Las apariencias engañan.
Las cosas son lo que son y no, su interpretación.
Cualquier conjunto de personas bien intencionadas, que
quiera actuar con honestidad intelectual y que asuma la investigación y el
estudio del tema OVNI bajo bases científicas, debería tener permanentemente
presente estos dos conceptos, como
guías señeros de su trabajo.
La adquisición de información relativa a denuncias de
OVNI tiene siempre al factor humano como medio de transmisión.
Nunca se tiene acceso directo al fenómeno u objeto que
determinó la denuncia, que provocó el
caso, sino a través de sus protagonistas.
Aunque haya otros factores no humanos que se añadan al
caso, como detección por radar, fotos, filmaciones, videos, grabación de
sonidos, radiactividad por sobre el fondo normal, marcas, o substancias, el
factor humano siempre va a estar en el medio.
De modo que la primer premisa es básica, para el
investigador: “Las apariencias
engañan”. Y el primer engañado es el
propio testigo, enfrentado a algo que le parece muy extraño, que nunca antes
vio, o que nunca vio con las características o bajo las circunstancias que lo
percibió la vez que se decidió a denunciarlo.
Lo que esto significa es que nunca deben tomarse a pie
juntillas las descripciones que los testigos puedan hacer de lo avistado, sobreponiendo los aparentes elementos de
“extrañeza” a lo que un estudio detenido del caso particular permita arribar
como conclusión.
El fenómeno u objeto que determinó la denuncia debe
ser desglosado entre cómo lo describe el testigo, y cuál es su verdadera
identidad, teniendo en cuenta las particulares condiciones en que se produjo la
observación.
Un ejemplo clarifica lo anteriormente expuesto: una
persona ve parcialmente un cuerpo luminoso, entre nubes, y en medio de una
atmósfera tremendamente húmeda que provoca
cierta niebla. La persona
considera honestamente que ha visto algo extraño y lo denuncia. El color es amarillento y por momentos
violáceo, aparece como un semicírculo con unas partes oscuras que el testigo
atribuye a ventanillas. El testigo deja de ver el objeto pues debe irse del
lugar, pero lo observó detenido, mientras lo pudo ver.
Una verificación de tipo astronómico, permitirá
determinar sin duda alguna y con total precisión, que ese día, a esa hora, y
en esa posición se hallaba la Luna. Si se añaden las condiciones atmosféricas y
meteorológicas bajo las cuales el testigo hizo su observación, puede explicarse
por qué no fue capaz de identificar a
la Luna como tal.
La apariencia engañó al testigo, pero no puede engañar
al investigador.
La segunda premisa que claramente debe tener en cuenta
el investigador es que las cosas son lo que son, y no su interpretación.
Cuando un testigo denuncia a dos objetos extraños,
luminosos, haciendo maniobras
inverosímiles entre las nubes, y la prensa asocia la presencia de tales objetos
a la ocurrencia de un apagón en el área,
el investigador nuevamente debe desglosar la esencia intrínseca de lo
acontecido, de la interpretación que se le ha dado.
Cuando se descubre que dos niños jugaban con faros
iluminando las nubes muy bajas, luego de haber ocurrido un corte de energía
eléctrica en la zona, todo adquiere su verdadera proporción e identidad.
Las cosas son lo que son, y no su interpretación.
La experiencia indica que en general los testigos
describen con bastante exactitud lo que han visto, pero son llevados por
factores mayormente culturales y de condicionamiento psicológico, a interpretar
eso que han visto, atribuyéndole una identidad errónea.
Es propio de la labor del investigador, saber separar
ambos factores, y aprovechando el mayor grado de fidelidad en la descripción
brindada de lo visto, procurar establecer la verdadera identidad del fenómeno u
objeto que motivó la denuncia OVNI.
Todo ello necesariamente complementado con un estudio de las
circunstancias que rodearon lo acontecido, la búsqueda de otros testigos, y la
verificación de información técnica que permita dilucidar el caso.
Habrá ocasiones en las cuales, luego de una concienzuda y afanosa búsqueda
por identificar el fenómeno u objeto
que originó la denuncia, verificados todos los aspectos concernientes a
la misma, agotadas todas las consultas técnicas y/o profesionales
correspondientes, resulte no
obstante imposible identificar lo observado, y adscribirlo a la categoría de
algo conocido hasta ese preciso momento.
Será entonces cuando el investigador no tendrá otra alternativa que
clasificar el caso como correspondiente a un Objeto Volador No Identificado, o
a un Fenómeno Aéreo Anómalo, según corresponda.
Esta nunca será una clasificación definitiva, sino que
estará sujeta a revisión periódica. El investigador, que debe actualizar
siempre su conocimiento acerca de
fenómenos naturales que puedan descubrirse, y de aparatos aeronáuticos
experimentales u operacionales, estará potencialmente en condiciones, en algún
momento, de modificar esa clasificación, y poder resolver lo que durante un
tiempo permaneció siendo un enigma.