos repetidos- se supo de un total de 310 personas muertas. Aclara que "este no es el total de muertos, sino el total de personas sobre las que pudimos obtener información". De estas personas el 87.4 por ciento, fueron hombres, es decir, murió una mujer por cada nueve hombres. La mayoría de las personas que murieron eran jóvenes, ya que la media de edad fue de 27 años. El 65.5 por ciento de los muertos tenía menos de 30 años de edad, y el 25 por ciento, menos de 21 años de edad. Entre los más jóvenes destacan 21 que tenían menos de quince años: un niño de ocho años, 2 de once años, cuatro de doce años, 5 de trece años, 3 de catorce años y 6 de quince años. Sólo el 11 por ciento contaba con más de 40 años. La persona muerta con más edad, tenía 67 años. Del total de individuos de los cuales se obtuvo información sobre su nacionalidad, el 95 por ciento eran venezolanos, el 3.8 colombianos y el 1.1 por ciento de dominicanos. El 83 por ciento de los occisos no tenía antecedentes policiales. Los datos indican que la causa de la muerte en el 97.4 por ciento de los casos fue por heridas de armas de fuego.

La Peste

En Venezuela es conocido como "La Peste" el lugar donde se encontró, el 26 de noviembre de 1990, una fosa común con 68 cuerpos de víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989. Allí se supone que están numerosos desaparecidos de aquellos días, así como cuerpos de personas que murieron y que no fueron entregados a sus familiares. De los cuerpos exhumados, sólo tres fueron identificados. El resto aún aguarda por un nombre y un entierro digno. Los familiares piensan que la verdad aún debe ser desenterrada, y siguen esperando justicia.

La inhumación de estos cuerpos, ordenada por el Ejecutivo Nacional, se realiza a pocos días de los sucesos y obviando los procedimientos administrativos pertinentes, como el registro en los libros del mencionado cementerio y las normas municipales. Tampoco se cumple con los artículos 84 y 94 del Código de Instrucción Médico Forense (resguardo de elementos que podrían ayudar a la identificación posterior de los restos inhumados) y los artículos 121 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Criminal Venezolano.

Desde el 4 de julio de 1989 Cofavíc hace numerosas diligencias para rescatar los restos enterrados en las fosas comunes. Finalmente el 26 de noviembre de 1990, un año y medio después, se inicia el proceso de exhumaciones. Expertos antropólogos acreditados por Americas Watch consignan recomendaciones al inicio del proceso sobre las formas de proceder, la documentación de las heridas y la identificación de los restos. El 19 de diciembre de 1990 Cofavíc consigna 17 fichas antropométricas con datos pre-mortem aportados por los familiares ante el Instituto de Medicina Legal.

Sin embargo son múltiples los mecanismos utilizados para obstaculizar la justicia en este difícil caso. Desde un principio la impunidad se evidencia en la voluntad de ocultar evidencias por parte de los organismos de seguridad del Estado, al construir la fosa común; y el silencio por parte del Ejecutivo, convalidando de esta manera los hechos cometidos durante los sucesos de febrero y marzo de 1989.

Se observa falta de colaboración de las autoridades que participaron en el proceso de inhumación en la ubicación de las fosas comunes, cuando se solicitó; En aquellos días se publican en los medios de comunicación social informaciones donde las autoridades alegan que la exhumación de los cadáveres produciría severos problemas de salud.

Una vez logrado el proceso de exhumación, se hostiga y amedrenta a algunos de los familiares de las víctimas para que desistan. No se entrega equipo adecuado al personal del Cementerio General del Sur y al del Instituto de Medicina Legal para que realicen las exhumaciones y se asciende al Juez que lleva el caso con la celeridad y la diligencia requerida, impidiéndole así que continúe con su labor.

Se muestra falta de celeridad en la entrega de los resultados de los exámenes y experticias practicados durante el proceso judicial por parte del Instituto de Medicina Legal y la Policía Técnica Judicial y es evidente la negligencia por parte del Instituto de Medicina Legal en la identificación de los restos exhumados, ya que sólo se han identificado y entregado tres de ellos.

Además se producen numerosos sucesos de información y contra información por parte del Instituto de Medicina Legal a los familiares sobre la identificación de sus seres queridos, provocando el desgaste de los denunciantes. Así mismo este Instituto suministra declaraciones a los medios de comunicación social no del todo ciertas, con propósitos desconocidos por Cofavíc.

El proceso de exhumaciones se paraliza totalmente a partir de 1991. Desde entonces los cadáveres localizados se encuentran en nichos, expuestos a la acción negativa de animales y del medio ambiente, con la posibilidad de que se pierdan elementos probatorios, generando aún más desesperanza y frustración a los familiares.

Siete años tienen desde entonces los familiares de las víctimas del llamado "sacudón del 27 de febrero" enterradas en La Peste, en espera de que el Tribunal Décimo de Primera Instancia en lo Penal, a cargo de la juez Raiza de Fortoul y el Instituto de Medicina Legal, les entreguen los cadáveres que les pertenecen.

Ante la evidente falta de celeridad y ausencia de justicia, el caso es elevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Las víctimas

Francisco Antonio Moncada Gutiérrez

Francisco Antonio, de 8 años de edad, murió el 28 de febrero de 1989, víctima de disparos indiscriminados efectuados por efectivos militares cuando se encontraba dentro de su casa. El caso, catalogado como el expediente número 1452, se encuentra en etapa sumarial en el Tribunal Segundo Militar Permanente de Caracas desde hace nueve años.

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: El 28 de febrero de 1989, a las 4:00 p.m. aproximadamente, el Sr. Francisco A. Moncada, su esposa, la Sra. Alicia Gutiérrez, sus hijos Katiuska de 12 años y Francisco de 8 años, su cuñada Milvia Gutiérrez de 28 años (quien es sordomuda) y los Sres. Iraima Blanco y Alberto Pérez, vecinos del sector, se encontraban en la terraza del edificio 1 - donde residen -, ubicado en La Silsa, urbanización 23 de Enero, zona oeste de la ciudad de Caracas. Los niños estaban jugando, mientras los adultos observaban lo que sucedía en la calle. Posteriormente, el Sr. Moncada se fue a duchar y el resto del grupo permaneció en el lugar.

El hijo menor de la familia Moncada, Francisco y su tía Milvia, se acercaron a la reja de la terraza y un soldado del Ejército que se encontraba en el interior de la Compañía de Chocolates "La India", adyacente al edificio donde vive la familia Moncada, comenzó a dispararles, hiriéndolos gravemente. El Sr. Moncada al escuchar los gritos de su esposa y de su hija, salió a ver que ocurría, y de inmediato con la ayuda de los vecinos, procedieron a trasladar al menor y a la joven, en un vehículo al centro de salud más cercano, el Hospital Pediátrico Elías Toro de Catia, allí no los pudieron atender y los remitieron a otro centro hospitalario, El Periférico de Catia, donde atendieron a la joven Milvia que estaba herida en el cuello, pero no pudieron atender al menor Francisco Moncada, porque necesitaba una operación de emergencia y el centro asistencial no contaba con los recursos.

Finalmente el menor de 8 años de edad fue llevado al Hospital de Lídice, en donde murió.

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Richard José Páez Páez

Richard José, estudiante de 17 años de edad (C.I. 10.533.040), murió el 3 de marzo de 1989, víctima de abuso de autoridad de agentes de la Policía Metropolitana. El caso se encuentra en el Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas (Nº de expediente: 6581).

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: El día 3 de marzo de 1989, siendo la 1:30 p.m. aproximadamente, en el Barrio Maca de Petare en la zona este de la ciudad de Caracas, funcionarios adscritos a la Policía Metropolitana se encontraban practicando allanamientos en las residencias del referido sector. La Sra. Hilda Páez, madre de la víctima, se encontraba en su casa y su hijo el joven Richard Páez estaba en la casa de una vecina, la Sra. Leonor Blanco. En el sector continuamente se escuchaban balaceras, Richard al ver la situación, decide trasladarse a su residencia a través de un patio trasero que comunicaba su casa con las de los vecinos, en ese momento se escucharon algunos impactos de balas y él es herido mortalmente. Posteriormente funcionarios de la Policía Metropolitana se presentaron en la residencia de la familia Páez e informaron que había un joven muerto, en el patio de la casa. La Sra. Leonor Blanco se asomó y se percató de que se trataba del joven Richard Páez. Los funcionarios policiales le explicaron a los familiares de la víctima y a los vecinos que el joven Richard Páez había caído de la parte alta de la casa y se había degollado. Cuando los vecinos del sector se acercaron al cuerpo del joven Richard pudieron observar que presentaba un impacto de bala. De acuerdo a la autopsia, Richard Páez murió a causa de una hemorragia interna, a consecuencia de una herida por arma de fuego en el tórax y el abdomen.

Situación jurídica actual: El caso se encuentra en la etapa sumarial desde hace nueve años. Se dictó averiguación abierta el 2/06/95.

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Fidel Orlando Romero Castro

Fidel Orlando Romero Castro, de 23 años de edad, C.I. 6.210.016, de ocupación obrero, murió el 28 de febrero de 1989. Su caso se encuentra en el Tribunal Segundo Militar Permanente de Caracas/ Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en lo Penal del Area Metropolitana de Caracas/Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo penal del Area Metropolitana de Caracas. (Nº de expediente: Mil 1452/ Ord. 9819/15148).

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: El día 27 de febrero de 1989 el señor Fidel Orlando Romero Castro, salió de su casa Nº 92, ubicada en el barrio La Arenera, sector Ojo de Agua, Baruta, Estado Miranda, a las 7:00 p.m. aproximadamente. Posteriormente el Sr. Wladimir José Flores López, amigo de la familia Romero Castro les informó que el señor Fidel Romero se encontraba herido en la calle principal de Baruta, vía los Guayabitos, Estado Miranda. Oscar Romero, hermano de la víctima, al enterarse de la noticia fue a auxiliarlo y al encontrar herido al joven Fidel Romero, lo trasladó al Hospital Pérez de León, en donde fue intervenido quirúrgicamente, pero muere a las 11:00 a.m., del 28 de febrero de 1989.

El cuerpo del joven Fidel Romero fue trasladado a la morgue del Instituto de Medicina Legal (IML), a donde acudieron los familiares luego de haber contratado los servicios funerarios, a fin de proceder a retirar el cuerpo y darle cristiana sepultura, pero funcionarios adscritos al referido instituto, le informaron que debían regresar al otro día por cuanto ya se acercaba la hora en la que se iniciaría el toque de queda. Al día siguiente los familiares se presentaron nuevamente al IML y en esta oportunidad los funcionarios le comunicaron que había sido inhumado en fosas comunes.

A pesar de haber transcurrido ocho años de los hechos denunciados, el Estado no ha entregado el cuerpo a los familiares ni se han establecidos responsabilidades de carácter administrativas, civil y penal relativas al homicidio y a la no identificación y restitución del cadáver a los familiares de la víctima.

Situación jurídica actual: El caso se encuentra en la etapa sumarial desde hace nueve años. En el caso del expediente que cursaba bajo la jurisdicción ordinaria, el mismo fue remitido al Juzgado Segundo Permanente Militar según oficio 1795 de fecha 26/17/94, para su acumulación.

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José Miguel Liscano Betancourt

José Miguel, de 21 años de edad, C.I.: 6.312.762, y archivista de ocupación, desapareció de su casa el 28 de febrero de 1989, sin que hasta el momento se conozca su paradero. Su caso se encuentra ante el Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas (Nº expediente: 6581)

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: El 28 de febrero de 1989, siendo las 5:30 p.m. el Sr. José Miguel Liscano, salió de su casa ubicada en la Av. Guzmán Blanco, Cota 905, Sector Villa Zoila Nº 191, Escalera Nº3, Parroquia, Santa Rosalía, Caracas, con su compadre el Sr. Leonel Sosa Pacheco, con el fin de comprar víveres. El Sr. Liscano no portaba documentos. Luego de realizar las compras el Sr. José Liscano decidió regresar a su casa y se despide del Sr. Sosa. El sector estaba bajo el control del Ejército y de la Policía Metropolitana. Desde la referida fecha el joven Liscano se encuentra desaparecido. Los familiares han acudido a diferentes centros hospitalarios, a la morgue del Instituto de Medicina Legal y a diversos cuerpos policiales, pero no han recibido información sobre su paradero. Hoy nueve años después de haber transcurrido los hechos denunciados el Estado no ha establecido las responsabilidades de carácter administrativo, civil y penal, por la desaparición del Sr. Liscano.

El 18/08/93 se dictó averiguación abierta.

Gregoria Matilde Castillo

Gregoria Matilde Castillo, de 20 años de edad, C.I.: 6.693.494, de ocupación secretaria fue víctima de disparos indiscriminados realizados por efectivos militares, el 1 de marzo de 1989, razón por la cual quedó con lesiones permanentes, al perder la pierna izquierda. Su caso se encuentra ante el Tribunal Segundo Militar Permanente de Caracas (Nº expediente: Mil. 1452).

Los hechos ocurrieron de la siguiente manera: El día 1 de marzo de 1989, salió a las 7:45 a.m. aproximadamente, de su residencia ubicada en el sector la Virgen, en Petare, en la ciudad de Caracas, con su tía la Sra. Columbia Ochoa a ver si había trabajo en la fábrica donde se desempeñaba como montadora de carteras. En el barrio no había luz, todo se sentía en calma. Llegó a su trabajo todo estaba cerrado y al percatarse de esto, se devolvieron caminando, ya que el lugar de trabajo no quedaba tan alejado de su residencia. Para ese momento la situación en la zona de Petare, se tornaba tensa, por tal razón, la joven Matilde Castillo, decidió irse por la Av. Principal del Cerrito, escalera de Mesuca - otro sector también de la zona de Petare -, allí se encontró con una prima la joven Carmen Izquiel y con un amigo el Sr. José Quintana. Luego de subir las escaleras, pasó cerca del restaurante, ubicado en la Av. principal de Mesuca, el cual estaba siendo saqueado, al instante se hicieron presente Efectivos de la Policía Metropolitana, los cuales llegaron disparando perdigones por todas partes. Las personas que se encontraba en el lugar corrieron a esconderse por las escaleras de Mesuca, pero al frente de la misma se encontraban Efectivos del Ejército. Estos funcionarios comenzaron a disparar indiscriminadamente matando a su prima Carmen Izquiel, a un amigo, el Sr. José Quintana y a otras personas que se encontraba a su alrededor que no conocía, quienes murieron instantáneamente, con la desesperación que sintió, la joven Matilde Castillo, empezó a gritar luego sintió un impacto en la pierna izquierda, se quedó callada por miedo. Los Efectivos Militares continuaron disparando, pero al cabo de una hora aproximadamente cesaron las detonaciones; y fue cuando un muchacho que le era desconocido, la sacó de allí, como pudo. El joven la quería llevar al hospital y uno de los Militares no dejaba argumentando que había comenzado el toque de queda. Finalmente Matilde Castillo fue trasladada al Hospital Pérez de León, ubicado en la zona de Petare, luego fue llevada al hospital Domingo Luciani y posteriormente fue ingresada al Hospital Pérez de León en donde le amputaron la pierna. Actualmente Gregoria Matilde Castillo tiene una prótesis. Fue la única sobreviviente en este hecho, las personas que la acompañaban resultaron asesinados.

A pesar de haber transcurrido nueve años de los hechos denunciados, el Estado no ha establecidos responsabilidades de carácter administrativas, civil y penal relativas a las lesiones ocasionadas a la víctima, y el caso se encuentra en etapa sumarial desde entonces.

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Yurima Milagros Ramos Mendoza

Yurima de 20 años de edad (C:I: 10.348.433) fue asesinada en el interior de su residencia, el 28 de febrero de 1989, a las 6 de la tarde. Los vecinos del Edificio Caroní, ( Av Intercomunal del Valle, en Caracas) estaban atemorizados por los disparos indiscriminados que efectuaban miembros de las Fuerzas Armadas desde la avenida, razón por la cual se dirigieron a los funcionarios solicitando que dejaran de disparar, ya que en el interior de la residencia Caroní no había francotiradores, por lo tanto no se justificaba una acción que ponía en peligro la vida de las familias que allí habitaban. Los funcionarios militares hicieron caso omiso del reclamo y continuaron disparando en forma indiscriminada.

La joven Yurima Ramos se encontraba en su habitación, poniéndose un abrigo, cuando repentinamente fue alcanzada por un proyectil que le quitó la vida. El cadáver de la joven permaneció varias horas sin ser trasladado. El caso se encuentra en etapa sumarial desde hace nueve años.

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Wolfang Quintana

Wolfang Waldemar Quintana Vivas, de 20 años de edad, C.I. 10.791.117, fue asesinado dentro de su residencia el 2 de marzo de 1989, a las 6:20 de la tarde. Wolfang se encontraba en la segunda planta de su casa, ubicada en el barrio El Guarataro, Descanso a Claveles Nro. 2, en el oeste de la ciudad de Caracas, sosteniendo a su hija de 3 meses de edad cerca de la ventana de la habitación. Un soldado del ejército que se encontraba ubicado en la estación del metro de Capuchinos, lo apuntó y le disparó. Wolfang Quintana, herido, logró bajar las escaleras de su residencia con la niña en brazos y la colocó en un sillón. Sus familiares lo llevaron inmediatamente a la clínica de la Policía Metropolitana, en donde ingresó muerto. Posteriormente el cuerpo fue trasladado a la morgue del Instituto de Medicina Legal. El 3 de marzo los familiares fueron a la morgue a retirar el cuerpo para sepultarlo, pero les fue difícil ubicarlo, hasta que lo lograron en horas de la noche. En la jurisdicción ordinaria se dictó averiguación terminada el 10/10/95. En la jurisdicción militar el caso se encuentra en la etapa sumarial desde hace nueve años.

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Crisanto Mederos

Crisanto Mederos (37 años de edad, C.I. 3.664.735) murió dentro de su casa, el día 3 de marzo de 1989 a las 10 de la noche. 10 efectivos de las Fuerzas Armadas entraron repentinamente a su residencia, ubicada en Santa Ana a Coromoto, Nro. 24, La Pastora, en Caracas, para realizar un operativo de allanamiento domiciliario. Los funcionarios le pidieron a los familiares que se encontraban en la sala de la casa que se acostaran en el piso boca abajo y procedieron a revisar la residencia, llegando a la habitación de Crisanto Mederos. Su madre, Margarita Mederos, testimonia oír un disparo, inmediatamente el aullido de la perra del Sr. Mederos, y la voz de él protestando la presunta muerte del animal. Los funcionarios le pidieron al Sr. Mederos que se identificara, y una vez que lo hizo se escucharon varios golpes y no se escuchó más la voz de Crisanto Mederos. Continuaron los allanamientos en las casa vecinas con amenazas de muerte, los vecinos fueron acostados boca abajo con la orden de cerrar los ojos. Transcurrió una hora y se escuchó a uno de los efectivos demandar una tabla, en la cual trasladaron el cuerpo del Sr. Mederos tapado y sin vida. Víctor Hernández y Manuel Urbano Mederos, hermanos de la víctima, fueron detenidos y puestos en libertad posteriormente. Los familiares de Crisanto Mederos dan testimonio de que el cadáver tenía la frente hundida y una herida de bala en el cuello.

Cuando la familia acudió al Instituto de Medicina Legal a retirar el cadáver, se encontraron con una serie de trabas y una amiga de ellos que era diputada se identificó ante los funcionarios policiales y demandó la entrega del cadáver para la familia. El cadáver les fue entregado y pudieron observar que éste tenía un rótulo que decía "no entregar". El caso se encuentra en etapa sumarial desde hace nueve años.


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