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HISTORIA DE LA CIUDAD
Entre el otoño de
1521 y el verano de 1522, Alonso García Bravo, ayudado por Bernardino
Vázquez de Tapia y dos aztecas cuyos nombres se ignoran, realizó la traza o
delimitación de la que habría de ser la ciudad española. Esta tarea fue
ordenada por el Ayuntamiento cuando estaba establecido en Coyoacán. Por
razones políticas la nueva ciudad fue edificada en el emplazamiento de la
capital anahuaca. Esta decisión ha determinado la problemática de la ciudad
de México. El recinto del centro ceremonial y administrativo de la
Confederación de Anáhuac -centro llamado posteriormente recinto del Templo
Mayor-, núcleo urbanístico de la ciudad tenochca y el que mayor cantidad de
edificios de cal y canto
tuvo, no fue arrasado durante el sitio de Tenochtitlan: si los teocalli, el
tecpan y el techpulcalli -obras de mampostería existentes en cada uno de los
calpulli- no fueron demolidos, menos pudieron serlo edificios que resultaban
gigantescos comparados con aquéllos. Esta circunstancia obligó a determinar
la intersección de los ejes norte-sur y oriente-poniente del centro
ceremonial, punto que queda, aproximadamente, en el paño norte de la actual
calle República de Guatemala, hacia el centro de la cuadra que va de
Argentina a la 1a. del Carmen. El deslinde partió de ese punto y siguió los
lineamientos generales de la ciudad anahuaca, lo cual hizo de la traza una
yuxtaposición parcial de Tenochtitlan.
La traza resultó un cuadrángulo ligeramente trapezoidal en su lado norte,
que seguía el curso de las actuales calles de Perú y Peña y Peña. El límite
oriental iba por Leona Vicario, la Santísima, Alhóndiga y Roldán; el sur,
por San Pablo y San Jerónimo, y el oeste por San Juan de Letrán, Juan Ruiz
de Alarcón, Aquiles Serdán y Gabriel Leyva. El eje norte-sur tendría 18
cabeceras
(lados menores de cada manzana) de aproximadamente 90 varas cada
una (75 m y fracción) y mediría 1 350 m; y el oriente-poniente, siete
cuadras (lados mayores) de 200 varas cada una (167 m) y su longitud sería de
1 338 m. La superficie de la primitiva traza habría sido, por lo tanto, de 1
806 300 m2 (180 ha). De acuerdo con el plano reconstruido por Antonio García
Cubas a mediados del siglo XVI, la ciudad tendría 100 manzanas. Las acequias
o canales prehispánicos eran ocho, con los siguientes cursos conforme a la
nomenclatura actual: 1. de norte a sur, por El Carmen (a la altura de
Colombia) y Correo Mayor hasta José María Izazaga; 2. y 3. una con dos
ramales, formando una V a partir de San Sebastián, ahora callejón y parque
Gregorio Torres Quintero; 4. la anterior, hacia el este; 5. a partir de
Tacuba, por Gante y Aldaco hasta Mesones; 6. la Acequia Real, a partir de La
Santísima, por Corregidora y 16 de Septiembre, al sureste por Gante (parte
posterior del convento de San Francisco) y Aldaco hasta Mesones; 7. a partir
de Mesones, a la altura de La Merced, por el templo de San José de Gracia y
Regina, y luego al sur; y 8. de Regina al noroeste, rodeando el convento de
San Francisco. En esa época predominaba en la nomenclatura la palabra
"puente", designando cruceros en los que coincidían una calle de tierra y
otra de agua. Por ejemplo: Puente de San Dimas (Mesones, entre 5 de Febrero
y Pino Suárez), Puente de las Ratas (Bolívar, entre República de El Salvador
y Mesones), Puente del Blanquillo (Mesones, entre Jesús María y plaza Juan
José Baz) y Puente de la Leña (Corregidora, entre Jesús María y Alhóndiga)
El Acta Constitutiva de la Federación del 31 de enero de 1824 y la
Constitución Federal del 4 de octubre siguiente fijaron las bases para la
organización política y administrativa de los Estados Unidos Mexicanos. La
fracción XXVIII del artículo 50 de la Constitución otorgó al Congreso la
facultad de elegir el lugar que sirviera de residencia a los supremos
poderes de la Federación y la de ejercer dentro de su distrito las
atribuciones del Poder Legislativo de un estado. El 18 de noviembre de 1824
el Congreso señaló a la ciudad de México como sede oficial de los poderes de
la nación y le asignó al Distrito, que desde entonces se llama Federal, la
superficie comprendida en un círculo de dos leguas (8 800 m) de radio con
centro en la Plaza Mayor. Este territorio le fue segregado al estado de
México, cuyo gobierno, tras algunos incidentes, tuvo que mudarse del antiguo
palacio de la Inquisición, donde residía, a la villa de Texcoco. La ley del
18 de abril de 1826 dispuso que los pueblos cuya mayor parte de su población
quedase fuera del círculo distrital (Coyoacán, Xochimilco, Mexicaltzingo y
Tlalpan, seguirían perteneciendo al estado de México. La selección de la
ciudad de México como capital de la República se debió en gran medida a los
argumentos que adujo ante el Congreso el diputado Servando Teresa de Mier,
pues la comisión respectiva había propuesto la ciudad de Querétaro. He aquí
un trozo de su intervención: "La verdad sobre este punto es que México está
en el centro de la población de Anáhuac; y ese centro político, y no el
geográfico, es el que se debe buscar para la residencia del gobierno, que
nada tiene que hacer en los desiertos. El entendimiento que rige al hombre,
no lo puso Dios en el vientre ni en la cintura, sino en la cabeza. ¿Y por
qué no he de hacer yo méritos también de la situación de México, que no
tiene Querétaro?: no hay ciudad más conquistable que ésta, ni más defendible
que aquélla. Por eso la hizo renacer de sus cenizas Hernán Cortés, y por eso
se sostuvieron en ella los virreyes". Al triunfo del centralismo, el
Distrito Federal desapareció y su territorio fue incorporado al Departamento
de México, con base en lo dispuesto en el artículo 3° de la Sexta Ley de las
Bases y Leyes Constitucionales expedidas el 29 de noviembre de 1836. La
República quedó dividida en departamentos, éstos en distritos, y éstos, a su
vez, en partidos, subsistiendo los ayuntamientos. La agregación de la ciudad
de México al Departamento de su mismo nombre se formalizó en febrero de
1837. Las Bases Orgánicas del 12 de junio de 1843, obra de la Junta Nacional
Legislativa, dejaron subsistentes el Departamento y el Distrito de México,
éste dividido en los partidos de la ciudad de México, Coyoacán y
Tlalnepantla. El 22 de agosto de 1846 se dispuso que rigiera de nuevo la
Constitución de 1824 y se restituyeron los estados en lugar de los
departamentos. Estos hechos fueron ratificados por el Acta Constitutiva y de
Reformas del 21 de mayo de 1847, cuyo artículo 6° prevenía que mientras la
ciudad de México fuera Distrito Federal, tendría voto en la elección de
presidente y nombraría senadores. El 16 de febrero de 1854 el presidente
Antonio López de Santa Anna, quien desde el 16 de diciembre anterior
gobernaba con facultades omnímodas, decretó la comprensión del Distrito de
México: al norte, hasta el pueblo de San Cristóbal Ecatepec; por el
noroeste, hasta Tlalnepantla; por el oeste, hasta Los Remedios, San Bartolo
y Santa Fe; por el suroeste, hasta Huixquilucan, Mixcoac, San Ángel y
Coyoacán; por el sur, hasta Tlalpan, Xochimilco e Iztapapala; por el oeste,
hasta el Peñón; y por el noreste, hasta la medianía de las aguas del Lago de
Texcoco. El Distrito quedó dividido en ocho prefecturas centrales, que
correspondían a los otros tantos cuarteles mayores que formaban la
municipalidad de México, y tres exteriores (Tlalnepantla, Tacubaya y Tlalpan).
La Constitución Federal de 1857, en la Sección II del Título II, relativa a
las partes integrantes de la Federación y del territorio nacional, previó la
erección del estado del Valle de México, con el mismo territorio del
Distrito Federal, sólo en el caso de que los supremos poderes federales se
trasladen a otro lugar. El 6 de mayo de 1861 el Distrito Federal se dividió
en la municipalidad de México y los partidos de Guadalupe Hidalgo,
Xochimilco, Tlalpan y Tacubaya. El 10 de abril de 1865 el archiduque
Maximiliano expidió el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano, conforme
al cual el Distrito Federal quedó comprendido dentro del Departamento del
Valle de México. Esta disposición cesó al triunfo de la República.
El 4 y el 17 de agosto de 1898 se aprobaron los convenios de límites entre
el Distrito Federal y los estados de Morelos y México, respectivamente. Esos
documentos fueron ratificados por el Congreso de la Unión el 15 y 17 de
diciembre; y publicados en el Diario Oficial el día 23 siguiente. Desde
entonces, el Distrito Federal linda: al oriente, con el estado de México,
partiendo del punto denominado La Tranca, siguiendo hacia el norte y pasando
por los puntos llamados Cuahuecatl, Tlepeteitla, falda oriental del cerro
del Guarda, cerro Cometitla, Cañada de la Cumbre, Chicomocelo, Xalcoyuca,
Sayolincuautla, Las Nieves, Tepatitlán, Chila, Terremote de San Andrés en el
Lago de Chalco, Diablotitla, El Tepozán en el Lago de Texcoco, Pantitlán y
Tlaltel de los Barcos, hasta el Tecal; al norte, con el estado de México,
partiendo del Tecal y pasando por los puntos denominados Tequesquitenco, la
cumbre del cerro de la Rosca, el Pitahayo, Atlaquihualoya, Cantera Colorada
y Chiquihuite; entre estos dos puntos la línea sufre una inflexión hacia el
norte, para continuar por la cresta de la serranía ligada al Chiquihuite
(cerro Cuate, Ocotal, Picacho, Mesa Alta, Los Metates, Puerto el Panal, La
Joya, La Corona y cerro de Chalma) y bajar de allí al camino que conduce a
Cuautepec y continuar por éste hacia el sur hasta el pueblo de San Lucas, y
de allí hasta el río de Tlalnepantla, siguiendo por todo él y tomando los
límites de la antigua hacienda de la Escalera, hasta el pueblo de Ixtacala,
de donde retrocede hacia el sureste, hasta encontrar el camino nacional que
conduce a Tlalnepantla, siguiendo por éste hasta el punto llamado la Patera,
y seguir al poniente, pasando junto a las
casas de la antigua hacienda de Enmedio y de los ranchos de San Pablo y
Oviedo, las cuales quedan del lado del estado de México, y continúa la línea
por los límites de la hacienda de Careaga, hasta llegar al camino que
conduce a Puente de Vigas; al oeste, con el estado de México, partiendo del
punto antes mencionado, hasta llegar al principio del camino de Las Armas,
por todo éste hasta el punto que forma crucero con el camino de La Naranja,
por donde baja hacia el oriente hasta encontrar el camino de León a
Azcapotzalco, por éste hacia el sur (pasando por los puntos llamados El
Comedero o Cernidero, Cuatro Caminos, Colegio y El Arquillo) hasta llegar a
la barranca de Acevedo, luego por los puntos conocidos con los nombres de
Huizachal, cerro de Tecamachalco y toda la cañada del mismo nombre hasta la
mojonera de Santa Ana, de donde la línea continúa recta hasta el cerro de
Manzanastitla, en jurisdicción de Cuajimalpa, para seguir por Hueyatla,
pueblo de
Santiaguito, cerro de Los Padres, cañada del Espiso y arroyo de
Monamicueaitl, hasta el punto del mismo nombre cerca de Huixquilucan,
pasando de allí a las cumbres de los cerros de Tetela y Tepacatitla, puerto
de las Cruces y al oeste hasta La Pirámide, cerro de Tepehuizco y llano de
Los Carboneros del Rey, bajando después hacia el sureste, por el cerro del
Ángel y la Barranca del Pedregal, al punto llamado Ojo de Agua y seguir por
las cumbres de los cerros Teponaxtle, Gavilán, El Muñeco, La Gachupina, El
Cochinito, Hueytzoco, Minas de Centeno, Media Luna, Taravilla y el Texcal,
el punto llamado Cruz del Morillo y los cerros que existen entre Picacho y
Horno Viejo, para pasar a la loma de Agua de Lobos, Tecuiles, cerro de
Tuxtepec y mojonera de la Media Luna; y al sur, con el estado de Morelos,
partiendo del punto situado en lo más alto del cerro de Tuxtepec y siguiendo
hacia el este por las cumbres de los cerros Tezoyo, Chichinautzin y
Quimixtepec,
Otlayucan, Zohuanquilo y Ocotecatl, y los lugares nombrados Yepac y La
Tranca.
Por decreto del 16 de diciembre de 1899 el Distrito Federal se dividió, para
su régimen interior, en la municipalidad de México y en las prefecturas
siguientes, cada una con las municipalidades que se indican entre
paréntesis: Guadalupe Hidalgo (Guadalupe Hidalgo e Ixtacalco), Azcapotzalco
(Azcapotzalco y Tacubaya), Tacubaya (Tacubaya, Mixcoac, Santa Fe y
Cuajimalpa), Coyoacán (Coyoacán y San Ángel), Tlalpan (Tlalpan e Iztapalapa)
y Xochimilco (Xochimilco, Huastahuacan, Atenco, Tulyehualco, Mixquic,
Tláhuac, Milpa Alta, Actopan y Ostotepec). El 26 de marzo de 1903 se expidió
la Ley de Organización Política y Municipal del Distrito Federal, en virtud
de la cual el Distrito Federal quedó dividido en 13 municipalidades: México,
Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Tacuba, Tacubaya, Mixcoac, Cuajimalpa, San
Ángel, Coyoacán, Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta e Iztapalapa. De
conformidad con el artículo 18 de esta ley, la entidad debía regirse, en
cuanto a su régimen interior, por las disposiciones que dictara el Congreso
de la Unión, quedando sujeto en lo administrativo, político y municipal al
Ejecutivo de la Unión, por conducto de la Secretaría de Gobernación. En
diciembre de 1916, en su Proyecto de Reformas a la Constitución de 1857, el
Primer Jefe Venustiano Carranza propuso anexar al Distrito Federal los
distritos de Chalco, Amecameca, Texcoco, Otumba, Zumpango, Cuautitlán y
parte del de Tlalnepantla, para lo cual el límite con el estado de México se
fijaría siguiendo la línea de cumbres de las serranías de Monte Alto y Monte
Bajo; sugirió, además, suprimir la previsión del estado del Valle de México,
pero sus iniciativas no fueron aceptadas. En cumplimiento de lo dispuesto
por el artículo 1° transitorio de la Constitución de 1917, el Ejecutivo
expidió, el 13 de abril del mismo año, la Ley de Organización del Distrito y
Territorios Federales, la cual mantuvo las disposiciones del decreto del 16
de diciembre de 1899 en lo relativo a la división de la entidad. La reforma
de la fracción IV del artículo 73 constitucional, del 28 de agosto de 1928,
suprimió el régimen municipal en el Distrito Federal y encomendó el gobierno
de su territorio al Presidente de la República, quien lo ejercería por
conducto del Departamento Central, creado en esa misma fecha, con
jurisdicción en las antiguas municipalidades de México, Tacubaya y Mixcoac,
y en 13 delegaciones: Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Iztacalco, General
Anaya, Coyoacán, San Ángel (que por reformas de 1931 cambió su nombre por el
de Álvaro Obregón), La Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, Iztapalapa,
Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac. En la Ley Orgánica del Gobierno del
Distrito Federal, del 31 de diciembre de 1941, ya sólo aparecen, como partes
de la entidad, la ciudad de México y 11 delegaciones: Gustavo A. Madero,
Azcapotzalco, Iztacalco, Coyoacán, Villa Álvaro Obregón, La Magdalena
Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, Iztapalapa, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac
(artículo 8). Y en la Ley Orgánica vigente, publicada en el Diario Oficial
el 29 de diciembre de 1978, se reitera que los límites del Distrito Federal
son los fijados por los decretos del 15 y 17 de diciembre de 1898 (Cap. I,
artículo 3) y se indica que "el Distrito Federal o Ciudad de México"
(denominaciones por primera vez sinónimas en un texto legal) se divide, de
acuerdo con sus características geográficas, sociales y económicas, en las
siguientes 16 delegaciones: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez,
Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco,
Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac,
Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco (véase los artículos
correspondientes a cada una de ellas y MÉXICO, CIUDAD DE; MÉXICO, CIUDAD DE.
ORDENANZAS; MÉXICO, ESTADO DE; MÉXICO, CUENCA DE y MÉXICO-TENOCHTITLAN).
Departamento del Distrito Federal (DDF). Dependencia del Poder Ejecutivo
Federal, cuya denominación le fue asignada en 1928. Su antecedente más
remoto es el Gobierno del Distrito Federal, creado el 18 de noviembre de
1824, al ser establecidos los poderes federales en la ciudad de México. Sus
atribuciones, funciones, estructura y programas para el periodo de 1982 a
1988, tienen como antecedentes inmediatos: 1. la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, del 29 de diciembre de 1976, y sus reformas
y adiciones del 22 de diciembre de 1982; 2. el Programa de Modernización de
la Administración Pública Federal 1982-1988; 3. el Plan Nacional de
Desarrollo 1983-1988; y 4. el Programa de Reforma Administrativa 1970-1976 y
sus cinco etapas de ejecución (1977-1982). Las atribuciones directas del DDF
son las siguientes: determinar la actividad que deba considerarse de
servicio público y decidir si debe ser ejecutada por sí o en colaboración
con organismos descentralizados o empresas de participación estatal, o si
debe concesionarse; reglamentar y vigilar la prestación de todo servicio
público; ocupar los bienes que sean empleados en la prestación de servicios
públicos cuando éstos sean interrumpidos, y retenerlos hasta que la empresa
respectiva normalice sus actividades; vigilar que en los centros de
espectáculos y diversiones se respeten la moral y las buenas costumbres, y
que los precios que se cobren sean los autorizados; fomentar el deporte, los
actos culturales y artísticos y las actividades que propendan a exaltar el
espíritu cívico y los sentimientos patrióticos; mantener el orden público;
sancionar las infracciones a las leyes locales y a los reglamentos; auxiliar
al Ministerio Público; formular los proyectos de sus propias leyes de
ingresos y de egresos; mantener actualizado el catálogo de los bienes de
dominio público y privado del Distrito Federal; reglamentar el tránsito por
las calles; otorgar concesiones para la explotación y aprovechamiento de la
vía pública o para el ejercicio de cualquier actividad económica que no sea
competencia de la autoridad federal; reglamentar el establecimiento de
fábricas, comercios y cualquier otra actividad, en términos que no causen
molestias a los moradores de la zona; prestar servicios sociales y
asistenciales a la población; cumplir y hacer cumplir las disposiciones que
las leyes le encomienden en materia de elecciones, cultos,
desamortizaciones, jurados, registro civil, dispensas y licencias referentes
al estado civil de las personas, notariado, consejo de tutelas, registro
público de la propiedad y del comercio, legalizaciones, exhortos,
estadística especializada, bienes mostrencos y todas las demás que las leyes
especiales establezcan; y colaborar con las otras instituciones y
dependencias oficiales en beneficio de los habitantes del Distrito Federal.
La cuenca de México, en la cual está inscrito el Distrito Federal, se
localiza en el extremo sur del Altiplano, sobre el paralelo de 19° de
latitud norte, que coincide con la situación del Eje Neovolcánico. Su forma
es la de un rectángulo irregular inclinado en sentido noreste-suroeste, con
longitud mayor de 120 km y menor de 80, y una superficie de 9 600 km2. Del
área total, el 40% es llano y el 60% accidentado, a causa de los lomeríos y
vertientes de las sierras que la delimitan. Bordeada por cadenas de montañas
que no se interrumpen en ningún punto, no es propiamente un valle porque no
tiene una línea de drenaje general que la modele. Su denominación, sin
embargo, es la de valle de México. La elevación de la parte plana es en
promedio de 2 250 m sobre el nivel del mar. Sus límites naturales más
sobresalientes son: al norte, la sierra de Pachuca, con altura máxima de 3
mil metros; al noreste, las sierras de Chichucuatlán y del Tepozán, que se
derivan de la Sierra Madre Oriental; al este y al sureste, la sierra Nevada,
donde destacan en su porción septentrional los cerros Tláloc, Telapón y El
Papayo, que sobrepasan los 3 500 m, y en la meridional el Iztaccíhuatl, de 5
286 m de altitud, y el Popocatépetl, de 5 452; al sur, la sierra de
Chichinautzin, cuya más alta cumbre es el Pico del Águila (3 952), en el
Ajusco; al suroeste, la sierra de las Cruces; al oeste, las sierras de Monte
Alto y Monte Bajo; y al noroeste, la sierra de Tezontlalpan o Tolcayuca, que
al conectarse con la de Pachuca completa el circuito. Tienen jurisdicción
política en esta área el Distrito Federal, entre los paralelos 19° 11' 53" y
20° 11' 09" de latitud norte y los meridianos 98° 11' 53" y 99° 30' 24" de
longitud oeste (14% del territorio) y los estados de México (50), Hidalgo
(20), Tlaxcala (nueve) y Puebla (uno). Del Distrito Federal, sólo algunas
porciones de Milpa Alta, Tlalpan, La Magdalena Contreras y Villa Álvaro
Obregón se localizan fuera de los límites del valle. En el interior de éste
se encuentran otras formaciones orográficas: al norte, la sierra de
Guadalupe, cuya mayor altura, el Cerro del Sombrero (3 mil metros), marca el
extremo septentrional de la ciudad de México; al este, la sierra de Santa
Catarina y La Caldera, el volcán de Xico y el cerro del Pino, en
jurisdicción de Chalco; y dentro del perímetro urbano, el Peñón de los
Baños, el Peñón del Marqués y el Cerro de la Estrella.
Formación geológica. Después de haberse plegado los sedimentos marinos del
cretácico y emergido gran parte del actual territorio mexicano, hará unos 50
millones de años, se inició el periodo llamado Terciario, de intenso
vulcanismo, pues al levantarse la corteza, que acusa un espesor de 40 o más
kilómetros, ocurrieron fracturas por donde salió la roca líquida a la
superficie. Ni las fuerzas erosivas superficiales alcanzaron a nivelar el
paisaje, ni los ríos a desalojar las lavas, frente al mayor crecimiento y
actividad de los volcanes. Este fenómeno fue especialmente notable en la
cuenca de México y en los valles próximos de Puebla y de Toluca. El Nevado,
el Popocatépetl, el Iztaccíhuatl y la Malinche, con sus rasgos juveniles y
sus grandes alturas, son testimonio de esta actividad ígnea. A la aparición
de los volcanes siguió, ya en el Cuaternario, la extraordinaria efusión de
lavas que formó la sierra de Chichinautzin, represó los ríos que antes iban
al sur y produjo la cuenca cerrada de México. Este fenómeno ocurrió en el
último millón de años y fue contemporáneo de las glaciaciones. Los volcanes
de las sierras de Las Cruces y de Río Frío proceden de fracturamientos
tensionales, vinculados al lento asentamiento de la cuenca, cuyo desnivel
creciente entre la fosa y sus pilares, produjo a su vez abanicos aluviales.
Tal es el caso de la formación Tarango, caracterizada por sus minas de
arena. Los materiales acarreados por las lluvias, la deyección de cenizas y
los restos de la vegetación calcinada rellenaron la cuenca. En Xochimilco y
Chalco esos sedimentos tienen un espesor de 800 m; y los depósitos
superficiales de origen lacustre, consistentes en arcillas altamente
hidratadas (jaboncillo), una profundidad de 50 a 60 m en la zona central.
Otros indicios de la gran potencia pulsante que anida bajo la superficie de
la cuenca de México, son los siguientes: la erupción del Xitle, apenas 200
años antes de Cristo, cuyas lavas destruyeron la población de Copilco y
dieron origen al Pedregal de San Ángel; la veneración de los antiguos
mexicanos a Xiutecuhtli, dios viejo del fuego; las aguas termales del Peñón
de los Baños y del Peñón del Marqués, muy frecuentadas hasta bien entrado
este siglo y luego en decadencia por haberse abatido los niveles freáticos;
y el alumbramiento de mantos hasta de 40°C de temperatura al sureste del
Cerro de la Estrella y en muchos otros sitios.
En la década de 1990 despertó el interés político y ciudadano por
democratizar al gobierno del Distrito Federal que hasta ese momento recaía
en un funcionario nombrado por el presidente de la República.Entre grandes
movilizaciones pacíficas se logró reformar el estatuto de gobierno e incluso
la propia Constitución Federal. De acuerdo con tales modificaciones el jefe
de gobierno sería electo por el voto popular de los habitantes de la ciudad
de México. Los principales partidos políticos dieron a conocer sus
candidatos. El partido Revolucionario Institucional postuló a Alfredo del
Mazo, el partido de la Revolución Democrática designó a Cuauhtémoc Cárdenas
y el partido Acción Nacional nominó a Carlos Castillo Peraza. Aunque hubo
otros candidatos los tres citados mantuvieron la competencia más cerrada.
Durante la jornada del 6 de julio de 1997 el voto popular dio el triunfo a
Cárdenas quien tomó posesión el 5 de diciembre siguiente y renunció al
puesto el 28 de septiembre de 1999, para emprender la campaña por la
presidencia de la República. Lo sustituiría en el cargo su hasta entoces
secretaria de gobierno, Rosario Robles.
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