17 de marzo

Sala de Casación Penal votó por unanimidad

CSJ absolvió a Blanca Ibáñez en el caso de los jeeps al prescribir acción penal

Caracas, julio 22.- Por unanimidad, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) absolvió a Blanca Alida Ibáñez Piñate, ex secretaria privada del entonces presidente de la República, Jaime Lusinchi, por el caso de los jeeps adquiridos por el Ministerio de Relaciones Interiores, al prescribir la acción penal en su contra, en la cual también estaban involucrados José Angel Ciliberto y Jorge Mogna Salazar.

Al suministrar la información a los periodistas que cubren la fuente judicial, el magistrado del alto tribunal y ponente del caso, Jorge Rosell Sehen, dio a conocer además que la prescripción es extraordinaria, "porque transcurrieron los 5 años que establece la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público para que caduque la acción penal, más la mitad de esos 5 años para un gran total de 7 años y medio, y en consecuencia, la Corte Suprema de Justicia decidió en forma definitiva la prescripción de la acción penal en relación al caso".

Rosell explicó, asimismo, que a través del juicio se comprobó la adquisición de los jeeps por parte del Ministerio de Relaciones Interiores y la asignación de esos vehículos a particulares, quedando "plenamente demostrado la perpetración de los delitos de peculado doloso y peculado culposo, previstos en los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, estando incursos en los hechos José Angel Ciliberto, Blanca Alida Ibáñez Piñate y Jorge Mogna Salazar".

- En decisión ajustada a derecho -quiso destacar el magistrado ponente-, el Tribunal Superior de Salvaguarda condenó a los ex funcionarios relacionados con el caso, a penas de prisión, arresto, inhabilitación política y a reparar económicamente los daños ocasionados a la nación, pero todo ha quedado sin efecto al prescribir la acción.

Rosell Sehen comentó que la Sala de Casación Penal tomó la decisión en 15 días, apenas a 2 meses de estar instalada, pero aclaró que la acción penal ya estaba extinguida desde 1996.

En cuanto a la brevedad del lapso para leer el expediente y adoptar la decisión final, el magistrado expresó que todo se redujo a una sumatoria de tiempo para declarar la prescripción y cerrar el proceso penal contra José Angel Ciliberto, Blanca Alida Ibáñez Piñate y Jorge Mogna Salazar. (VENPRES/Ludovico Quiñones)

Transcripción de artículo del diario Notitarde, Valencia, 23 de Julio de 1998


Regresar
Home