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GLOBALIZACIÓN Y DERECHOS HUMANOS.

Como los tumores, hay efectos de la globalización "malignos" y "benignos".
Siguiendo nuestro razonamiento desde una óptica médica, podríamos aventurar
que los estados de salud de las sociedades actuales, dependen de los
diagnósticos de los médicos de turno. Por ello, hay quienes ven en los
efectos de esos procesos de globalización, aquellos síntomas que, o
justifican el estar al frente de ellos o el estar en contra de ellos. Por
esta razón hay quienes ven sólo cosas positivas y quienes se preocupan de
hacer notar los aspectos negativos.
Las enfermedades de las sociedades tienen efectos que se manifiestan como
males colectivos, y por esa razón muchas veces suelen pasar desapercibidos
para un tejido social cargado con los virus del individualismo.
Le resulta difícil a nuestras sociedades reflexionar seriamente sobre su
futuro, cuando se las bombardea desde dos bibliotecas. Una que diagnostica
desde el PODER (la que antes de conocerse el resultado del 17/6, vaticinaba
que aún ganando el referéndum contra la ley de Marco Energético, el proceso
de globalización -integración regional-, obligaría al Uruguay a hacer lo
que supuestamente la soberanía popular no quería hacer); y otra biblioteca
que predica la mayoría de las veces sin resultados inmediatos, en el páramo
desierto de la sociedad uruguaya, viendo siempre en cada intento de avance
de la humanidad, manifestaciones escondidas del imperialismo.
Las verdades instauradas en el campo de los actuales modelos económicos
neoliberales, se transforman así en cosas indiscutibles, irrefutables,
imparables por más soberanía popular que se manifieste.
El parentesco más o menos cercano que existía hasta no hace mucho tiempo
en el imaginario colectivo, entre lo justo y la justicia- por ejemplo, en
los plazos de prescripción de los reclamos laborales (art 29 de la Ley de
Inversiones)-, se doblega y se transforma regresivamente ante la lógica
avasalladora de lo que hacen o tienen nuestros vecinos de Argentina,
Brasil, Paraguay, etc, en razón de sus procesos sociales. Lo que nosotros
tenemos o teníamos, se transforma como consecuencia de ese efecto igualador
para atrás, que se instala como una especie de jurisprudencia obligatoria,
indiscutible e ineludible.
¿quiere decir esto, que todas las conclusiones a que arriban
colectivamente las sociedades, son sospechosas, malignas?.
¿Quiere decir esto, que apostamos al mantenimiento de una suerte de
aislacionismo en nuestra arcadia particular?
Quienes desde nuestra práctica sindical apostamos a lo colectivo, no
podemos ignorar la sabiduría que encierran casi siempre las definiciones
que son el producto de una reflexión colectiva de los pueblos.
Por esa razón la humanidad saludó con satisfacción colectiva, cundo hace
50 años declaró los Derechos del Hombre y abrió el camino a las distintas
Convenciones, Pactos y Declaraciones relativos a los derechos Humanos, a
los Derechos Sociales y Políticos.
Cuando en cada capitulo, en cada artículo se enumeraron los derechos de
los seres humanos, se consagro una globalización de conceptos sobre los que
no podrían existir dos bibliotecas.
Desde el advenimiento de la democracia- o para ser más rigurosos, desde el
fin del proceso militar, hemos escuchado que entre quienes defienden el
modelo imperante y quienes lo cuestionan hay diferencias profundas e
irreconciliables, pero...en lo que se refiere a la política exterior del
país, existe una política de Estado sobre la que no hay diferencias.
¿Se sigue sosteniendo eso, por parte de los sectores políticos no coaligados?
¿Ha tenido el Parlamento nacional una discusión que le permita al Estado
uruguayo delinear las posiciones que actualmente están sosteniendo los
"representantes nacionales" en la reunión de plenipotenciarios que se
realiza en Roma para definir la creación de una Corte Penal Internacional
para juzgar los crímenes de lesa humanidad?
¿ Se ha preguntado el sistema político, si se ha respetado la jurisdicción
que establece la Constitución de la República en la aplicación e
interpretación de los tratados internacionales suscriptos por el país, a la
hora de responder el Poder Ejecutivo a los cuestionamientos de la Corte
Interamericana de DD.HH con relación al problema de los desaparecidos?
El pasado 17 de abril la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, da cuenta de la aprobación de una
resolución de la Comisión de Derechos Humanos -1998/53 sobre la Impunidad.
Entre otros aspectos dice esta resolución: "Guiada por la Carta de las
Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los pactos
internacionales de derechos humanos y otros instrumentos de derechos
humanos pertinentes, y la Declaración y Programa de Acción de Viena,
Recordando la universalidad, interdependencia e indivisibilidad de los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
Convencida de que la expectativa de impunidad respecto de las violaciones
de los derechos humanos o del derecho humanitario internacional alienta
esas violaciones y es uno de los obstáculos fundamentales para la
observancia de los derechos humanos y del derecho humanitario internacional
y para la plena aplicación de los instrumentos internacionales de derechos
humanos y de derecho humanitario,
Convencida además de que la denuncia de las violaciones de los derechos
humanos, la entrega de sus autores a la justicia, la obtención de justicia
para las víctimas, así como el mantenimiento de archivos históricos de esas
violaciones orientarán a las sociedades futuras, y de que todo ello es
parte integrante de la promoción y la realización de los derechos humanos y
las libertades fundamentales y de la prevención de futuras violaciones,
Reconociendo que exigir responsabilidades a los autores de violaciones
graves de los derechos humanos es uno de los elementos esenciales de toda
reparación eficaz para las víctimas de violaciones de los derechos humanos
y un factor clave para conseguir un sistema de justicia justo y equitativo
y, en definitiva, la reconciliación y la estabilidad en un Estado,
Acogiendo con agrado el establecimiento, por parte de varios Estados en
los que han ocurrido violaciones de los derechos humanos en el pasado, de
mecanismos para denunciar esas violaciones, en particular comisiones
investigadoras o comisiones de averiguación de la verdad y reconciliación,
Destacando la importancia de establecer un tribunal penal internacional
permanente como medida para luchar contra la impunidad, y reconociendo al
mismo tiempo la labor de los tribunales penales internacionales para la ex
Yugoslavia y para Rwanda,
1. Subraya la importancia de luchar contra la impunidad para prevenir
violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario internacional
e insta a los Estados a que presten la necesaria atención a la cuestión de
la impunidad respecto de las violaciones de los derechos humanos y del
derecho humanitario internacional, en particular las cometidas contra
mujeres, y a que adopten medidas apropiadas para hacer frente a esta
importante cuestión;
2. Reconoce que para las víctimas de violaciones de los derechos humanos
el conocimiento público de su sufrimiento y de la verdad acerca de los
autores de esas violaciones es esencial para la rehabilitación y la
reconciliación, e insta a los Estados a que redoblen los esfuerzos para
ofrecer a las víctimas de violaciones de los derechos humanos un proceso
justo y equitativo mediante el cual puedan investigarse y hacerse públicas
esas violaciones, y a que alienten a las víctimas a participar en dicho
proceso;
3. Subraya la importancia de adoptar todas las medidas posibles y
necesarias para que respondan ante la justicia los autores de violaciones
de los derechos humanos y del derecho humanitario internacional; e insta a
los Estados a que actúen respetando las debidas garantías procesales;
6. Pide al Secretario General que invite a los Estados a que proporcionen
información sobre las medidas legislativas, administrativas o de otra
índole que hayan adoptado para combatir la impunidad respecto de las
violaciones de los derechos humanos cometidas en su territorio y sobre los
recursos que pueden ejercitar las víctimas de esas violaciones;
8. Invita a los relatores especiales y demás mecanismos de la Comisión de
Derechos Humanos a que consideren debidamente la cuestión de la impunidad
en el cumplimiento de sus mandatos; ...

52ª sesión,
17 de abril de 1998".

A todo esto, sólo nos queda para cerrar esta nota, dejar planteada otras
interrogantes, tanto para el gobierno de coalisión como para la oposición.
¿Estas opiniones sobre la impunidad que son producto de la conciencia
global de la humanidad (la otra globalización), se impondrá a la politica
de los últimos gobiernos postdictatoriales de no esclarecer la verdad sobre
los desaparecidos?.
¿Esta conciencia de la humanidad que globaliza la lucha contra la
impunidad, tendrá la fuerza para tirar abajo la impunidad uruguaya y la
soberanía de la mayoria que la avaló en un referendum?

Raul OLIVERA

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Integrante de la Secretaria de Derechos Humanos y Politicas Sociales del
PIT/CNT.

Miembro del Comité Central del P.V.P.

 

 

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