Pensar como si hubiesemos muerto aqui
Este es el imperativo etico de nuestro tiempo
Dos notas que valen la pena a proposito de la palabra Shoah pero en la palabra esta el todo de la Cosa Jacques Sebag et en contrepoint Henri Meschonic ###################################################### Pour en finir avec le mot Holocauste, par Jacques Sebag POINT DE VUE On c�l�brait officiellement dans la France enti�re, le 18 juillet 2004, le 62e anniversaire de la rafle du Vel'd'Hiv'. Dans ces moments solennels, nous sommes toujours nombreux, � l'�coute des discours, � la lecture des plaques comm�moratives, en proie au m�me embarras, habit�s par un malaise persistant. La cause de ce trouble tient en un mot, toujours le m�me : Holocauste. Terme qui ne cesse d'�tre employ� dans le langage courant pour d�signer l'extermination des juifs pendant la seconde guerre mondiale, mais dont l'usage reste toujours cat�goriquement r�fut� par les victimes, et n'a du reste jamais �t� adopt� par les historiens occidentaux. Holocauste fut emprunt� � la Bible par les historiens am�ricains, certainement du fait de son �tymologie grecque - "br�ler en entier" -, afin de qualifier, d�s l'apr�s-guerre, le massacre de tout un peuple dans les fours cr�matoires. Or, pour le sens commun, Holocauste reste principalement �vocateur de sacrifice dans l'Ancien Testament, qui renvoit � la consumation totale par le feu de l'animal sur l'autel du temple. Il peut para�tre aberrant de devoir le rappeler, mais il serait plus aberrant encore d'entretenir la moindre confusion ou de laisser subsister la plus infime allusion : les victimes des camps nazis ne furent pas sacrifi�es, pas plus qu'elles ne se seraient sacrifi�es et n'ont accept� le sort qui les conduisait vers les chambres � gaz. Flagrante maladresse de langage, contresens majeur qui continue � nourrir une certaine id�e du "peuple martyr", un peuple r�sign� � son funeste destin, s'offrant en sacrifice afin d'expier une faute originelle imaginaire, dont peut-�tre lui-m�me ignorait la nature. Un sacrifice dont la cause lui �chapperait. Notion qui n'est pas non plus �trang�re � l'�lucubration aux relents antis�mites du juif mouton de Panurge, s'�tant laiss� mener sans r�agir � l'abattoir. D�lirante et obscure construction de l'esprit, qui trouve dans la notion de sacrifice le fondement n�cessaire pour pousser la fantasmagorie jusqu'� l'obsc�nit�, qui fait de l'an�antissement de six millions d'humains un �v�nement in�luctable, d�j� �crit, programm�. Le d�terminisme dans sa plus sotte et abjecte illustration. Sort r�serv� � ce peuple, comme une contrepartie, par Celui qui, quelques mill�naires plus t�t, avait d�cid� de son �lection, et qui aurait choisi l� de rompre l'alliance, le temps d'une trag�die... Ce qui rend radicalement inad�quat, impropre, l'emploi du mot Holocauste dans ce contexte historique, c'est qu'il porte en sa d�finition m�me la raison du crime, la justification des morts, l� o� nous nous �vertuons � dire qu'il ne peut y avoir d'autre r�ponse possible que celle du silence. R�pondre au "pourquoi", c'est en arriver syst�matiquement et invariablement � la m�me conclusion, �nonc�e par Andr� Frossard : les victimes de la Shoah furent massacr�es sous le seul pr�texte d'�tre n�es. Morts pour avoir exist�. Si le terme Holocauste, bien qu'inappropri�, perdure, c'est que nous l'avons accept� d'abord par convention, puis par usage. Aux Etats-Unis, le citoyen am�ricain, � l'instar de la communaut� juive dans sa grande majorit�, emploie quasi exclusivement le mot Holocauste. La poign�e d'enfants survivants, n�s pendant cette p�riode en Pologne, se d�signent eux-m�mes par "dzieci Holocaustu", les enfants de l'Holocauste. Le texte de d�claration de l'ind�pendance d'Isra�l, dans sa version anglaise, utilise le mot Holocauste. Sur Internet, Google laissait encore appara�tre il y a peu que le mot juif s'associait 38 000 fois au terme Shoah et pr�s de 26 000 � Holocauste. Jacques Chirac, le chef de l'Etat, a employ� dans ses discours depuis 1995 � 23 reprises le terme Shoah, et 13 fois Holocauste. Il ne s'agit pas ici d'instaurer un quelconque d�bat linguistique et d'attiser des querelles s�mantiques qui deviendraient vite incongrues face � la pr�cellence des faits. L'enjeu est bien moins anodin. Il s'agit de dire que l� o� telle expression erron�e demeure, et n'a que peu ou pas d'incidence, il en va de fa�on radicalement diff�rente avec le terme Holocauste qui, rattach� � cet �v�nement, peut en modifier la perception, la compr�hension, et finir par influer sur le sens. Un mot qui trompe l'Histoire, qui � lui seul d�j� la r�vise. Notre volont� de ne pas oublier, notre exigence d'�duquer, de transmettre aux futures g�n�rations, notre combat contre la n�gation, doit n�cessairement passer par cette exigence premi�re : bien nommer est le premier devoir de m�moire. Si les mots Shoah et "g�nocide nazi" font l'objet d'un large consensus quant � la terminologie � adopter, en revanche, encore peu de voix pr�nent et professent l'indissociabilit� des termes. Car ils compensent l'un envers l'autre leurs failles respectives. Shoah, parce que son origine h�bra�que permet imm�diatement d'identifier la victime, alors que g�nocide nazi cite l'agresseur, et d�signe le coupable. Shoah dit la jud�it� de la victime et souligne, � juste titre, sa sp�cificit� religieuse et culturelle. G�nocide nazi rappelle que cette sp�cificit� fut aussi multiple. Ainsi, les victimes, essentiellement juives, furent aussi, dans d'autres proportions, tziganes, slaves, r�sistants, prisonniers de guerre, communistes, homosexuels, francs-ma�ons, T�moins de J�hovah, "d�ficients physiques et psychologiques". Shoah, donc, dont la signification en h�breu est "destruction", "an�antissement" ; et g�nocide pour "extermination de tout un groupe humain". L'un et l'autre pour rendre parfaitement compte, ici, de l'ampleur, de la multitude, l�, du crime de masse. L'un avec l'autre, indissociables, pour nommer � la fois l'�limination syst�matique des juifs d'Europe et des Tziganes ainsi que l'ensemble des divers groupes et autres communaut�s humaines qui subirent le joug criminel nazi. "Nous sommes en pr�sence d'un crime sans nom", disait Churchill. Face � un crime sans pr�c�dent, la seule alternative pratique et morale fut d'en inventer un. Le langage humain �tait orphelin ou trop pauvre en vocabulaire devant la singularit� et l'�normit� de l'�v�nement. D'autre part, notre seule fa�on de reconna�tre et de formuler son unicit� fut de cr�er un mot qui lui soit sp�cifiquement d�di�. En cela, peut-�tre, le mot g�nocide a plus de l�gitimit� que Shoah, qui existait d�j�, avait sa propre origine et son histoire. Shoah, dont la connotation religieuse d�signe �galement un "d�luge", un "cataclysme", renvoie aussi � l'id�e de "catastrophe naturelle". Etymologie biblique dont la modernit� du terme se serait bien pass�e, introduisant du providentiel l� o� le mot g�nocide, fort d'avoir �t� cr�� "sur mesure" en 1944 par Rapha�l Lemkin et repris � Nuremberg, balaie toute �quivoque, d�finissant un acte rationnel, o� la volont� humaine est souveraine. Cependant parce que le Rwanda et la Bosnie nous ont r�appris que l'Histoire est un "�ternel retour", nous avons d� rappeler � nous le mot g�nocide, que nous ne pensions destin� qu'� des faits v�cus cinquante ans plus t�t. De cette barbarie fin de si�cle, "g�nocide" en fut la juste appellation. D�s lors, Shoah distinguait davantage l'extermination des juifs pendant la seconde guerre mondiale. Aussi, parce que la formule est devenue commode, que l'�poque est � l'effet d'annonce et que les mots, autant que les images � outrance, se m�diatisent, le mot g�nocide s'est galvaud�, banalis�, victime de sa surexposition. C'est en cela que nous devons relever et combattre tout usage du mot Shoah qui tend � en faire un nom commun, voudrait l'associer � d'autres crimes, voire le r�cup�rer, fa�on carmel d'Auschwitz. C'est en cela aussi que Shoah doit �tre pr�serv� de toute inflation du langage, qui pourrait � terme entamer son identit�, et finir par le d�singulariser. L'emploi qui en est fait aujourd'hui, et qui s'est impos� � nous depuis l'�uvre ind�passable de Claude Lanzmann, doit �tre strictement r�serv� � l'histoire contemporaine du peuple juif - au demeurant, histoire universelle de l'humanit�. 2005 c�l�bre le 60e anniversaire de la lib�ration des camps. N'est-il pas de notre devoir de demander solennellement que la journ�e du 27 janvier, visant � perp�tuer la m�moire des crimes nazis et nomm�e "Journ�e de la m�moire de l'Holocauste et de la pr�vention des crimes contre l'humanit�", soit rebaptis�e "Journ�e de la m�moire de la Shoah, du g�nocide nazi, et de la pr�vention des crimes contre l'humanit�" ? Saluons les instigateurs de cette journ�e, et rappelons l'honneur des ministres europ�ens de l'�ducation qui ont adopt�, en octobre 2002, la d�claration qui en fait une institution. N�anmoins, soucieux que le sens de cette comm�moration ne se d�lite pas, que la transmission de la m�moire se fasse sans confusion et que les victimes de la barbarie nazie ne ressentent encore la moindre amertume, la moindre douleur, ne serait-il pas l�gitime qu'� cette occasion le terme Holocauste soit remplac�, et substitu� par les mots Shoah et g�nocide nazi ? Sources: http://www.lemonde.fr/web/article/0,1-0@2-3232,36-395676,0.html Isra�l: Pour en finir avec le mot "Shoah", par Henri Meschonnic (Le Monde/ H. Orquera) date: 2005-02-24 | "Comme tout ce qui touche au langage touche � l'�thique d'une soci�t�, donc � sa politique, je proposerais, pour qu'au moins une fois on l'entende, qu'on laisse le mot "Shoah" aux poubelles de l'histoire". Jacques Sebag a rassembl� (Le Monde du 27 janvier) presque toutes les raisons de rejeter le terme "Holocauste" pour d�signer l'extermination des juifs par le nazisme et par Vichy : puisque le mot d�signe un sacrifice offert � Dieu, o�, au lieu de manger la b�te sacrifi�e, on la br�le en entier, c'est-�-dire qu'on l'offre en entier � la divinit�. D'o� le scandale d'user de cette appellation pour dire une extermination voulue par une id�ologie sans rapport avec le divin. Appellation qui constitue un "contresens majeur", comme disait Jacques Sebag, mais nullement une "flagrante maladresse de langage". C'est bien plus grave. D'autant que le mot s'est install�, comme il le rappelle, aux Etats-Unis, confort� par la diffusion du film am�ricain du m�me nom. Pour condamner "Holocauste", il faut ajouter que non seulement le terme implique une th�ologie qui justifie le meurtre de masse en le pr�sentant comme une d�votion et un sacrifice en paiement des p�ch�s, ce qui en fait une punition divine - sacril�ge maximal au nom du religieux -, mais c'est aussi parce que c'est un terme grec, qui vient de la traduction des Septante, texte de base du christianisme, une christianisation, une arch�ologisation. Le consensus s'est d�plac�, en fran�ais, sur le mot "Shoah", lui aussi port� par un film � succ�s, celui de Claude Lanzmann. Mais autant Jacques Sebag rassemble avec �nergie l'argumentation "pour en finir avec le mot Holocauste", autant il semble, comme tout le monde, accepter le mot "Shoah" et m�me le justifier : "Shoah dit la jud�it� de la victime et souligne, � juste titre, sa sp�cificit� religieuse et culturelle." Or, l� aussi, il y a de l'intol�rable, et il faut le faire entendre, d'autant plus qu'on ne l'entend pas. Les r�f�rences m�mes � l'h�breu, avec l'apparence du savoir, inversent toute la r�alit� historique du mot, et aggravent un contresens g�n�ralis� qui ne semble g�ner personne. Ce qui accro�t le scandale. Car le mot "Shoah" n'a pas du tout, en h�breu, de "connotation religieuse", et il ne d�signe pas "�galement" un cataclysme et il ne renvoie pas "aussi � l'id�e de "catastrophe naturelle"". Le mot n'a rien � voir avec le massacre, il n'introduit pas non plus du "providentiel". Le scandale, que la m�diatisation du mot rend inaudible, est que c'est un mot qui, dans la Bible o� il se rencontre treize fois, d�signe une temp�te, un orage et les ravages - deux fois dans Job - laiss�s par la temp�te d�vastatrice. Un ph�nom�ne naturel, simplement. Il y a d'autres mots, dans la Bible, pour d�signer une catastrophe caus�e par les hommes. Le scandale est d'abord d'employer un mot qui d�signe un ph�nom�ne de la nature pour dire une barbarie tout humaine. L'h�breu dit, par exemple, "hurban". C'est le mot qu'emploie Man�s Sperber dans Etre Juif (Odile Jacob, 1994). Je ne connais que trois auteurs qui emploient ce terme : Man�s Sperber, Elias Canetti et Daniel Lindenberg, dans Figures d'Isra�l (Hachette, 1997), qui note que "hurb (a) n", en h�breu, �gale "destruction, ruine (forme yiddish : hurbn)". Terme qui serait "peut-�tre plus appropri� pour d�signer le g�nocide nazi des juifs, entre 1941 et 1945". Le consensus s'est coll� sur le mot "Shoah". Ecrit � l'anglaise. Et ce mot est une pollution de l'esprit. Pour plusieurs raisons, qui tiennent � ses effets pervers. Il n'y a pas � c�der, un peu vite et l�chement, � l'argument qui mettrait le rappel du sens biblique de ce mot au compte d'un souci d�plac� pour une arch�ologie du langage. Il est vrai que l'histoire ne cesse de montrer que des mots prennent des sens nouveaux, perdent des sens anciens. Mais il n'est pas anodin d'avoir pris, pour nommer une horreur toute cibl�e, un mot d'h�breu biblique. Il y a l� d'abord une insensibilit� au langage qui juge ceux qui l'acceptent et s'y associent sans m�me le savoir, sans chercher � le savoir. Ici intervient un autre aspect du scandale de ce mot, c'est qu'il est pr�sent� comme le "nom d�finitif" de l'innommable. Tout se passe comme si Claude Lanzmann, l'auteur du film Shoah, identifiait son film � la nomination de l'innommable m�me, ayant choisi ce nom h�breu, de son propre aveu, parce qu'il ne conna�t pas l'h�breu (Lib�ration du 24 janvier) : "J'ai choisi ce nom parce que je ne comprenais pas ce qu'il voulait dire". O� se m�lent l'id�e de "destruction" et "aussi bien - celle d' - une catastrophe naturelle". D'o� est privil�gi� l'"opaque", renfor�ant ainsi l'identification entre l'innommable au sens d'une horreur que le langage ne peut pas dire, et l'effet de nom "�ponyme", "acte radical de nomination", qu'il s'approprie : "L'auteur de la Shoah, c'est Hitler. Lanzmann, c'est l'auteur de Shoah." Les nazis avaient des raisons qui �taient propres � leur tactique pour recourir � une terminologie de masquage qui �tait en m�me temps explicite : "solution finale", "�vacuation" (pour d�portation). Il n'y avait l� rien d'innommable ou d'indicible. Tout �tait parfaitement nomm�. Les �tats d'�me concernant la d�signation sont apparus en 1944-1945, en m�me temps que le tabou qui rendait inaudibles les r�cits des t�moins et survivants. L'invention du terme "g�nocide" est assez vite devenue mati�re � probl�me, celui d'une sp�cificit�-unicit�. Revendiqu�e par les uns, refus�e par les autres, �tant donn� la multiplication des massacres de masse : g�nocides arm�nien, cambodgien, rwandais... Ce que r�cemment l'apparition du terme "jud�ocide" tend peut-�tre � conjurer. Car il y a bien, chaque fois, une sp�cificit�, une unicit�. La sp�cificit� juive tient � tout un h�ritage d'enseignement non du "m�pris", comme disait Jules Isaac, mais de la haine. Un h�ritage th�ologico-politique qui s'est biologis�, radicalis�, selon une rh�torique remarquable d'inversion : la haine contre ce que Hegel appelait la religion de la haine, oppos�e � la religion de l'amour - le christianisme. M�me rh�torique de l'inversion, et je la mentionne parce qu'elle est essentielle, dans l'utilisation des Protocoles des Sages de Sion : une r�elle volont� de destruction de ceux � qui on impute cette volont� de destruction. C'est la continuit� de l'antijuda�sme chr�tien � l'antis�mitisme du XIXe si�cle, qui aboutit � une radicalisation d'hygi�ne populiste avec Hitler et Vichy. Parfaitement nomm�e "solution finale". Au passage, puisqu'on en est aux comm�morations, je propose qu'on organise un centenaire des Protocoles des Sages de Sion : 1905. Ce serait une occasion unique � saisir pour montrer � tous la b�te immonde et son utilisation par une autre rh�torique d'inversion, tout actuelle, la m�me et pas la m�me. Sans oublier que ce sont les Arabes chr�tiens qui, vers 1920, ont traduit en arabe cette Bible du tuez-le-juif. L�-dessus, deux probl�mes. L'un est que le choix d'un mot h�breu pour d�signer la "solution finale", li�e � des si�cles de haine, fait dire dans la langue embl�matique des victimes un acte enti�rement imputable aux hygi�nistes de la race. Ce n'�tait pas la langue de ceux qu'on a massacr�s. L'h�breu leur �tait une langue liturgique. Sans parler des enfants, dont beaucoup ne parlaient pas encore, mais Drieu La Rochelle avait dit de ne pas oublier "les petits". Nommer cet acte en allemand, Endl�sung, serait aussi faire offense � ceux qui ont les premiers rempli les camps, et la langue allemande n'y est pour rien. L'autre probl�me, dans ce mot empoisonn�, c'est une victimisation tout aussi totalitaire que le massacre : ce qu'Ami Bouganim appelle le "traumatisme de la Shoah", dans Le Juif �gar� (Descl�e de Brouwer, 1990). On retrouve l'interdit �nonc� par Adorno en 1949, qu'il serait barbare et impossible d'�crire des po�mes apr�s Auschwitz. Ainsi "Shoah" condense un "culte du souvenir" qui s'est mis � d�vorer ce qui reste de vivant chez les survivants. Le proc�s apparemment fait � un mot porte sur tout ce qui porte ce mot, comme dit Yeshayahu Leibowitz : "La grande erreur d'aujourd'hui consiste � faire de la Shoah la question centrale � propos de tout ce qui concerne le peuple juif", et la Shoah est devenue ainsi pour certains "le substitut du juda�sme" (dans Isra�l et juda�sme, Descl�e de Brouwer, 1996). Le mot ramasse ce qu'on a appel� "la question juive". Qui est tout sauf juive. Une fois de plus, comme �crivait Hegel, les juifs n'ont pas d'histoire, n'ayant que celle de leur martyre. Alors, pour lutter contre les rh�toriques d'inversion et de d�n�gation li�es � la victimisation, qu'�non�ait d�j� Rudolf Hoess, le chef du camp d'Auschwitz, dans ses M�moires, quand il disait que, de cette extermination (inachev�e), ce seraient encore les juifs qui tireraient le plus de profit, et comme tout ce qui touche au langage touche � l'�thique d'une soci�t�, donc � sa politique, je proposerais, pour qu'au moins une fois on l'entende, qu'on laisse le mot "Shoah" aux poubelles de l'histoire. Raul Hilberg ne s'en embarrassait pas, dans son livre La Destruction des juifs d'Europe. Et lui ne voulait pas du terme d'"extermination". Il y a eu, et il y a encore, une purulence humaine qui a voulu et qui veut la mort des juifs. Il n'y a pas besoin d'un mot h�breu pour le dire. On peut le dire dans toutes les langues avec des mots qui disent ce qu'ils veulent dire, et dont chacun conna�t le sens. Le mot "Shoah", avec sa majuscule qui l'essentialise, contient et maintient l'accomplissement du th�ologico-politique, la solution finale du "peuple d�icide" pour �tre le vrai peuple �lu. Il serait plus sain pour le langage que ce mot ne soit plus un jour que le titre d'un film. Henri Meschonnic est traducteur de la Bible, professeur �m�rite � l'universit� Paris-VIII. (Le Monde/ H. Orquera - Disclaimer) ######################################################
Las marcas de nuestro tiempo. La noticia que sigue, el hecho que el ejercito israeli marcaba a los prisioneros palestinos con un nUmero en el brazo, como identificacion, es simple y llanamente otro de los signos y las marcas de que nuestro tiempo es el tiempo inaugurado por el acto nazi. Cada uno de esos signos marcan a todos los cuerpos. En la Argentina todos hemos sido pasados por los campos. Todos hemos sido circuncidados en la ESMA. Eso es lo que nos da la posibilidad de entender la Shoah no como una cuestion intelectual sino porque hemos estado ahi. E impone la responsabilidad de volvernos sobre esa experiencia no para repetirla como en estos casos (recordemos la frase de La Batalla de Argelia: algunos sobrevivientes de Dachau se alistaron en el ejercito colonial frances en Argelia) sino para intentar al menos, obstaculizar su repeticion. Saludos. Adrian Ortiz ###################################################### Suspenden una polemica identificacion de prisioneros Marcaban a los palestinos en el brazo JERUSALEN.- En medio de una polemica comparacion con metodos nazis, el jefe del Estado Mayor del ejercito israeli, general Shaul Mofaz, ordeno ayer a sus tropas que no marquen mas con un nUmero los brazos de los palestinos que cayeron prisioneros durante sus operaciones, indico la radio militar israeli. Mofaz anuncio esta decision durante una reunion de la Comision de Defensa y Relaciones Exteriores del Parlamento, e indico que habra una investigacion. Asi accedia, ademas, a un pedido del diputado Tommy Lapid, del partido centrista Shinui, un sobreviviente de los campos de concentracion. > >> > > >> > "He dicho al jefe del Estado Mayor que el hecho > de > >> > colocar nUmeros en el brazo de detenidos es > >> > insoportable para alguien que ha escapado de la > >> > Shoah", afirmo el diputado Lapid a la radio. > Lapid > >> > aludia al hecho de que los nazis marcaban con > >> numeros > >> > los brazos de los deportados judios antes de > >> enviarlos > >> > a las camaras de gas de los campos de > >> concentracion, > >> > durante la Segunda Guerra Mundial. > >> > > >> > Rannan Gissin, vocero del premier israeli Ariel > >> > Sharon, se�alo que esta practica del ejercito > >> "pasaba mal en los medios de comunicacion, por lo que habra que hallar otro metodo para identificar a los detenidos". > >> > Por su parte, el presidente de la Autoridad Nacional Palestina, Yasser Arafat, tambien critico el metodo de los israelies al compararlo con el que recibian los judios en los campos de concentracion nazis. ##################################################### Para el ejercito israeli el problema era que la marcacion de los prisioneros al modo nazi "pasaba mal" en los medios de difusion no el problema en si. �Tambien "pasa mal" que las tropas occidentales en Irak O Afghanistan o donde sea pongan a los prisioneros las capuchas que ponian los grupos de tareas de los nazis argentinos en la ESMA?. O la semejanza de los vuelos a Guantanamo con los vuelos de la muerte de la Argentina. La cuestion es que algo que hizo el Estado del nazi Videla fue adoptado rapidamente por los Estados "democraticos" de Occidente. Con lo que muestran la naturaleza del Estado Moderno: nazi. Pero nada mas que eso. Pero estamos en 1984, Orwell, es en nombre de la democracia, del socialismo diria el astuto Blair o o del laborismo diria Peres. De Hitler ni hablar. Lo practican #################################################### --------------------------------------------------------------------------------
en la lista Lutecium se produjo ciertos intercambios a partir de los ultimos acontecimientos en middle east. Zona por la que pasa en este momento mucha de la cuestion del genocidio y la destruccion animalizacion despedazamiento del otro. Envie algunos emails que creo hacen a la cuestion que nos ocupa en esta pagina. Los emails de referencia, contra los que estan construidos los mios, se pueden encontrar en la pagina de Lutecium.
El rehusamiento a participar del goce del trozamiento del otro es algo que entiendo es fundamental y creo que es a ello a lo que contribuyen, como siempre, una pequena, infima minoria, pero clave, del lado israeli y del lado arabe. La posibilidad del rehusamiento a gozar de los pedazos del cuerpo y del alma del otro concierne a ambos.
Saludos. Adrian Ortiz
email
Cher Karim Jbeili: j'ai lu votre article. Pour moi le
titre est: la jouissance de l'haine. Et fait partie de
ce que nous devons preciser: l'economie libinale de la
jouissance dans l'humilliation, dans l'animalisation
dans la destruction de l'autre. Actuellement les
formes de l'economie politique, les formes de la
guerre, sont entrelaces de maniere d'exasperer
l'inclination fondamentale du sujet de notre temps:
jouir de la souffrance, de la dechirure de l'ame et de
le corps de l'autre. L'unique risque valable se
compter avec la posibilite de se rehuser a participer
de cet agape, de cet holocaust. Si nous voulons
chercher examples, dans l'allemagne, c'est a dire
l'allemagne nazi, il y a eu des 'justes', ceux qui ont
risque tout pour proteger la vie des juifs et
d'autres. Ils ont ete une poignee mais ce le petit
cercle qui ont honre la vie dans la vaste majorite des
assesins. Aujourd'hui la meme histoire.
Bien a vous.
Adrian Ortiz
email
Bonjour Liliane: quand je dis que Lacan n'a rien dit
sur le probleme de les champs de concentration, de
l'extermine du different, de l'autre, je n'ignore pas
que Lacan a deux ou trois lignes sur la question. Je
veux dire qu'il ne l'a considere comme une des
questions fondamentales de notre temps. Au contraire
je crois que quand Freud aborde la question par
example dans Massenpsychologie und Ichanalyse and Mose
il l'a fait dans la perspectif que ici, dans le moment
de l'ascension hitlerien et fasciste il y a quelque
chose fondante, fondamentale est en jeu sur le sujet
de son temps. Dans notre moment la je crois que les
coordonnes du probleme de le genocide, de
l'extermination, du racisme, de le champs de
concentration, de la vie nue passe centralement pour
le middle east. C'est la le couer de notre temps
qu'est une mixture entre 1933 et le 1984 d'Orwell. Il
y a au meme temps questions politiques economiques
culturelles etc etc mais ce n'est pas la quesion
fondamentale, au moins pour moi. Quand Hitler a fait
son act avec les Lager avec les travalleurs esclaves
l'extermine de la population juive de la population
gitana de les malades mentales il a questions
politiques economiques etc etc mais si nous le
considerons seulement de cette perspectif nous etions
a cote de la plaque. La question centrale c'est qu'il
a cherchee de detruire a l'autre 'comme une chien'
dirait Kafka. Quelle difference ethique entre Freud et
Lacan sur cette point la!
Bien a vous Adrian Ortiz
email
Es dificil entender algo en nuestro tiempo, mezcla de
1984 y 1933. Y pensar que algunos piensan que la
cuestion de los campos de concentracion y sus efectos
y consecuencias no son una cuestion de la que tenga
que ocuparse el discurso analitico? Que piensan
usedes? Yo pienso que leyendo sobre los personajes que
estan en medio de esta trama por momentos sin nombre,
por momentos inentendible podemos acercarnos a un poco
menos de obscuridad. por ejemplo uno de los sujetos a
mi entender fundamentales el rabino nazi Meir David
Kahane. El hecho que israel aplique politicas del
terrorismo de estado solo se entiende desde la
perspectiva de haber adoptado las ideas de este tipo
de personajes. Wikipedia dice de el: "El fue una
figura polarizadora y controversial. 'Dado que el
mismo sujeto podia ser visto como 'un heroe visionario
del pueblo judio' o como un 'racista ciminal...' He
was a controversial and polarizing figure. "That the
same man can be referred to as both a 'visionary hero
of the Jewish people' and as a 'criminal racist,'
[...] testifies to the controversial nature of Rabbi
Meir Kahane."[1] Si, desgraciadamente 'racistas
criminales' como este personaje son el origen de la
orientacion politica actual del estado de israel.
A su vez sus asesinos, son la otra cara, identica, de
la moneda, el fundamentalismo islamico.
Si a estos les sumamos el sector de mayor crecimiento
dentro de las filas catolicas, el Opus Dei pero
fundamentalmente personajes como el Papa anterior y el
actual bingo, tenemos el triptico religioso de nuestro
tiempo.
Pero fijense que a los asesinos de Kahane se les hizo
un jucio que era filmado por el FBI y registrado y
seguido/s por este entidad paso a paso y persona por
persona. Casualmente dos de los asiduos asistentes al
juicio fueron parte de los que perpetraron el primer
atentado en 1993 contra el estacionamiento del World
trade Center. El que suministro el detonador de la
bomba, oh casualidad un militar egipcio 'infiltrado'
por el FBI en el grupo. Lean en lo que sigue, es una
lastima que este en ingles, las declaraciones del
militar egipcio, salieron en el diario clarin de 1993,
pero no esta online.
Como dije es una trama 1984, justo cuando el
terrorismo de estado israeli muestra su faceta mas
insoportable oh casualidades! aparece la otra cara,
antes el 9/11 ahora los planes de hacer estallar
aviones en Londres.
Y mientras tanto, alguien se acuerdo de los muertos en
el Libano, Gaza, en Haifa?
saludos.
Adrian Ortiz
Meir Kahane
From Wikipedia, the free encyclopedia
Rabbi Meir Kahane.Meir David Kahane
Kahane being a variation on Cohen or "priest"; also
known by the pseudonym Michael King, David Sinai,
Hayim Yerushalmi) (August 1, 1932 November 5, 1990),
was an American Orthodox rabbi, author, political
activist, and a member of the Israeli Knesset until
having his career there ended by section 7a of Basic
Law: The Knesset (1958): "Prevention of Participation
of Candidates List."
Kahane was known in the United States and Israel for
his strong political and nationalist views,
exemplified in his promotion of a theocratic "Greater
Israel". He was a controversial and polarizing figure.
"That the same man can be referred to as both a
'visionary hero of the Jewish people' and as a
'criminal racist,' [...] testifies to the
controversial nature of Rabbi Meir Kahane."[1]
Kahane founded two controversial movements: the Jewish
Defense League (JDL) in the United States and Kach, an
Israeli political party. In 1988, Kach was declared a
racist party by the Israeli government and banned from
the Knesset, and, in 1994, following the Mosque of
Abraham massacre, the movement was outlawed
completely.
Como tomar el bombardeo de gente de paseo en una playa? Como un error de un estado militar? O un signo de su voluntad de exterminio y de sumir al otro en el terror? ue sepa que ni en una playa esta a salvo de sus armas? Se acuerdan de los experimentos nazis con las madres que eran colocadas en una habitacion cerrada con un bebe que lloraba permanentemente? El terror es asi quiere meterse profundamente en el sujeto de nuestro tiempo y ese es el fin del estado terrorista actual. Quiere someter al otro al terror y al control absoluto. La pesadilla paranoica vuelta realizacion de deseos por parte del estado criminal. A escala planetaria. Saludos. Adrian Ortiz
EL CONFLICTO DE ORIENTE MEDIO : HAY AL MENOS ONCE MUERTOS, ENTRE ELLOS NI�OS Y MUJERES, Y MAS DE MEDIO CENTENAR DE HERIDOS
Un buque israel� bombarde� una playa llena de ba�istas palestinos
El ataque caus� estupor mundial. La gente estaba pasando un d�a de descanso y picnic. El presidente palestino dijo que fue una "sangrienta masacre". Israel pidi� disculpas, pero no dio explicaciones.
ESTUPOR. Una ni�a palestina que result� herida en el ataque contra la playa donde estaba con su familia es llevada por un sanitarista a un hospital.
AL-SUDANIYA Y GAZA. AFP, AP, DPA
En un suceso que provoc� estupor internacional y una generalizada condena, un buque de guerra israel� abri� ayer fuego contra una playa colmada de ba�istas palestinos en la Franja de Gaza, matando familias enteras y varios ni�os que estaban con sus padres pasando el d�a feriado.
Hay al menos once muertos incluyendo mujeres y ni�os seg�n los reportes oficiales en Israel, pero la agencia de noticias palestina sostiene que son decenas las v�ctimas fatales..
El ataque, que dej� adem�s una estela de m�s de medio centenar de heridos, algunos muy graves, se produjo en una jornada en la cual Israel lanz� bombardeos contra numerosos sitios donde se sospecha que existen bater�as de cohetes Qassam con los que se golpea a ciudades israel�es. Pero la playa que recibi� el castigo del buque, Al-Sudaniya, se encuentra lejos de esos blancos, lo que aumenta el asombro por el bombardeo.
El golpe, cuyas dram�ticas escenas de chicos llorando espantados junto a los cad�veres de sus familiares y con graves heridas fueron difundidas por la redes de televisi�n a todo el mundo, fue calificado como una "sangrienta masacre" por el moderado presidente palestino Mahmud Abbas. El mandatario decret� tres d�as de luto nacional y afirm� en un comunicado que "lo que hacen las fuerzas de ocupaci�n israel�es en la Franja de Gaza constituye una guerra de exterminio y de sangrientas masacres contra nuestro pueblo". Y demand� ayuda a EE.UU. y la Uni�n Europea para que usen su influencia y detengan las incursiones militares del Estado jud�o.
El ataque dio pie al brazo militar del grupo Hamas, que gobierna los territorios palestinos, a anunciar su disposici�n a abandonar la tregua vigente con el Estado jud�o desde febrero de 2005.
Entre tanto, los mandos israel�es ordenaron el inmediato cese de las operaciones y enviaron a un vocero militar a pedir formales disculpas al tiempo que se orden� una investigaci�n.
Los sobrevivientes del ataque, citados por las agencias de noticias, entre ellas la francesa AFP, admitieron que no daban cr�dito a lo que les toc� vivir.
La gente hab�a concurrido a la playa con la intenci�n de refrescarse en el mar Mediterr�neo aprovechando el d�a soleado y la jornada libre que es el viernes para los musulmanes. Hab�a centenares de personas recostadas sobre la arena o en sus carpas para protegerse del fuerte impacto del sol. En ese momento se produjo el ataque.
La familia Ghali, que ten�a la intenci�n de comer cerca del mar, muri� al instante: el padre, Al�; su mujer, Raisa, y sus tres ni�os de un a�o y medio, tres y diez.
En las carpas quedaron cuerpos esparcidos. Y por la arena, cestas de comida, juguetes y sandalias de ni�os, en medio de un griter�o que reprodujo en detalle una filmaci�n de la cadena brit�nica BBC. En ese video se observa a una ni�a de unos 11 a�os clamando por su madre o su padre hasta que encuentra a uno de ellos y comienza a gritar enloquecida junto al cuerpo.
Ahmed Abu Amren, de 20 a�os, relat� temblando a la AFP: "Me estaba ba�ando cuando escuchamos que ca�a un ob�s. Llegamos al lugar y vimos a los cinco miembros de una misma familia muertos sobre la arena".
En menos de una hora, todas las v�ctimas fueron evacuadas hacia los vecinos hospitales de Gaza y del campo de refugiados de Jabalia.
Observando la escena un hombre sostiene entre papeles de peri�dicos restos humanos mezclados con arena. Hay un grupo de ni�os que revisa el lugar y levantan trozos de los proyectiles.
Ahmed el Duchj, de 25 a�os, pregunta a los periodistas: "�Por qu� apuntar a la gente en la playa? Aqu� estamos lejos de los lugares donde los combatientes lanzan cohetes contra Israel. No los tiran desde esta parte. Los israel�es disparan sin importarles hacia d�nde apuntan".
Cerca de all�, en el hospital Shiffa de Gaza, el drama se generalizaba. A los ni�os que resultaron heridos se los ve�a tumbados en las camillas esperando su turno para recibir los primeros cuidados luego de que eran atendidos con urgencia los chicos en peor estado. Se escuchaba un griter�o y llegaba mucha gente para averiguar si los parientes que hab�an ido a pasar el d�a de picnic a la playa estaban all�.
El gobierno socialista espa�ol repudi� ayer el episodio con un comunicado en el que se solidariz� con el pueblo palestino. Rusia a su vez, dijo en una nota de su Canciller�a que "lo que pas� confirma el car�cter inaceptable de un recurso a la fuerza desproporcionado". Francia y Egipto tambi�n condenaron el ataque. EE.UU., por su parte, llam� a Israel a reflexionar sobre sus acciones, pero remarc� que ese pa�s "tiene el derecho a defenderse".
PROTESTAS EN ISRAEL POR LA MATANZA DE GAZA
La hija del premier israel� particip� de un "escrache"
Shlomo Slutzky TEL AVIV. ESPECIAL PARA CLARIN
sslutzky@clarin.com
Dana Olmert, la hija de Ehud Olmert, el primer ministro de Israel, particip� ayer en una manifestaci�n organizada por grupos de izquierda y anarquistas por la paz, que protestaban contra la matanza de civiles palestinos en Gaza.
La protesta tuvo lugar frente al domicilio particular del general Dan Jalutz, el jefe de FF.AA. israel�es, en una especie de "escrache" contra el militar, contra el ministro de Defensa, Amir Peretz y contra el gobierno de su propio padre. Seg�n los manifestantes, ellos son los responsables de las muertes de 11 personas que hac�an un pic nic junto al mar el viernes al mediod�a, en las playas de Gaza.
Amir Peretz, del Partido Laborista y conocido en el pasado por sus posiciones pacifistas cercanas a las del movimiento "Paz Ahora", se halla frente a una contradicci�n ya que como ministro de Defensa debe responder a los ataques de misiles palestinos Kassam contra el poblado Sderot donde vive desde ni�o.
La investigaci�n ordenada por Peretz respecto a la muerte de la familia en Gaza no finaliz�. Seg�n la versi�n que da el gobierno israel� hay una posibilidad de que se trate de un "incidente interno" entre palestinos.
Pero esta versi�n es considerada por la mayor parte de la opini�n p�blica mundial e incluso por muchos israel�es como poco cre�ble.
Esta es la raz�n por la que se han producido protestas de todo tipo, como aquella en la que participara ayer Dana Olmert.
El activismo izquierdista de Aliza Olmert �la mujer de Ehud� y sus 4 hijos, es conocida. Si bien en las v�speras de las elecciones Aliza declar� que "Por primera vez votar� a Ehud", las im�genes de Gaza sacaron a la calle a Dana y su pareja, que participaron en la manifestaci�n en Tel-Aviv. Cuando fueron descubiertos por la TV prefirieron no hacer declaraciones m�s que las de su presencia activa en el lugar.
11:46 | Plantean dudas sobre los suicidios de tres presos en la base de EE.UU. en Guant�namo
Fuentes del Gobierno de Arabia Saudita, de la Asamblea de Derechos Humanos de ese pa�s y un abogado de prisioneros sauditas en ese centro de detenci�n sospechan que podr�an haber sido torturados. Advirtieron de la dificultad de que un suicidio pase inadvertido en una c�rcel en la que los detenidos son vigilados las 24 horas.
El Mundo |
Un portavoz del Ministerio del Interior de Arabia Saudita, el vicepresidente de la Asamblea de Derechos Humanos de ese pa�s y uno de los abogados de los presos sauditas en la c�rcel de la base estadounidense de Guant�namo, en Cuba, expresaron sus sospechas acerca del supuesto suicidio de tres detenidos informado oficialmente ayer por el Gobierno de Washington.
Seg�n dieron a conocer el Pent�gono y el Comando Sur de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, tres presos de Guant�namo �dos sauditas y un yemenita- fueron hallados ahorcados en sus celdas. Los reportes oficiales sostiene que probablemente los tres actuaron coordinadamente para protestar por las condiciones de detenci�n en esa c�rcel a la que diversos organismos denunciaron por violaciones a los derechos humanos.
El portavoz del Ministerio del Interior saudita, el general de divisi�n Mansur al Turku, manifest� a la prensa de su pa�s sus sospecha de que los hombres pueden haber sido torturados, y asegur� que el reino se esforzar� por recuperar los cuerpos para darles sepultura.
El vicepresidente de la Asamblea Nacional saudita para los Derechos Humanos, Mofleh al Qahtani, coincidi� en que "es posible que esos condenados hayan sido torturados" y advirti� que como "el campo de detenci�n est� fuera del alcalce de los monitores neutrales (') es f�cil acusar a los prisioneros" de suicidio.
Las sospechas son casi id�nticas a las "serias dudas" que desliz� Katib Al Shammari, uno de los abogados de los prisioneros sauditas en Guant�namo, Katib al Shammari, quien destac� la dificultad de que un prisionero en Guant�namo pueda suicidarse sin que nadie se d� cuenta en un lugar en el que los reclusos son vigilados las 24 horas del d�a mediante c�maras.
email a la lista lutecium a raiz de una nota del diario la nacion, Buenos Aires, sobre un uso del ejercito israeli de marcacion de los prisioneros palstinos, a la moda Auschwitz. y algunas respuestas al envio. Saludos. Adrian Ortiz
lutecium-group: l'identification_et_le_r�el_de_la_politique
Adrian Ortiz adrortiz at yahoo.com
Wed Mar 27 17:11:57 GMT 2002
Previous message: Re: Re:_lutecium-group:_l'identification_et_le_r�el_de_la_po litique
Next message: lutecium-group: respuesta a un psicoanalista argentino
Messages sorted by: [ date ] [ thread ] [ subject ] [ author ]
--------------------------------------------------------------------------------
lutecium-group: Document interne au Groupe de Travail Lutecium.
Ne doit pas �tre diffus� hors du groupe.
---
Ch�re Liliane:
je parle de prendre en compte le r�el de la
politique � partir de la perspective particulier du
discours analytique. Ce tr�s claire qu�il faut la
construction d�un cadre � partir de quoi nous aurons
la posibilit� du dialogue. Parce que comme nous
pouvons lire et �couter tous le jours la passion pour
la destruction de l�Autre, pour sa animalisation, est
tr�s presente et tr�s pressante. Je crois que ce la
passion pr�dominante de le sujet de notre temps que
l�acte hitl�rien a forg� � jamais. Et de quoi nous
voyons signes partout. La notice de AFP et AP c�est
seulement un de ces signes. Mais ce n�est le seul,
l�unique. Quand nous voyons la masse d�truisant,
d�chirant le corps morts des soldiers isra�liennes
c�est la m�me Chose. Je crois que c�est la position
�thique de Freud, quand il r�ponde a Einstein ou quand
il r�pond a la Gestapo dans le moment dans lequel il
est oblig� d�abandoner Vienna nous enseigne beaucoup
et c�est la perspective que nous pouvons prendre comme
orientation. Au respect je crois que nous pouvons
consid�rer que la position de Lacan est tr�s d�bile,
tr�s insuffisante. De quoi nous prendrons une mesure
s�re si nous consid�rons la pratiquement inexistente
r�flexions de Lacan sur le centre de le r�el du lien
social contemporain : les champs de concentration.
C�est un c�t� o� nous pouvons apprendre de les
diff�rences Freud Lacan. M�me que si nous consid�rons
ces respectifs postions au respect de la religion. O�
je dirais que la position de Lacan conduit au Vatican,
pas au discours analytique. Bon, c�est une discussion
tr�s complexe et tr�s difficile mais je crois
importante.
Amicalement.
Buenos Aires, Adrian Ortiz.
--- fainsilber
mail a lacan-freud@sorengo.com
La pasi�n incurable del sujeto de nuestro tiempo: el
genocidio. Debajo de la microsc�pica laminilla con la
que se cubre, y que por momentos gusta regodearse, hecha de t�rminos tipo democracia, tolerancia,
multicultura, derechos humanos, etc, etc, y bla, bla,
bla, est� su pasi�n primera e inextinguible: el
genocidio.
Si alguien vacila, por un instante, respecto de la
�nica voz-mandato que en su cabeza suena atronadora,
repitiendose con tono monocorde, repetido e inmutable,
que lea lo que Clar�n, Buenos Aires, public� hoy lunes
20 de agosto del 2001, en su p�gina 23, secci�n
Internacionales, como cable de ANSA y DPA de la
propuesta que hizo ayer el viceministro de Seguridad
Interior del estado de Israel, el Sr. Gideon Ezra:
UN FUNCIONARIO ISRAELI QUIERE "LIQUIDAR" A PARIENTES DE KAMIKAZES
Pol�mica propuesta para frenar ataques suicidas
Jerusal�n. ANSA y DPA.
El viceministro de Seguridad Interior de Israel, Gideon Ezra, propuso ayer "liquidar" a los familiares de los kamikazes palestinos para desalentar futuros ataques suicidas.
"El candidato al suicidio �dijo a la televisi�n estatal israel� debe saber que sus parientes m�s cercanos corren el riesgo de pagar por su crimen, y hasta de ser eliminados".
"Si es necesario, habr� que liquidar a los padres si con eso se puede impedir a los hijos realizar operaciones suicidas", agreg� Ezra, del partido Likud, ex dirigente de los servicios secretos israel�es.
"Los padres saben, es decir hacen a sus hijos y pueden impedirlo", justific� el funcionario su propuesta ante la acusaci�n de un periodista que lo entrevistaba de promover el "terrorismo" de Estado.
"En mi opini�n, un golpe contra la gente cercana (a los suicidas) tendr�a sin duda el mejor efecto", consider�. "No me refiero a destruir las casas �agreg� sino a sus familias".
Ezra �seg�n inform� ayer el diario Yediot Ahronot� propuso tambi�n usar carne de cerdo, animales impuros para el islam y el juda�smo, para luchar contra el terrorismo de matriz isl�mica.
Propuso que los restos mortales de los suicidas sean enterrados con piel o con sangre de cerdo. De ese modo, los muertos se vuelven impuros, seg�n las creencias isl�micas y por lo tanto ya no son m�rtires.
De acuerdo con la interpretaci�n palestina de las escrituras sagradas isl�micas, todos los palestinos que mueren en su lucha contra Israel se convierten de inmediato en "Shahid" (m�rtires), que van al para�so.
Varias decenas de j�venes palestinos se volaron en los pasados ocho meses con explosivos para intentar matar a la mayor cantidad posible de israel�es siguiendo estos preconceptos. "
Pero a no inquietarse, dicen algunos imb�ciles, porque
estos dilectos alumnos de Hitler y Videla, lo hacen
todo en el marco de la democracia y por el bien de sus
pueblos. �Ser� que adem�s encuentran inspiraci�n en
una de las fuentes fundamentales de nuestra matriz
cultural, es decir, la Biblia, que le hace decir a
Moises en Exodo, 32, 27: " 'Asi dice Yahveh, el Dios
de Israel: c��ase cada uno su espada al costado; pasad
y repasad por el campamento de puerta en puerta y
matad cada uno a su hermano, a su amigo y a su
pariente'. Cumplieron los hijos de Levi la orden de
Mois�s; y cayeron aquel dia unos tres mil hombres del
pueblo...".
Por ejemplo el diario Clar�n del 29/07/01 publicaba una notica de la Agencia ANSA:
HOY PONEN LA PIEDRA FUNDAMENTAL EN UNA ZONA DISPUTADA POR JUDIOS Y MUSULMANES
Extrema tensi�n por un templo en Jerusal�n
Jerusal�n. ANSA.
Un nuevo foco de conflicto religioso est� a punto de estallar en Oriente Medio, ya que fundamentalistas jud�os colocar�n hoy la primera piedra para construir un templo cerca de la Explanada de las Mezquitas, en Jerusal�n. All�, en setiembre de 2000, se re-inici� la Intifada palestina, tras una cuestionada visita al lugar del entonces jefe de la oposici�n y actual premier israel�, el derechista Ariel Sharon.
El Mufti de Jerusal�n, Ikrama Sabri, la m�xima autoridad isl�mica de la ciudad, llam� ayer por radio a los palestinos a defenderse de "la amenaza de los extremistas Fieles del Monte del Templo", un grupo fundamentalista jud�o.
La tensi�n en torno a la Explanada de las Mezquitas (para los musulmanes) o el Monte del Templo (para los jud�os) resurgi� luego de que la Corte Suprema de Israel autoriz�, el mi�rcoles, a que hoy Los Fieles del Monte del Templo pongan la primera piedra del nuevo templo.
Ser� muy cerca de las mezquitas Al Aqsa y de la C�pula de la Roca, que forman parte de la Explanada de las Mezquitas de Jerusal�n, el tercer lugar sagrado del Islam, luego de La Meca y Medina.
La ceremonia se hace hoy para recordar el "Tisha B''av", la destrucci�n del templo jud�o por el emperador romano Tito, en el 70 dc. Desde hace a�os el grupo Los Fieles del Monte del Templo pide poder ingresar a la Explanada de las Mezquitas para iniciar la construcci�n del nuevo templo.
Seg�n la tradici�n hebrea, el templo destruido por los romanos estaba edificado en el lugar, que desde hace m�s de 1300 a�os alberga a las mezquitas.
Adem�s de la reacci�n de la m�xima autoridad isl�mica de Jerusal�n, tambi�n los Hermanos Musulmanes egipcios convocaron a "la guerra santa para salvar las mezquitas".
Desde El Cairo, invit� a los fieles a adoptar esa actitud para "salvar la mezquita de Al Aqsa". La poderosa organizaci�n critic�, en un comunicado, "el silencio de los gobiernos �rabes e isl�micos ante las agresiones sionistas contra los lugares santos del Islam".
Y una lista de rabinos fundamentalistas a ser aniquilados fue difundida por la autoridad de los musulmanes chi�tas del L�bano, Afif Al Nabulsi, quien revel�, desde la ciudad libanesa de Saia, que una persona "riqu�sima" ofreci� un mill�n de d�lares a quienes asesinen a los rabinos Israel Meir Laur y Ovadia Yossef.
Yossef, jefe espiritual del partido ortodoxo sefarad� Shass, justific� el viernes el asesinato de palestinos por parte del gobierno israel�, porque los consider� "hormigas que molestan". Es uno de los que impulsa la construcci�n del templo.
"Estos rabinos son serpientes. Los musulmanes en general, pero especialmente los palestinos, est�n llamados a exterminar a estos microbios que ensucian la Tierra", dijo el l�der religioso.
Agreg� que, "en respuesta al rabino Meir Lau, quien ha legitimado los asesinatos concretados por su gobierno, publicamos una fatwa (decreto religioso) con la cual autorizamos a aniquilar a los sionistas, comenzando por los rabinos".
El gran rabino Meir Lau, seg�n public� la prensa israel�, aprueba "los asesinatos dirigidos a los terroristas palestinos".
La Explanada de las Mezquitas vuelve a tener as� protagonismo en la crisis entre israel�es y palestinos, en medio de una fr�gil tregua durante la cual muchos se esperanzaron con que pudieran retomarse las negociaciones de paz. "
El lenguaje que emplean los religiosos de los dos bandos extrema la caracter�stica fundamental del discurso nazi, el Otro no es humano, es un animal al que se trata de eliminar, borrarlo de la faz de la tierra.
Entre medio puede incluso haber todo una alharaca de nombres y apelaciones a la democracia, al multiculturalismo etc, etc. Por el ejemplo el canciller Shimon Peres respecto de los problemas con Dinamarca por el nombramiento de un embajador que orden� torturas f�sicas a los detenidos pol�ticos "rechaz� la segurencia respecto a que tal nombramiento podr�a da�ar la imagen de Israel. 'Israel debe defender su honor y su estatura' obviamente defendiendo al torturador. El estado de Israel usa los mismos m�todos del r�gimen nazi alem�n o argentino: eliminaci�n f�sica del adversario pol�tico, sin juicio de ning�n tipo. En Argentina la dictadura militar no contenta con matar a sus v�ctimas les volaba la casa a ellos y a sus parientes, no se han olvidado de ese petite detaille los que los que actualmente emulan dicho r�gimen en el cercano oriente.
�Si no fuese que el discurso nazi ha triunfado en toda la l�nea c�mo entender�amos por ejemplo, que un partido israel� llamado Moledet (Patria) liderado por Raveham Ze'vi proponga como soluci�n al complicado problema de Medio Oriente: "La cura segura para el problema demogr�fico es la transferencia de los �rabes a los pa�ses �rabes como objetivo de cualquier negociaci�n y modo de resolver el conflicto �rabe-israel� por la tierra de Israel". Eso s�lo puede leerse en su entera significaci�n desde la puesta en pr�ctica de las argumentaciones nazis sobre deportaci�n, confinaci�n desplazamiento y exterminio de personas en funci�n de su pertenencia racial. El que eso se diga p�blicamente sin que haya una reacci�n significativa, s�lo es posible luego del triunfo discursivo de la experiencia nazi. Discurso que a partir de all�, y fundamentalmente por la mutaci�n de la estructura del sujeto, puede encarnarse en cualquiera. Para seguir con el ejemplo antes expuesto, uno podr�a pensar que el Moledet es s�lo un partido min�sculo, pero hete aqu� que un exprimer ministro como Yitzhak Shamir expresa en el diario Clar�n del lunes 4 de mayo de 1998, pag. 35, internacionales: "Israel s�lo es de los jud�os", para luego aclarar que est� hablando de la Cisjordania y de Gaza, obviamente tierra ocupada militarmente y que pertenece a otro pueblo. Shamir se permite decir respecto a c�mo absorber los miles de inmigrantes que recibe cada a�o Israel: "Es obvio que se necesita espacio. Pero como es imposible pensar en conquistar nuevos pa�ses, se plantea como un imperativo no devolver ni un cent�metro de las tierras que est�n en nuestras manos, especialmente Cisjordania." Cualquier similitud con el argumento nazi de la necesidad del espacio vital es absolutamente cierta. "No es posible pensar en conquistar nuevos paises", se entiende que admite que las tierras de las que habla pertenecen a pa�ses extranjeros que Israel invadi� y ocup�. Pero expresa que eso es una cuesti�n que pertenece "s�lo a los jud�os".
La forma nazi de pensar se sostiene en la destrucci�n del otro, del no reconocimiento del otro. Eso tambi�n podemos verlo claro del otro lado del problema de Medio Oriente. En la Argentina tenemos en las recientes experiencias de la voladura de la Embajada de Israel y la AMIA pruebas de c�mo algunos grupos y pa�ses �rabes piensan resolver los problemas que tienen planteados con sus vecinos: para ellos tambi�n el otro debe ser confinado, exterminado, destruido, no tiene derecho a existir. Luego vendr�n diferentes argumentaciones: por cuestiones de raza, de ideolog�a, de religi�n, etc,etc.
El acto nazi implica en primer lugar aquello que simboliza en forma ejemplar el acto de Creonte en la Ant�gona de S�focles por el cual decide que uno de los hermanos de Ant�gona, e hijo de Edipo, Et�ocles va a ser tratado con "la equidad y con el rito" mientras que el cad�ver del otro, Polynice, "no va a ser dado a la tumba ni a la lamentaci�n", "sin l�grimas ni sepultura" va a ser entregado a ser comido por los animales.
[Agregado del 30/07/98: Hoy en P�gina 12, en un peque�o avisito donde una peque�a foto y un corto texto insisten en la memoria del genocidio a�n no reconocido, hay un recordatorio de Agustina Mar�a Mu�iz Paz que dice as�: "1949-30 de julio-1998 Secuestrada-Desaparecida Los exterminadores, para borrar las huellas de la existencia de los detenidos-desaparecidos, profanaron la muerte. En nombre de Dios, Patria y Familia nos robaron junto con sus restos, el derecho a los ritos y cultos sagrados con los cuales la humanidad honra la memoria de sus seres queridos..."]
Es en la maniobra sobre el cuerpo del Otro/enemigo, y muchas veces, si no en todos los casos, sobre el cad�ver del mismo, donde se pueden ver los signos del acto que no invent� pero al que el nazismo llev� a su paroxismo: degradar al otro en aquellos puntos donde se lo reconoce eminentemente como humano. Esto es, sepultura, ritos funerarios, etc,etc.
La experiencia nazi y la experiencia militar argentina entre 1975-1983 muestra que no se trataba s�lo, ni fundamentalmente de conflictos pol�ticos, ni econ�micos, ni raciales, ni culturales todo ello constitu�an la mascarada en la cual camouflar la satisfacci�n en la degradaci�n, animalizaci�n del Otro partiendo de desconocerlo como sujeto. Eso que los nazis practicaron desde el modo de transporte de las personas hacia los campos, hasta el dise�o arquitect�nico de los mismos. Y que sus adl�tares argentinas pusieron en pr�ctica hasta en los detalles del modo de eliminaci�n de las personas (dormirlas y arrojarlas a�n vivas, para que tuvieran consciencia de la muerte que se les infling�a, si ello fuese posible). Acto para el cual contaron con la inestimable colaboraci�n de diversas religiones para todas las cu�les el Otro es el hereje que no merece ninguna clase de reconocimiento humano, simplemente no es y debe ser destruido. En la Argentina fu� la Iglesia Cat�lica la que tuve en exclusividad la responsabilidad de educar a lo largo de a�os y a�os a aquellos que mostraron la clase y la calidad del aprendisaje que la religi�n fundada en el amor al pr�jimo les hab�a inculcado.
Eso es el fundamento de la �tica nazi. Y hay algo de esa estructura que se pone en juego en c�mo se piensan y se juzgan y se act�a respecto a las posiciones sexuales.
Es en ese punto donde la �tica del psicoan�lisis, que est� por verse a�n, podr�a, tal vez, anotar una peque�a diferencia, sin caer en la imagen especular pero del mismo signo y naturaleza que el acto nazi, la parafernalia del amor, el respeto, el amor al pr�jimo, los mandamientos ,etc,etc.
#############################################################################
Podemos tomar como fundamento actual, una pregunta que se hace el juez Baltazar Garz�n: �c�mo definir el genocidio? �Qu� puntos de referencia tomaremos? �Cu�l son los l�mites, los bordes de tal cosa? �Cuando termina el borde de un extendido modo de resolver los conflictos sociales, pol�ticos, econ�micos y se cruza la frontera del genocidio? (26/12/1998/ La actualidad de esta pregunta podemos verla a la luz del actual juicio seguido en U.K contra el Senador de la democracia chilena y Comandante en jefe honorario de la democracia chilena Augusto Pinochet cuando el Sr. Straw autoriza su extradici�n pero niega la posibilidad de juzgarlo por genocidio.
################################################################################
Vaya a continuaci�n como una cita un poco larga, una contratapa de P�gina12 escrita por Juan Gelman para reflexionar sobre c�mo la l�gica nazi que caracteriza al sujeto de nuestros aires y de nuestro tiempo se funda en: "el Otro no es un ser parlante es una bestia" a partir de lo cual se pasa a exterminarlo partiendo en primer lugar del triturar los cuerpos. Entendemos que esa l�gica nazi triunfante es en la que se apoyan muchas, la mayor�a, de eso que dan en llamar "democracias" occidentales u orientales.
"TEOR�AS
Por Juan Gelman
Augusto Pinochet hijo articul� que los asesinatos ordenados por su padre fueron "justos" porque "no se ejecut� a personas sino a bestias". Para el hombre cuyo rostro marcado por una expresi�n bestial recorri� en fotograf�a el mundo entero se trat�, entonces, de un mero acto de higiene social. Hitler dec�a que "ser jud�o es una enfermedad" y se dedic� a extirparla con argumentos similares. La presunta inferioridad del Otro cubre genocidios recientes y pasados y no faltan f�bricas te�ricas y aun "cient�ficas" que los justifican, a veces disfrazadas de eugenesia o voluntad de mejorar la especie humana.
El genocidio nazi no ha apagado las elucubraciones que a�n hoy alimentan especialistas estadounidenses como Roger Pearson, Willian Shockley, Anthony Bogaert o Robert Gordon, para quienes la deficiencia mental, las conductas sexuales "desviadas" y la tendencia a la criminalidad est�n escritas en los genes. La pena capital y la esterilizaci�n son, entre otras, las medidas que dimanan de ese pensamiento. Tambi�n la idea de una supuesta superioridad racial, concepci�n apa�ada en el mundo moderno por el positivismo, el evolucionismo darwinista, la tesis de "la eficiencia nacional" postulada por el capitalismo en expansi�n del siglo XIX.
A comienzos del XX el racismo "cient�fico" yanqui ocupaba una posici�n prominente en el mundo. En el pa�s hab�a sustentado tempranamente legislaciones que restring�an la inmigraci�n sobre una base racial, prohib�an los matrimonios mixtos en 32 estados y ya en 1931 permit�an la esterilizaci�n en 27. Esta concepci�n, nacida en democracia, irrig� el totalitarismo nazi gracias a que la vena "filantr�pica" yanqui funcion� en id�ntico sentido: despu�s de la Primera Guerra Mundial, la Fundaci�n Rockefeller financiaba a institutos de eugenesia en Alemania como el Kaiser Wilhelm, donde investigaba Otmar Freiherr, maestro y mentor acad�mico de Mengele. Publicaciones especializadas como Eugenics News y Journal of Heredity elogiaban las salvaguardas legales "impecables" y la "aplicaci�n imparcial" de la esterilizaci�n forzada en Alemania nazi, precisando que hab�a que distinguir entre las pol�ticas oficiales de "higiene racial" y el racismo "no cient�fico". El especialista T.U.H. Ellinger, que visit� Alemania en l939-l940, en plena Guerra Mundial II, afirmaba que el Instituto Kaiser Wilhelm hab�a reunido "una asombrosa cantidad de informaci�n imparcial" sobre las deficiencias f�sicas y psicol�gicas de los jud�os, indicaba que el trato que les daban los nazis era para "desalentar" que tuvieran hijos y agregaba que "ser�a mucho m�s piadoso matar a todos los infortunados". Otro colega que visit� Berl�n durante la guerra, Lothrop Stoddard, asegur� que los nazis estaban "extirpando las peores cepas de la estirpe alemana de manera cient�fica y verdaderamente humanitaria". Igualito que Pinochet en Chile, seg�n Pinochet hijo. O que Harguindeguy -�y no s�lo, claro-- en la Argentina: "Son preferibles (los opositores a la dictadura militar) muertos que vivos, porque nos hemos dado cuenta que son irrecuperables", seg�n escuch� el represor Orestes Estanislao Vaello en 1976.
Junto a las "limpiezas �tnicas" de la ex Yugoslavia existen las "higienes pol�ticas" bien conocidas en nuestro Cono Sur, y ambas son genocidas. Cuando esa ideolog�a dirige la pol�tica de Estado desemboca en el exterminio masivo. En la Alemania nazi se empez� segregando a muchas clases de enfermos mentales y discapacitados f�sicos (incluidos los que padec�an ceguera, sordera y deformaciones hereditarias). Sigui� la esterilizaci�n forzada de hijos de madres alemanas y padres no blancos (los "bastardos del Rin") que alcanz� a 375.000 personas, el 0,5% de la poblaci�n total. A medida que la guerra se acercaba, la esterilizaci�n de alemanes discapacitados fue sustituida por la muerte -�de unos 70.000 adultos-- que coordinaba el T4 en seis centros de exterminio. La "eutanasia" de discapacitados sigui� en los hospitales nazis, en algunos hasta dos semanas despu�s de terminada la guerra. Acompa�ando, desde luego, la matanza de gitanos y el genocidio en escala gigantesca de 6 millones de jud�os.
El primo de Darwin, sir Francis Galton, deline� las bases de la eugenesia y la defini� como "la ciencia que trata de todas las influencias que mejoran las cualidades innatas de una raza y tambi�n de las que desarrollan al m�ximo tales cualidades". Esa generalidad ha encubierto cr�menes contra la humanidad de todo tipo. Sir Galton propon�a medidas m�s modestas para "obtener una raza de hombres altamente dotados": la celebraci�n de "matrimonios pertinentes durante varias generaciones consecutivas". Algo m�s f�cil, sin duda, que lograr la justicia social, el pleno empleo, la educaci�n, la salud y una vida decorosa para todos como v�a real para la eugenesia del g�nero humano.fin nota de Juan Gelman P�gina12
################################################################################
Para intentar entender algo de c�mo en algunos puntos la democracia contin�a y perpet�a y amenaza con hacer todo lo posible para que esa experiencia nazi argentina pueda repetirse tal vez nos ayude seguir algunos textos.
REVISTA SITIO, N�6,
Buenos Aires, Noviembre de 1987.
LOS TEXTOS
Opini�n del Procurador General
de la Naci�n
I. El recurso extraordinario de fs.
9121/9469: cuestiones materias de dic-
tamen. Contra la sentencia dictada ppr
la C�mara Nacional de Apelaciones en
lo Criminal y Correccional Federal a
fs. 8323/8867, que condena al cabo
Norberto Cozzani a 4 a�os de prisi�n e
inhabilitaci�n absoluta perpetua por
considerarlo autor responsable del
delito de aplicaci�n de tormento, reite-
rado en cuatro oportunidades (punto
18 del fallo), los abogados defensores
del nombrado dedujeron recurso
extraordinario a fe. 9427/9459. Se
agravia el recurrente por cuanto la
C�mara desestim� su planteo de in-
constitucionalidad de la ley 23.040,
derogatoria de la ley 22.924 cuya apli-
caci�n reclama; cuestiona, asimismo,
la regularidad del procedimiento y
sostiene la arbitrariedad de la decisi�n
recurrida. Por �ltimo, critica la sen-
tencia por no haber hecho lugar a la
eximente de obediencia debida, oportu-
namente invocada por la defensa con
base en el art. 514 del C�d. de Jueticia
Militar.
A fe. 9708/9710 la C�mara concedi�
el recurso s�lo en cuanto concierne a la
inconstitucionalidad articulada en
relaci�n a la ley 23.040 (consid. I)y en
cuanto a la interpretaci�n del art. 614
del C�d. antes citado (consid. X),
deneg�ndolo en los restantes aspectos.
Esta denegatoria ha motivado la intcr-
posici�n de una queja que tramita por
separado, sobre cuya admisibilidad me
expido en el expediente respectivo.
Corresponde tratar aqui, pues,
�nicamente los temas por los cuales se
concedi� el recurso. A tal fin, estimo
conveniente, desde el punto de vista
metodol�gico, considerar en primer
termino la cuesti�n referente a si es o
no admisible la eximente aducida por
la defensa, ya que de ser ella aplicable
tornaria abstracta la otra cuesti�n
materia de agravio, que consiste en la
pretendida aplicabilidad al caso de la
amnistia contemplada por la ley
22.924. En efecto, si se concluye que el
imputado no es penalmente respon-
sable, carece de inter�s establecer la
eventual aplicabilidad a su respecto de
la referida amnistia.
II. Los agravios concernientes o la
obediencia debida. Con relaci�n a la
incidencia en el caso de esta eximente,
los defensores del imputado cuestionan
minucioaamente los argumentoe
expuestos en la sentencia. Sostienen,
en esencia, que quien ha cumplido una
orden del servicio, no es jur�dicamente
responsable conforme al principio de la
obediencia debida, el cual comprende, a
su entender, aun los mandatos anti-
jur�dicos. A�aden, que en el �mbito
militar es casi inexistente la facultad
de inspecci6n de las �rdenes por el
inferior y que la disciplina y la obe-
diencia son conceptos primordiales en
una fuerza armada. Aluden tambi�n al
clima social que se vivia en la �poca en
que habr�a actuado el imputado, a
quien -dicen- no se atribuy� exceso
en la ejecuci�n de las �rdenes
recibidas. Luego de otras considera-
ciones, sostienen que la diferenciaci�n
que hizo la C�mara acerca de la mani-
fiesta ilicitud de los actos, calific�ndo-
los en concordancia con la ley 23.049,
art. 11, como atroces y aberrantes, no
existia al momento de la comisi�n de
los hechos y, por interpretativa que
pretenda ser dicha ley, su aplicaci�n al
caso concreto violar�a los arts. 2� del
C�d. Penal y 18 de la Constituci�n
Nacional.
Es mi opini�n que, en la medida que
los precedentes agravios implican
poner en tela de juicio la inteligencia
del art. 514 del C�d. de Justicia
Militar, esto es, de una norma de
car�cter federal, el recurso es proce-
dente desde el punto de vista formal y
ha sido bien concedido en este punto.
III. Diversos enfoques sobre el tema.
En cuanto al fondo del asunto, cabe
puntualizar que la norma antes citada
delimita los alcances de la eximente de
obediencia debida en el �mbito propio
del ordenamiento penal militar, en el
cual corresponde que sea examinada
aqui, por lo que cabe anticipar que las
consideraciones que efect�a el a quo
acerca de su incidencia en el �mbito
administrativo y el derecho penal
com�n resultan inatingentes en este
caso. En cuanto concierne al citado
ordenamiento especial, se han esboza-
do diversas orientaciones interpretati-
vas.
En un extremo, est�n quienes pro-
pician una inteligencia excesivamente
rigida de la inserci�n de la obediencia
debida en ese marco, sosteniendo que
ella ha de comprenderse como una obe-
diencia pasiva sin limitaci�n alguna.
Bajo esta �ptica, los subordinados
ser�an meros instrumentos que no
tienen ni deben tener otra voz, otro
pensamiento, otra voluntad, que las de
sus jefes. Obediencia debida es asi
equivalente a obediencia ciega.
Frente a esta postura, hay otra
opuesta que, mediante diversas va-
riantes, es caracteriza por negar la
extremidad en la obediencia. En esta
linea se halla el enfoque que informa el
pronunciamiento recurrido, conforme
al cual el tema debe ser analizado en el
campo de la culpabilidad. Y en ese te-
rreno, concibe a la eximente como "un
error de prohibici�n insalvable sobre
los presupuestos objetivos del deber de
obediencia (...), es decir tanto los for-
males como los sustanciales". De este
modo presupone la existencia de un
poder de revisi�n del subordinado
respecto de la legitimidad de la orden
recibida.
Al referirse a esta cuesti�n. V.E.
parece haber receptado una idea dis-
tinta, al decir que el art. 514 del C�d.
de Justicia Militar "exime de respon-
sabilidad al inferior por el cumplimien-
to de una orden del servicio, aunque
hubiera consistido directamente en la
comisi�n de un delito, siempre que no
se hubiera excedido en su cumplimien-
to, y declara �nico responsable al supe-
rior que la hubiera dado" (causa V.
152, L. XX,'Videla, Jorge R. S/excep-
ci�n de incompetencia", sentencia del
7 de abril de 1987, consid. 15 -Rev.
La Ley, Suplemento diario del 4/6/87,
p. 4-).
Es esta �ltima, la inteligencia que,
a mi juicio, mejor se adecua a la sis-
tem�tica de la legislaci�n militar en
vigencia, porque refleja sin duda la
tesitura que ella ha receptado entre las
varias opciones posibles.
IV. Alcances y fundamento del deber
de obediencia en el �mbito militar. El
principio rector consiste, a mi ver, en
que todas las �rdenes impartidas
mediante el ejercicio regular del
mando, esto es, las que provienen de
un superior (art. 877, C�d. de Justicia
Militar) jer�rquicamente habilitado
para impartirlas, y guardan relaci�n
con las actividades reglamentaria-
mente atribuidas a las fuerzas
armadas, deben ser obedecidas.
Ese deber de obediencia no signifi-
ca, por cierto, el deber de obedecer
cualquier orden, sino �nicamente
aqu�llas vinculadas al servicio, es
decir, referidas a las "funciones
especificas que a cada militar corres-
ponden por el hecho de pertenecer a
las fuerzas armadas" (art. 878, C�d. de
Justicia Militar; conc. art. 69,
Reglamentaci�n de Justicia Militar). Y
estas �rdenes deben ser ejecutadas
aunque ellas pudieran derivar en la
comisi�n de un delito; vale decir, que si
el superior ha apreciado mal la
situaci�n y la orden de servicio
resultare ilegitima, s�lo ser� respon-
sable de las consecuencias criminosas
de tal situaci�n, y no el inferior que la
hubiere cumplido sin exceso, toda vez
que a este �ltimo le est� vedado el
derecho a revisar su contenido.
Asi est� claramente concebido, a mi
juicio, en el art. 514 del C�d. castrense
que es, obviamente, la norma
especifica aplicable al caso, por encima
del r�gimen legal que en el parecer del
tribunal a quo pudiera resultar m�s
conveniente o deseable. La obediencia
de la orden por el subordinado,
cualquiera fuese el contenido, deja a
salvo regularmente su responsabilidad,
por cuanto la ubicaci�n en la cadena de
mandos descarta la existencia de
capacidad decisoria propia y excluye la
revisi�n de la orden, salvo en lo con-
cerniente a verificar la competencia de
quien la emiti� y su vinculaci�n con el
orden y las funciones militares, esto
es, con el "servicio"
Es tiempo de se�alar que un
an�lisis sistem�tico de diversas dis-
posiciones del C�digo de Justicia
Militar corrobora dicha conclusi�n.
En particular, los art. 667, 674 y
675 del C�d. citado, a los que se hace
referencia en el fallo, enfatizan indu-
dablemente, a mi entender, ese deber
de obediencia incondicional. El
primero, en cuanto define la insubordi-
naci�n como la acci�n del militar que
'hiciere resistencia ostensible o expre-
ramente rehusare obediencia a una
orden del servicio que le fuera imparti-
da por un superior". El segundo en
cuanto define la desobediencia como
una figura penal complementaria de la
anterior que comprende a quien "sin
rehusar obediencia de modo ostensible
o expreso, deja de cumplir, sin causa
justificada, una orden del servicio"
Cabe detenerse en el examen de
estas dos disposiciones por cuanto la
C�mara parece deducir de la segunda
un cierto poder de revisi�n del subordi-
nado, a raiz de la expresi�n 'sin causa
justificada" que alli se emplea.
Pero al razonar asi no se ha adver-
tido que la figura b�sica es la conteni-
da en el art. 667, donde ninguna excep-
ci�n se contempla con respecto a la
imperatividad del cumplimiento de la
orden. Y es claro que si la hubiera,
tendria que estar contenida en esta
figura, donde se prev� una actitud
deliberada (ostensible, expresa) en el
sentido de no acatar la directiva; si en
alg�n caso esta negativa fuese admisi-
ble, s�lo alli pudo estar previeta.
Por el contrario, la figura comple-
mentaria del art. 674, contempla una
conducta omisiva (dejar de cumplir)
que resulta de por si equivoca, ya que
esa omisi�n podr�a originarse tanto en
una reticencia a ejecutar la orden como
en una circunstancia distinta y ajena a
la voluntad del inferior (v.gr.: la
imposibilidad material de cumplirla).
Es por eso y no por otro motivo que
este texto legal deja a salvo la posibili-
dad de que el subordinado "justifique"
su proceder, mostrando que no hubo
una resistencia oculta o inexpresada a
cumplir el mandato. Pero es claro que
no podr�a invocar un juicio personal
adverso al contenido mismo de la
orden.
Asi lo corrobora el antes aludido
art. 675, conforme al cual,'ninguna
reclamaci�n dispensa de la obediencia
ni suspende el cumplimiento de una
orden del servicio militar".
Tampoco puede hallarse un argu-
mento contrario a la obligaci�n
irrestricta de obedecer �rdenes -aun
las de contenido delictivo- a partir del
art. 187 del Cod. de Justicia Militar,
que impone el deber de denunciar
cuando se tuviere 'conocimiento de la
perpetraci�n de un delito". Esta direc-
tiva no podr�a alcanzar al subordinado
que recibe una orden del servicio
respecto del contenido de esta misma,
reit�rase aqui el valladar del art. 675
del C�d. de Justicia Militar. Adem�s,
importaria una incoherencia suponer
que pueda configurarse "encubrimien-
to" respecto de los propios actos. Por
otra parte, la regla aludida prescribe
efectuar la denuncia ante el superior
de quien dependen", con lo cual, si el
deber legal tuviera el alcance que se
pretende, estaria el subordinado en la
absurda situacibn de radicar su denun-
cia ante el propio autor del ill�cito, esto
es, el superior que le imparti� la orden.
Por cierto que estas consideraciones
de ning�n modo tienden a consagrar
una suerte de impunidad por los deli-
tos derivados del cumplimiento de
�rdenes del servicio, ni suponen admi-
tir una "mecanicidad irresponsable",
en la terminologia de la sentencia. Por
el contrario, la responsabilidad penal
por el ilicito cometido queda en estos
casos desplazada, por imperativo legal,
a quienes emitieron las �rdenes en
cuesti�n.
El fundamento que subyace a este
sistema normativo consiste en que no
habr�a posibilidad de organizaci�n mi-
litar, con todos los requerimientos que
ella comporta, si al subalterno pudiera
poner en cuesti�n la legitimidad de las
�rdenes que se le imparten, estudiar-
la con frialdad y darle o no cumpli-
miento seg�n los dictados de su con-
ciencia. Este razonamiento puede no
adecuarse a otros tipos de organiza-
ciones que carecen de las caracteristi-
cas propias de los ej�rcitos, por eso, no
parecen atingentes al caso 'sub lite"
las consideraciones que efect�a el tri-
bunal con respecto al alcance del deber
de obediencia en el �mbito administra-
tivo.
V. El deber de obediencia como exi--
mente de responsabilidad penal. Al
encarar este tema, preciso es advertir
que la cuesti�n insinuada en el fallo en
el sentido de que no seria aceptable
que el derecho ordenara cumplir un
mandato delictivo, involucra un pseu-
do-problema, originado tal vez en un
planteo incorrecto del aaunto.
En primer lugar, no hay duda que el
deber de obediencia es incuestionable
cuando las �rdenee son leg�timas tanto
en los aspectos formales como en el
contenido sustancial. Por eso, como ha
observado Kelsen, no es mucho lo que
se adelanta en el an�lisis del tema si
se parte de la premisa que s�lo deben
ejecutarse las �rdenes regulares. El
problema aut�ntico -ha dicho el autor
citado- que escapa a tal premisa, con-
siste en determinar qui�n decide si la
orden que ha de ejecutarse es regular;
y a esta pregunta dos respuestas son
posibles: o bien decide quien ha de eje-
cutar la orden, o bien una instancia
diferente, que puede ser el mismo que
emiti� la orden. Y esta cuesti�n no
puede resolverse sino sobre la base de
los preceptos positivos (Kelsen, Hans,
"Teoria general del Estado", p. 374,
trad. Luis Legaz Lacambra, Ed.
Nacional, Mexico, 1973).
La cuesti�n planteada en estos
t�rminoa ofrece una gama de solu-
ciones posibles seg�n el alcance de las
facultades de inspecci�n que el orden
normativo de que se trate confiera a
los subordinados. Si a �stos se les
impone obedecer incondicionalmente,
restringiendo su poder de inspecci�n a
los aspectos extr�nsecos de la orden
(competencia del superior, vinculaci�n
con el servicio), la cuesti�n referente a
la legitimidad del mandato queda
diferida a un examen posterior y a una
instancia distinta.
En tales situaciones, se�alaba con
acierto Sebasti�n Soler, es evidente-
mente equivocado hablar de inculpabi-
lidad del subordinado por un presunto
error de �ste acerca de la legalidad de
la orden, puesto que tanto el
conocimiento como el error son, en
estos casos, absolutamente irrele-
vantes ("Derecho penal argentino", t. J,
p. 261. Ed. Tea, Buenos Aires, 1970).
Por eso, es preciso tener presente
-como advertia el propio Soler- que
no se trata, en estos supuestos, de
imponer o no el deber de obediencia a
�rdenes ilegales,'sino de juzgar al que
cumple una orden formalmente correc-
ta y sustancialmente delictuosa, cuan-
do el derecho quita al subordinado todo
poder de inspecci�n, seg�n ocurre, a
veces, en un orden juridico, aun en la
m�s pura democracia" (Soler, S., op.
cit., loc. cit.). El eminente penalista
concluye, m�s adelante, se�alando que
el "efecto que debe acordarse a la exis-
tencia de una orden que debba ser
cumplida sin examen consiste en el
traslado de la relaci�n imputativa,...
la cual debe ser directamente atribui-
da ... a quien imparti� la orden
juridicamente irrecusable" (op. cit., p�
262).
La certeza de esta doctrina, que
atribuye car�cter objetivo a la exi-
mente de obediencia debida, ha sido
destacada por el espa�ol Jos� Maria
Rodriguez Devesa, quien afirma:'Debe
tambi�n, a mi entender, desterrarse el
defectuoso sistema de reducir la obe-
diencia a otras causas de exclusi�n de
la responsabilidad criminal, como son
el error o la coacci�n, pues en tal
supuesto la obediencia a �rdenes supe-
riores careceria de propia sustantivi-
dad y seria superfluo todo debate sobre'
ella ..." ("La obediencia debida en el
derecho penal militar", Revista
Espa�ola de Derecho Militar, n�m. 3,
p. 32. Madrid, 1957).
Estas afirmaciones son tanto m�s
ciertas respecto de nuestro derecho
positivo, el cual admite por separado
como eximentes a la obediencia debida
y al error, de modo que resulta equivo-
cado admitir la primera tan s�lo en la
medida en que puedan verificarse los
presupuestos f�cticos de la segunda.
En efecto, el C�digo Penal contempla
el error o ignorancia de hecho no
imputables en el art. 34, inc. 1�, y la
obediencia debida en el inc. 59 del
mismo articulo. El error es aplicable
en el �mbito penal militar, conforme la
remisibn que efect�a el art. 510 del
C�d. de Justicia Militar, la segunda, a
su vez, rige tambi�n en ese �mbito con
la especificidad que resulta del art.
514 del miamo C�digo.
Ante este panorama normativo, es
claro que careceria de sentido regular
como causa de no punibilidad indepen-
diente a la obediencia debida, si su
procedencia quedase subordinada a la
existencia de error en el agente, toda
vez que para excluir la punibilidad de
�ste hubiera bastado la referencia al
error de hecho, el cual descarta la cul-
pabilidad con abstracci�n de una
situaci�n de dependencia jer�rquica.
A mi juicio, pues, es claro que la
operatividad de esta eximente no
queda circunscripta a un an�lisis de
los condicionamientoe subjetivos del
subordinado, de su acierto o error en el
examen de la legitimidad sustancial de
la orden, toda vez que ese examen le
est� vedado al menos en el contexto de
la ley militar vigente al tiempo en que
tuvieron lugar los hechos que originan
esta causa.
Ello no obsta, sin embargo, a que
simult�neamente con la causal de
impunidad basada en la obediencia
debida, puedan incidir en el caso cir-
cunstancias particulares configurati-
vas de error o coacci�n, excluyentes de
la culpabilidad. M�s a�n, creo que si se
adoptase el criterio que recepta la sen-
tencia en cuanto a la caracterizaci�n
de la eximente de obediencia debida
como causa de inculpabilidad, el pecu-
liar contexto en que acaecieron los
hechos "sub lite" la tornarla proce-
dente, como luego se ver�.
VI. La incidencia de la eximente en
el caso. En nuestro pa�s, la doctrina
mayoritaria, a�n bajo distintas �pti-
cas, es conteste en aceptar que cuando
el inferior o subordinado carece de
facultades para revisar la orden o no
tiene el deber de revisarla, queda
excluido en su responsabilidad penal
ante el deber de obediencia, aunque se
tratase de un delito (conf.: Sebasti�n
Soler, op. cit., ps. 260 y sigts. Carlos
Fontan Balestra, "Tratado de derecho
penal", t. II, p. 331, Buenos Aires,
1966; Ernesto Ure,'Obediencia debida
e inculpabilidad", Rev. La Ley, t. 126,
p. 976; Lucio Eduardo Herrera,
'Reflexiones sobre la obediencia debi-
da", Revista de Derecho Penal y
Criminologia, n�m. 1, 1970, p. 22;
Guillermo J. Fierro,'La obediencia
debida en el �mbito penal y militar",
ps. 123 y sigts. Ed. Depalma, 1984;
Alberto Campos,'Derecho penal", p.
224; entre otros).
M�s all� de c�mo pueden verse las
cosas bajo el prisma de los principios
del derecho penal com�n, ciertamente
nos hallamos frente a un r�gimen nor-
mativo de excepci�n dentro del cual
una disposici�n clara y expresa, como
es el art. 514 del Cod. de Justicia
Militar, desplaza la autoria del hecho
delictuoso del subordinado al superior
de quien eman� la orden. Por eso, como
sostuve en mi dictamen en la causa
13/84, C. 895, L. XX, por encima de las
discrepancias doctrinarias en cuanto a
las categorias en que corresponda
ubicar a los protagonistas de los
hechos, no parece dudable que el art.
514 citado consagra la autoria del
superior que imparte la orden. Sobre
esta base, y sin necesidad de analizar
el punto desde la perspectiva del dere-
cho penal com�n (espec�ficamente con
apoyo en el art. 45, Cod. Penal) pueden
extraerse conclusiones v�lidas dentro
del r�gimen de excepci�n que comporta
el derecho penal militar, donde por
imperio de una norma especifica la
calidad de autor se desplaza del subor-
dinado al superior, de modo que a los
fines de la responsabilidad penal s�lo
�ste �ltimo es autor y resulta incrimi-
nado como tal, en tanto que el trans-.
misor o ejecutor de la orden de con-
tenido irregular, privado como est� de
toda posibilidad de revisi�n o examen
de dicho contenido sustancial, resulta
alcanzado por una eximente de natu-
raleza objetiva, asi definida en el tan-
tas veces citado art. 514 del Cod. de
Justicia Militar.
Este criterio viene hoy impuesto,
adem�s, por cuanto se hubo resuelto,
con alcance de cosa juzgada, en la
causa 13/84, C. 895, L. XX, desde que
la pauta que alli prevaleci� en punto a
la atribuci�n de los hechos a los altos
mandos militares que elaboraron los
planes estrat�gicos de la lucha contra
la subversi�n y emitieron las �rdenes
generales o participaron en la elabo-
raci�n de los planes contribuyentes, no
podria ser compatible ahora con una
atribuci�n de esos mismos hechos a los
subordinados que s�lo estuvieron en
condiciones de transmitir o ejecutar
aquellas directivas, salvo que, por
propia iniciativa, se hubiesen extrali-
mitado o cometido otros delitos en
provecho propio.
En la segunda situaci�n es posible
incluir con total certeza a quienes en
la cadena de mandos revistaban como
oficiales jefes y subalternos, subofi-
ciales y tropa, asi como las jerarquias
equivalentes de las fuerzas de seguri-
dad, sin perder de viata que �stas
actuaron bajo control operacional de
los mandos militares. En los supuestos
preindicados es factible establecer "ab
initio" la operatividad de la eximente
de obediencia debida que contempla el
art. 514 ya mencionado. En cambio,
esto no es posible predeterminarlo en
relaci�n a los oficiales superiores que
tuvieron mando efectivo y capacidad
decisoria en el tiempo que acaecieron
los hechos, en la medida que hubieran
tenido acceso a la elaboraci�n de los
planes antedichos y, de ese modo,
hubieran participado en el proceso de
creaci�n de las �rdenes de cuya ejecu-
ci�n se trata.
En consecuencia, el recurrente
Norberto Cozzani quien revisaba como
cabo de la Policia de la Provincia de
Buenos Aires al tiempo de los hechos
que se le imputan, debe considerarse
alcanzado por esta eximente, por lo
que estimo que el fallo condenatorio
deber� revocarse en este aspecto.
Preciso es destacar, todavia, que
otras consideraciones, vinculadas al
contexto general en que acaecieron los
hechos y a c�mo �l influy� en el �nimo
de quienes ejecutaron �rdenes ilegales,
tambi�n conducen a conclusiones simi-
lares a las expuestas.
VII. Convergencia de otras exi-
mentes (causales de inculpabilidad).
En efecto, para el correcto ejercicio de
la actividad juridiccional, m�xime en
redor de la contemplaci�n juridica del
caso que nos ocupa, resulta insos-
layable no perder de vista ese contexto
f�ctico dentro del cual se produjo el.
obrar incriminado, esto es, bajo la
hip�tesis de una guerra revolucionana
cuyos genuinos alcances, reales o
potenciales, s�lo estuvieron en condi-
ciones de conocer y valorar plenamente
quienes deliberaron y planificaron la
acci�n, mas no aquellos que la ejecu-
taron.
Estos �ltimos, en cambio, no s�lo
Hall�banse alcanzados por "�rdenes de servicio", generales y reglamentadas
nitidamente, y por ende vinculantes
para ellos dentro de un marco estricta-
mente objetivo, estaban a la vez inmer-
sos en una din�mica que resultaba, de
hecho, insusceptible de evaluaci�n y,
consecuentemente, inobjetable. Para
quienes tal obraron, no parece factible
sostener en t�rminos juridicos la exigi-
bilidad de una conducta distinta,
porque en todo caso se hallar�an en el
supuesto que en doctrina se denomina
"justificaci�n putativa", caracterizado
por la creencia err�nea del sujeto en
que existen circunstancias que le
autorizan u obligan a proceder como lo
hace, circunstancias que, de haber
existido, habrian justificado la conduc-
ta (conf. Soler, Sebasti�n, op. cit., t. II,
p. 76; N��ez, Ricardo, "Tratado de
derecho penal", t. II, p. 114). Esta
situaci�n configura una causa
excluyente de la culpabilidad que coin-
cide en el caso con la eximente antes
analizada.
Accediendo, pues, a una perspectiva
distinta a la expresada en el par�grafo
precedente, esto es, observando la
cuesti�n en el terreno de la culpabili-
dad -como lo hace el a quo-, podria
afirmarse que el cumplimiento de las
�rdenes o directivas, en tanto corres-
pondian a los planes aprobados y
supervisados por los mandos supe-
riores de las Fuerzas Armadas y la
Junta Militar, habr�a inducido a los
subordinados a obrar con error insal-
vable aobre la legitimidad de la orden
recibida.
Ha de admitirse la ya aludida par-
ticularidad del contexto f�ctico, que
estaba reflejada en la circunstancia de
que los propios comandantes, al tiempo
de los hechos investigados, constituian
la m�xima autoridad legislativa, en
cuya virtud dictaron lae leyes 21.460,
21.461, 21.267 y otras, incluso la modi-
ficaci�n del C�digo Penal. A ello debe
sumarse una situaci�n de beligerancia
subversiva, reconocida por la C�mara
y por V.E., asi como que las directivas
y el sistema de lucha antisubversiva,
emanaba de los propios comandantes
en jefe, a partir de los decs. 261, 2770,
2771 y 2772 del a�o 1975, dictados
por el entonces gobierno constitucio-
nal.
Tiene dicho V.E., por el voto de uno
de sus ministros en la causa C. 895, L.
XX, sentencia del 30 de diciembre de
1986, que en el contexto materia de
an�lisis, el 'dominio del curso de los
acontecimientos por el superior limita
el campo de decisi�n aut�noma del
subordinado y reduce a proporciones
minimas la posibilidad de acceder a la
licitud o ilicitud de la orden emitida,
m�xime si el deber de obediencia, fun-
damento de loe ej�rcitos, constri�e al
subordinado a riesgo de sanciones
explicitas" (ver voto del doctor Fayt,
consid. 17). En el mismo sentido,
a�adi� que "el desmedido poder de
hecho y la incontrolada capacidad
legisferante alcanzados por los acusa-
dos (miembros de la Junta Militar),
pudo mover a sus subordinados a una
obediencia cuyos limites les era muy
dif�cil de apreciar, tanto subjetiva como
objetivamente, circunstancia que no
puede dejar de valorarse", y que, en
cuanto permiti� atribuir responsabili-
dad delictual a los altos mandos de
cada una de las fuerzas armadas,
'aleja responsabilidades respecto de
quienes cumplieron �rdenes, -sin
agregarles en su cumplimiento, por
propia iniciativa, hechos aberrantes, ni
cometer en provecho propio delitos
comunes-..." (ver consid. 24 del voto
citado).
A ello debe agregarse, asimismo,
todo el sistema legal de preparaci�n
del instrumento militar, que suma a la
amenaza de sancionee a la desobedien-
cia la formaci�n y el entrenamiento
destinados a incorporar el h�bito del
cumplimiento inexorable de las �rde-
nes, y el condicionamiento psicol�gico
que los mandos superiores consideran
adecuado a las caracteristicas del
enfrentamiento para el cual preparan
a sus tropas.
La creencia en la legitimidad de la
orden, en estos casos, ser�a equivalente
al convencimiento insuperable de obrar
conforme a derecho. Y debe destacarse
que cuando no se conoce la antijuridici-
dad por error invencible, fundado en
circunstancias apreciadas err�nea-
mente por el agente, la doctrina uni-
versal, incluida la nacional y la
jurisprudencia mayoritaria de nuestro
pa�s, considera que queda excluida, sin
m�s, la culpabilidad. Algunos directa-
mente por via del error denominado
'de hecho" en el art. 34, inc.1� del Cod.
Penal, y otros por la exclusi�n del dolo,
o por el directo desconocimiento de la
antijuridicidad o de la prohibici�n del
hecho (conf. Roberto A.M. Ter�n
Lomas, "Derecho penal: Parte general"
t, 2,, p. 57, par�g. 319, Ed. Astrea
1980; Ricardo N��ez, "Derecho penal
argentino", t. IJ, p. 114 y en "Manual
de derecho penal", ps. 232 y sigts.;
Sebasti�n Soler, op. cit., t. II, par�g.
40, VIII; Lucio Eduardo Herrera,'El
error en materia penal", ps. 123 a 315
y la jurisprudencia alli citada, Ed.
Abeledo-Perrot, 1971; Carlos Font�n
Balestra, op. cit., t. II, ps. 314 a 330;
Luis Jim�nez de As�a,'Tratado de
derecho penal", t. VI, ps. 683 y sigts.,
Ed. Losada, 1962; entre otros).
Cabe agregar a lo expuesto que, en
todo caso, dadas las especiales cir-
cunstancias ya rese�adas, la resisten-
cia a la orden hubiese supuesto,
adem�s de las sanciones especificas
contempladae por la ley militar (arts.
667, 674, 675 y concs., C�d. de Justicia
Militar), la asunci�n de un riesgo en
medida no exigible. Esto supone la con-
vergencia, en tales hip�tesis, de la otra
causal independiente de exculpaci�n,
cual es la coacci�n que prevee el art. 34,
inc. 24 del C�d. Penal.
VIII. Inatingencia del art. II de la
ley 23.049 en este caso. La formulaci�n
precedentemente expuesta conduce a
sostener la operatividad del art. 514
del Cod. de Justicia Militar, aunque las
�rdenes hubiesen estado dirigidas a la
comisi�n de los actos individualizados
en la �ltima parte del p�rr. 2� del art.
11 de la ley 23.049. Una inteligencia
contraria, que excluyera totalmente la
aplicabilidad del art. 514 en tales
supuestos, resultaria inadmisible, por
cuanto importaria alterar su propio
car�cter, al par que desembocaria en
una modificaci�n de la ley penal con
posterioridad a los hechos investiga-
dos, susceptible, por tanto, de concul-
car la garantia consagrada en el art.
18 de la Constituci�n Nacional.
En efecto, el art. 11 de la ley 23.049
se presenta a s� mismo como una
norma interpretativa del art. 34, inc.
5� del C�d. Penal, y dispone que �ste
sea entendido de conformidad con el
art. 514 del C�d. de Justicia Militar.
En esto no se innova respecto de lo que
prescribe el art. 510,'in fine" del Cod.
castrense. Pero en realidad, el p�rr. 29
del art. 11 citado, concluye convir-
ti�ndose en una interpretaci�n no ya
del C�digo Penal sino del art. 614 de la
ley militar.
Si asi se entendiera, surgen dificul-
tades insalvables, por cuanto dicho
p�rrafo al establecer una distinci�n
acerca del contenido posible de las
�rdenes, vendr�a a imponer como prin-
cipio no s�lo el poder, sino el deber, de
los subordinados de examinar ese con-
tenido. Con lo cual, no solamente se
contradice la letra del texto legal que
se pretend�a 'interpretar" (art. 514,
Cod. de Justicia Militar), sino tambi�n
toda una serie de disposiciones inser-
tas en el mismo C�digo que regulan el
deber de obediencia como un mandato
irrecusable para los subordinados,
cuyo poder de revisi�n queda restringi-
do -como ya hemos visto- a los
aspectos extr�nsecos de la orden (com-
petencia del emisor, vinculaci�n con el
servicio).
Esta norma que se dice interpreta-
tiva, pues, no puede admitirse como
tal, porque no ser�a posible compatibi-
lizar la "interpretaci�n" que ella indica
con todo el conjunto de normas que
integran el C�digo castrense. Por eso,
si alg�n sentido cabe asignarle, ser�a
el de constituir lisa y llanamente una
disposici�n modificatoria de dicho
C�digo.
Pero, claro est�, asi entendida no es
posible proyectar sus efectos hacia el
pasado, no es posible aplicarla retroac-
tivamente, porque si as� fuese,
habr�ase conculcado el art. 19 de la
Constituci�n Nacional.
En consecuencia, toda vez que
frente a varias int�rpretaciones posi-
bles de una norma, ha de preferirse
aquella que la concilia y no la que la
opone al texto constitucional (Fallos: t.
285, p. 80, t. 296, p. 22; t. 297, p. 142;
t. 299, p. 93; t. 301, p. 460; t. 302, p.
1600 -Rev. La Ley, t. 150, p. 32; t.
1976-D, p. 515; t. 1977-C, p. 455; t.
1978-B, p. 67; Rev. La Ley, t. XLI, J-Z,
p. 1901, sum. 83; Rev. La Ley, 5. 1981-
D; p.591, fallo 35.985.S-, t. 306, p.:
1964, y muchos otros), corresponde
concluir en el criterio se�alado que
mantiene la aplicabilidad del art. 514'
del Cod. de Justicia Militar en la forma
antes expuesta; esto es, sin la inciden-
cia del se�alado parrafo del art. 11 de
la ley 23.049.
IX. Consideraciones penales sobre el
tema. A esta altura final de mi dicta-
men, creo necesario remarcar que la
interpretaci�n legal que propongo es la
�nica que juzgo posible en funci�n del
sistema normativo vigente al tiempo
en que los hechos acaecieron, el cual,
por lo dem�s, es el �nico constitu-
cionalmente aplicable.
Creo, asimismo, pertinente resaltar
-a fin de dejarlo esclarecido- que
dicha correcta inteligencia del sistema
legal vigente al tiempo de los hechos
criminales que se juzgan, en tanto
importa desplazar la responsabilidad
penal hacia quienes los ordenaron, no
desemboca, es obvio, en la impunidad
de los mismos. S�lo impide lo que ser�a
antijur�dico, esto es, condenar igual-
mente por ellos a quienes automatiza-
dos en el r�gimen de obediencia
irrestricta ten�an el deber legal de
cumplirlos, bajo el imperio de esas nor-
mas que correlativamente excluyen sus
responsabilidad.
Empero, no puede, desde ya,
escap�rsenos que, tanto el tenor, cuan-
to la magnitud, de los hechos que con-
forman la caracter�stica de los actos
de servicio ordenados sistem�tica-
mente por la superioridad en el marco
de la guerra antisubveraiva, a trav�s
de reglamentaciones detalladas y
expresas, tienden a hacer reflexionar
acerca de la conveniencia de modificar
la norma del art. 514 del Cod. de
Justicia Militar en vigencia al tiempo
de los sucesos que se juzgan, que data
de 1951, teniendo en cuenta las
mejores tradiciones de nuestro derecho
en la materia. Se dar�a as� respuesta
adecuada al interrogante que, hacia el
ocaso del pasado siglo, formulaba
Manuel Obarrio -que por entonces
presidi�, justamente, las comisiones
codificadoras de la justicia militar-
'�el crimen com�n puede alguna vez
entrar en las reglas u �rdenes de un
ej�rcito?" ('Curso de derecho penal",
ps. 352 y sigts. ed. de 1902), Ed.
Lajouane.
Mas estos reparos acerca de la con-
veniencia del precepto aludido, por
razones ya expuestas, no pueden jugar
desde el punto de vista de la rigidez
juridica, en disfavor de su aplicaci�n
indefectible y s�lo pone en evidencia, a
mi juicio, la seguramente no menos
indefectible necesidad de su reforma,
tal como en la fecha, impulsado por la
trascendencia e importancia que no se
puede dejar de advertir en el calor del
estudio de este complejo y delicado
tema, lo propongo en mi car�cter de
Procurador General de la Naci�n,
mediante un informe especifico, al
Presidente de la Rep�blica.
Porque el sistema de la obediencia
extrema de las �rdenes militares, que
consagra nuestro C�digo casi en
soledad en el �mbito de la legislaci�n
comparada, ha venido a emerger -a la
luz de los detalles constantes en la
causa, que atestiguan en su cruda y
estremecedora realidad las repro-
chables actuaciones a trav�s de las que
se llev� adelante esta lucha, generada
por un contendiente artero que se vali�
de no menos reprochables m�todos
ha venido a emerger, digo, como un
mecanismo coadyuvante a la inadmisi-
ble potestad de los altos mandos cas-
trenses para concebir y ordenar medios
de combate que, m�s all� de lo
objetable que resultan desde el punto
de vista moral y aun espiritual, son
incompatibles con el Estado de
Derecho que funda nuestra filosofia
politica.
Y si es una verdad esencial aquella
a la que se referia en su citada obra
Obarrio, en el sentido de que 'el mili-
tar por el hecho de serlo, no abandona
su calidad de hombre, no es un des-
heredado que haya perdido la protec-
ci�n y el amparo de las leyes", es n�tido
que la propia defensa de los derechos
inalienables de la persona del militar
es lo que mot�va, a su vez, la necesidad
de esa disminuci�n del concepto
extremo de la obediencia, legislando
con mayor precisi�n sus limites y
preservando, a la vez, la disciplina que
es esencial a los ej�rcitos. De otro
modo, esa extremidad del concepto,
puede obligar a la aceptaci�n de
�rdenes que impliquen la autor�a de
actos que no debieran, en rigor, presen-
tarse como integradores del servicio,
por la sola e incontrovertible raz�n de
que, como qued� dicho, soslayan lo
insoslayable. esto es, la dignidad y la
condici�n del hombre, y que degradan
tanto no s�lo los derechos humanos de
las v�ctimas cuanto, al un�sono, los de
qui�nes as� instruidos y automatizados
deben, bajo la presi�n de la menciona-
da incondicionalidad, cumplir con el
deber de llevarlo a cabo.
X. El recurso extraordinario de fs.
9382/9102. La sentencia en dictaman,
en cuanto conden� al oficial principal
m�dico, Jorge A. Berg�s a 6 a�os de
prisi�n e inhabilitaci�n absoluta per-
petua por considerarlo coautor respon-
sable del delito de aplicaci�n de tor-
mento, reiterado en dos oportunidades
(punto 16 del fallo), fue recurrido por
el defensor oficial del encartado seg�n
apelaci�n extraordinaria obrante P fs.
9382/9404. Se agravia el recurrente
por cuanto la C�mara desestim� su
planteo de inconstitucionalidad de la
ley 23.040, derogatoria de la ley 22.924
cuya aplicaci�n reclama, y junto a
otras potestades invoca la eximente de
la obediencia debida.
A fs. 9708/9710 el a quo concedi� el
recurso s�lo en orden a la tacha de
inconstitucionalidad formulada en
relaci�n a la ley 23.040 (consid. I). La
denegatoria por los restante agravios
motiv� la queja individualizada seg�n
registro del tribunal como C. 520, L.
XXI, en la que he dictaminado en el
d�a de la fecha. Al propiciar en dicha
presentaci�n directa acoger favorable-
mente la eximente de la obediencia
debida, en m�rito al grado de revista
del imputado en la Policia de la
Provincia de Buenos Aires, se torna
abstracto el tratamiento del otro
planteo por el cual fue concedida la
apelaci�n.
XI. El recurso extraordinario de fs.
9460/9509, planteo de inconstituciona-
lidad de la ley 23.040. La sentencia en
consideraci�n tambi�n conden� al
General (R.) Ram�n J.A. Camps a 25
a�os de reclusi�n e inhabilitaci�n abso-
luta perpetua, por considerarlo autor
responsable del delito de aplicaci�n de
tormento, reiterado en sesenta y tres
oportunidades (punto 8 del fallo)y al
General (R.) Ovidio P. Riccheri a 14
a�os de reclusi�n por considerarlo
tambi�n autor responsable del delito
de aplicaci�n de tormento, reiterado en
20 oportunidadea (punto 10 del fallo).
Contra tal pronunciamiento el
defensor oficial interpuso recurso
extraordinario a fs. 9460/9507 el que
fue concedido por el a quo a fs.
9708/9710 s�lo en punto a la tacha de
inconstitucionalidad vertida en rela-
ci�n a la ley 23.040.
La finalidad de la apelaci�n, es
obtener mediante la descalificaci�n de
la ley referida, la plena validez de la
llamada'ley de pacificaci�n nacional"
22.924.
El tema propuesto ya fue analizado
por este Ministerio P�blico en el punto
I del dictamen que emitiera 'in re" C.
895, L. XX, "Causa originariamente
instru�da por el Consejo Supremo de
las Fuerzas Armadas en cumplimiento
del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo
Nacional", en la que dictara sentencia
el tribunal, con fecha 30 de diciembre
de 1986 (Rev. La Ley, t. 1987-A, p.
535).
En el precedente apuntado, abord�
tres cuestiones al respecto, a saber: 1)
si el �rgano legislativo carec�a de facul-
tades para anular o declarar inconsti-
tucional una ley, o si ello era tarea
propia y exclusiva del brgano judicial;
2) si la declaraci�n de nulidad de la ley
de amnist�a conculcaba el art. 18 de la
Constituci�n Nacional y 3) si la
retroactividad de la aplicaci�n de la ley
23.040 vulneraba derechos irrevocable-
mente adquiridos, contrariando la
garant�a consagrada por el art. 17 de
la Constituci�n Nacional.
Atento los temas propuestos, al
igual que la causa precitada, estimo
que los agravios suscitan cuesti�n
federal suficiente para su tratamiento
en la instancia extraordinaria, por lo
cual, el recurso ha sido bien concedido,
resultando procedente desde el punto
de vista frmal.
En cuanto al fondo del asunto, es
mi parecer, que la sentencia recurrida
debe confirmarse en este aspecto, en
m�rito a los fundamentos desarrolla-
dos en el dictamen referido, conforme a
los cu�les, la ley 23.040 no se halla en
pugna con cl�usula constitucional
alguna, a los que me remito en home-
naje a la brevedad, como a los que, en
igual sentido, ilustran los votos de los
ministros del tribunal (doctor Jos� S.
Caballero, consida. 29 a 9P; doctor
Augusto C. Belluscio, consids, 29 a 7P;
doctor Carlos S. Fayt, consids. 11 a 14;
y doctores Enrique S. Petracchi y Jorge
A. Bacqu�, consids. 2P a BP).
XII. Conclusi�n. En virtud de lo
expuesto, opino que deber� revocarse
el pronunciamiento recurrido en cuan-
to no acogi� la eximente de obediencia
debida con relaci�n al cabo Norberto
Cozzani y confirmarse en los restantes
aspectos que han sido materia de
agravio. - mayo 6 de 1987. - Juan O.
Gauna.
Buenos Aires, junio 22 de 1987.
########################################################33
Ley de Obediencia Debida
[texto de la ley]
Art�culo Primero: Se presume sin
admitir prueba en contrario que qui�nes
a la fecha de la cpmisi�n del hecho revista-
ban como oficiales jefes, oficiales subal-
ternos, suboficiales y personal de tropa
de las Fuerzas Armadas, de seguridad,
policiales y penitenciales, no son
punibles por los delitos a que se refiere
el articulo 10 punto 1 de la ley n�mero
23.049 por haber obrado en virtud de
obediencia debida.
La misma presunci�n ser� aplicada a
los oficiales superiores que no hubieran
revistado como comandante en jefe, jefe
de zona, jefe de subzona o jefe de fuena
de seguridad, policial o penitenciaria si
no se resuelve judicialmente antes de los
30 dias de la promulgaci�n de esta ley
que tuvieron capacidad decisoria o par-
ticiparon en la elaboraci�n de las
�rdenes.
En tales casos se considerar� de
pleno derecho que las personas men-
cionadas obraron en estado de coerci�n
bajo subordinaci�n a la autoridad supe-
rior y en cumplimiento de �rdenes, sin
facultad o posibilidad de inspecci�n,
oposici�n o resistencia a ellas cn cuanto
a su oportunidad y legitimidad.
Art�culo Segundo: La presunci�n
establecida en el art�culo anterior no
ser�a. aplicable respecto de los delitos de
violaci�n, sustracci�n y ocultaci�n de
menores o sustituci�n de su estado civil
y apropiaci�n extorsiva de inmuebles.
Art�culo Tercero: La presente ley se
aplicar� de oficio. Dentro de los cinco (6)
d�as de su entrada en vigencia, en todas
las causas pendientes, cualquiera sea su
estado procesal, el tribunal ante el que
se encontraren radicadas sin m�s
tr�mite dictar�. respecto del personal
comprendido en el articulo 1, p�rrafo
primero la providencia a que se refiere el
articulo 252 bis del C�digo de Justicia
Militar o dejar� sin efecto la citaci�n a -
prestar declaraci�n indagatoria, seg�n
correspondiere.
El silencio del Tribunal durante el
plazo indicado por el previsto en el
segundo p�rrafo del articulo 1ro., pro-
ducir� los efectos contemplados en el
p�rrafo precedente con el alcance de cosa
juzgada.
Si en la causa no se hubiere acredita-
do el grado o funci�n que pose�a a la
fecha de los hechos la persona llamada a
prestar declaraci�n indagatoria, el plazo
transcurrir� desde la presentaci�n de
certificado o informe expedido por
autoridad competente que lo acredite.
Art�culo Cuarto: Sin perjuicio de lo
dispuesto por la Ley Nro: 23.492, en las
causas respecto de las cuales no hubiera
transcurrido el plazo previsto en el
articulo1m. del primer p�rrafo de la
misma, no podr� disponerse la citaci�n a
prestar declaraci�n indagatoria de las
personas mencionadas en el articulo 1ro.
de la presente ley.
Art�culo Quinto: Respecto de las deci-
siones sobre la aplicaci�n de esta ley,
proceder� recurso ordinario de apelaci�n
ante la Corte Suprema de Justicia de la
Naci�n, el que podr� interponerse dentro
de los cinco (5) dias de su notificaci�n. Si
la decisi�n fuere t�cita, el plazo trans-
currir�. Desde que �sta se tuviere por
pronunciada conforme con lo dispuesto
en esta ley.
Art�culo Sexto: No ser� aplicable el
articulo 11 de la ley Num: 23.049 al per-
sonal comprendido en el art�culo 1ro. de
la presente ley.
Art�culo S�ptimo: Comun�quese al
Poder Ejecutivo Nacional.
###############################################################
VOTO DEL DR JORGE BACQUe
a) Inconstitucionalidad de la ley de obediencia debida.
1) Que llegan las presentes actua-
ciones a conocimiento de esta Corte en
virtud de los recursos extraordinarios
interpuestos a fs. 9382/9402, 9403/
9407, 9427/9459, 9460 y 9561/9566,
contra la sentencia dictada por la
Camara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional Federal del
Capital Federal que condenara a
Ramon J. A. Camps a la pena de 25
a�os de reclusion, inhabilitacion abso-
luta perpetua, accesorias legales (art.
12, Cod. Penal), accesoria de destitu-
cion (art. 538, Cod de Justicia Militar)
y pago de las costas (art. 29, inc. 3P,
Cod. Penal), como autor responsable
del delito de aplicacion de tormentos
reiterado en setenta y tres oportu-
nidades (arts. 2P, 55 y 144 tercero,
parr. 1�, conforme ley 14.616 del Cod.
(...a seguir)
################################################################
No se si no merecera un capitulo aparte o un capitulo destacado dentro de la reflexion sobre el genocidio la participacion del discurso religioso, en sus diferentes variantes y las Iglesias respectivas. Vaya como muestra, antes de volvernos sobre ello un articulo aparecido en el diario Clarin de Buenos Aires, del dia 15/05/1998.
GARZON: "La Iglesia bendijo a la dictadura"
El juez espa�ol dijo que el Proceso conto con el "apoyo, instigacion y bendicion" de la Iglesia argentina. Ayer hubo otros testimonios sobre la represion ilegal
JUAN CARLOS ALGAÑARAZ
El juez Baltasar Garzon reitero ayer su competencia para tratar las desapariciones en la Argentina. Y se�alo que se trato de un genocidio presentado por la dictadura militar como una "cruzada' que tuvo el apoyo. instigacion y bendicion" de la Iglesia Catolica argentina.
El magistrado imputo a mas de ciento cincuenta personas por delitos de terrorismo y genocidio y decreto la prision incondicional, con pedido de bUsqueda y captura a Interpol, de figuras tan importantes de la represion militar como el ex presidente Leopoldo Fortunato Galtieri y el ex almirante Emilio Massera, entre otros.
En la resolucion que se conocio ayer, Garzon volvio a rechazar los recursos contra su competencia presentados por el fiscal Pedro Rubira y el ex capitan de corbeta Adolfo Scilingo. Le toca ahora a la Sala en lo Penal de la Audiencia Nacional determinar si el juez tiene jurisdiccion para tratar las desapariciones, torturas, asesinatos y secuestros de ni�os durante la pasada dictadura militar argentina.
Garz�n ratific� los conceptos de su resoluci�n del 25 de marzo, donde abord� la interpretaci�n del delito de genocidio, tal como lo prev� la legislaci�n espa�ola.
A�adi� que "se desprende que una de las finalidades perseguidas por la jerarqu�a militar que propici� el golpe de Estado, con apoyo, instigaci�n y bendici�n de las jerarquias de la Iglesia Cat�lica argentina, fue la destrucci�n pura y simple, a trav�s de la violencia, de todo lo que fuera contrario a esa doctrina".
El magistrado record� declaraciones de autoridades de la Iglesia en apoyo de la represi�n Tambi�n agreg� que "en esa contradicci�n se basaba la definici�n de lo subversivo, todo ello como un mal necesarioo para la purificaci�n de la Naci�n Argentina".
En la argumentaci�n, record� declaraciones de autoridades de la Iglesia argentina apoyando la represi�n militar, empezando por el cardenal primado de la Argentina, Antonio Caggiano, quien en un acto p�blico en 1976 indic� que "la represi�n no es una mala palabra". Adem�s cit� al exvicario castrense Victorio Bonam�n y al arzobispo de Bahia Blanca, monse�or Jorge Mayer, que en 1976 afirm� que "la guerrilla subversiva quiere arrebatar la cruz, s�mbolo de todos
los cristianos, para aplastar y dividir a los argentinos mediante la hoz y el martillo".
El juez record� que pocos dias despu�s varios sacerdotes palotinos y dos seminaristas "fueron asesinados por un grupo de tareas de la Escuela de Mec�nica de la Armada". Tambi�n volvi� a comparar a las juntas militares argentinas con el r�gimen nazi, "ya que persiguieron el mismo fin de anular toda posibilidad de discrepancia ideol�gica o religiosa distinta de la oficial".
Garz�n, por otro lado, sigue avanzando con el proceso a quienes actuaron en la represi�n ilegal. Ayer tom� declaraci�n a Susana Funes, compa�era del lider sindical Agust�n Tosco, que fue torturada en dos campos dandestinos de detenci�n en C�rdoba y sufri� graves trastornos de memoria hasta 1994.
Tambi�n dio su testimonio Cristina Zucker, hija del actor Marcos Zucker,
quien junto con Ana Mar�a Avalos inform� acerca de la desaparici�n de algunos familiares. Las dos insistieron en que en 1981 el general Cristino Nicolaides reconoci� p�blicamente �stas detenciones, y entregaron al juez copias de las manifestaciones del militar. Y, por su lado, Blanca Serrano cont� sobre la desaparici�n de su hermana, Mar�a del Carmen. Las testigos detallaron una lista de represores que actuaron en los hechos denunciados.
########################################################################
Podr�amos integrar a nuestra reflexi�n la nota escrita por LEON FERRARI EN PAGINA 12:
ATEOS Y PAGANOS
Por Le�n Ferrari
El documento del Vaticano sobre el holocausto, "Recordemos", produce un acercamiento entre cat�licos y jud�os, y un reordenamiento de intolerancias: la que los separaba parece volcarse contra paganos y ateos. En su empe�o por justificar la conducta de la Iglesia Frente a aquel exterminio, el Vaticano se desentiende de sus or�genes calific�ndolo como obra de un "r�gimen moderno neopagano" cuyo antisemitismo "echaba ra�ces fuera del cristianismo". El cardenal Ratzinger, presidente de la Congregaci�n para la Doctrina y la Fe, que antes se llamaba Santo Oficio, agrega que fue fruto de una "ideolog�a atea y anticristiana". La Iglesia endosa a paganos y ateos (no pocos de estos murieron en los campos nazis tan denostados por ella como los hebreos) los delitos realizados o tolerados por buena parte de la poblaci�n de un pa�s que ten�a 94 por ciento de cristianos.
Gran parte de los comentarios de jud�os y cat�licos que apoyan la posici�n de la Iglesia --Kovadloff, Laguna, Rojzman, etc.-- exaltan este encuentro de monote�stas y guardan silencio sobre la inesperada versi�n pontificia. El rabino Kreiman Brill en cambio refuerza esta idea afirmando que el "m�ximo enemigo com�n" de jud�os y cat�licos "es el secularismo pagano que elimina a Dios de la vida del hombre, transformando el shopping en su catedral y el individualismo y el consumismo en su ritual diario" (La Naci�n 30/3/98). El paganismo pasa entonces a ser un enemigo mayor que el antisemitismo cristiano --que no termina con las disculpas de Roma-- y que los autores del atentado a la AMIA, posiblemente tan monote�stas como los cat�licos que tiraban gente al mar, los talibanes que matan ad�lteras a pedradas y los mahometanos que deg�ellan chicos en Argelia.
La carga peyorativa que la Biblia lanza sobre los paganos es renovada por Kreiman Brill en este singular argumento: "cuando los romanos paganos nos echaban juntos al foso de los leones, �stos no hac�an diferencia entre el gusto a carne cristiana y a carne jud�a". El paganismo de hoy nada tiene que ver con el de los romanos: el de veinte siglos atr�s era una religi�n que practicaba la gente que echaban gente a los leones (como era una religi�n la de Constantino el Grande que cristianiz� el imperio arrojando paganos a los mismos circos donde murieron los m�rtires recordados por Kreiman). El paganismo de hoy en cambio no es una religi�n, es una heterog�nea suma de creencias cuya �nica caracter�stica compartida por todas ellas consiste en ignorar o negar los dioses b�blicos. Pese a las ense�anzas de la Iglesia esa posici�n frente al monote�smo no es un delito y no puede convertir a los paganos --budistas, ateos, espiritistas, hindu�stas, etc.-- en culpables de los delitos del nazismo, movimiento engendrado por la Alemania cristiana.
Hitler, de familia cat�lica, cat�lico no practicante, hizo a lo largo de su vida contradictorias declaraciones sobre religi�n. Dec�a que era incompatible el cristianismo con el nacionalsocialismo pero tambi�n que no se pod�a gobernar sin el cristianismo; ped�a la protecci�n de Dios, del Todopoderoso y de la Providencia; admiraba los diez mandamientos; defend�a el papel de las religiones como garant�a de orden; alentaba el "cristianismo positivo" propuesto por Alfred Rosenberg que adapt� el Nuevo Testamento a la ideolog�a nazi; permiti� y despu�s reprimi� varios grupos neopaganos que rescataban las creencias de sus ancestros polite�stas. Recibi� el apoyo de la Iglesia alemana: mientras mataba sacerdotes rebeldes --que "Recordamos" cita para exculpar a esa Iglesia-- repicaban las campanas de los templos festejando sus victorias. Compart�a con el cristianismo su adversi�n al erotismo: pensaba que nada se hab�a hecho para liberar a la poblaci�n "del perfume estupefaciente del erotismo moderno". Persegu�a a los homosexuales y apoyaba el matrimonio. Criticaba los casamientos mixtos de cristianos con jud�os. Vinculaba con el cristianismo su acci�n antisemita: "estoy convencido de que al defenderme del jud�o lucho por la obra del Supremo Creador". El obispo Berning lo visit� en 1933 y relat� que Hitler dijo que "durante 1500 a�os la Iglesia hab�a considerado a los jud�os como par�sitos, que �l los ve�a como perniciosos enemigos de la Iglesia y del Estado y que s�lo quer�a realizar, como mayor eficacia, lo que la Iglesia hab�a intentado conseguir desde hac�a tanto tiempo. Este servicio a una causa com�n era el motivo de su hostilidad antisemita".
El holocausto ni es ateo ni est� al margen de la �tica que se desprende de los Testamentos: adem�s de jud�os --muertes que para algunos te�logos son parte de las anunciadas en los Evangelios-- murieron homosexuales, como en Sodoma, y gitanos, como mueren id�latras y hechiceros en las Escrituras. El exterminio en la Alemania monote�sta puede ser visto como otro eslab�n en la cadena de holocaustos monote�stas: el diluvio, Jeric�, los primog�nitos egipcios, la Conquista, el prometido Apocalipsis. Belsen y Auschwitz son hijos menores, o una antesala, del campo de concentraci�n eterno donde, advierte el Vaticano, ir�n una vez resucitadas casi todas las v�ctimas que cayeron en los infiernos nazis.
#######################################################################
En un art�culo muy interesante que recoge la intervenci�n de Yosef Yerushalmi en un Congreso sobre "Usos del olvido", hay un punto en que el autor se refiere al momento en que en su opini�n naci� la Escritura, y la ex�gesis. Un punto donde el libro sagrado se convierte en propiedad com�n de un pueblo por primera vez en la historia. Eso ocurre cuando Esdras reune al pueblo en la Puerta del Agua como consta en Nehem�as, 8. Pero casualmente, y esto no lo trae a colaci�n Yerushalmi, es en ese mismo punto (y creo que hace a un razgo que marca absolutamente nuestra civilizaci�n judeo-cristiana) en Esdras,9, donde ese punto de nacimiento de una Tradici�n parece requerir como su contrapartida "La separaci�n de los matrimonios con extranjeros". O sea, en el punto de constituci�n de una Tradici�n, aparece como si fuera absolutamente necesaria la menci�n de un 'crimen': "El pueblo de Israel, los sacerdotes y los levitas no se han separado de las gentes del pa�s, hundidas en sus abominaciones...". Empieza entonces el reclamo de expiar el crimen de no haberse segregado y segregado al Otro, al extranjero. Esdras, aquel que restaura el Libro, la Escritura, la halakhah, la Ley, exclama que "la raza santa se ha mezclado con las gentes del pa�s..." Se rasga las vestiduras, se arranca los cabellos y la barba, clama por el crimen. Expresa: "�hemos de volver a violar tus mandamientos, emparent�ndonos con estas gentes abominables?". El Otro, el Extranjero es el abominable. Aquel del que hay que renegar, cuando no exterminar. Sobre esa m�xima se asienta el Libro sobre el cual se funda nuestra civilizaci�n.Ese es el libro que est� en el fundamento mismo del exterminio, lo exige. Cuando algunos llaman a la Shoah Holocausto no es que se equivoquen, no es que no sepan tal vez hablan de un saber ignorado cuando nombran como se entiende el exterminio desde el Libro, como si el exterminio fuese el Holocausto que el Dios del Libro exige....a seguir. Adrian ortiz, Buenos Aires, 25.08.1998.
###########################################################################
Leemos en el diario Clarin del dia 28/09/1998, dos titulares: "Acusaron a un juez argentino (el juez federal de Santa Fe, Victor hermes Brusa) de participar en torturas a prisioneros politicos "...una persona sadica, siniestra, siempre cinico...". Y en la misma pagina (pagina 16, Seccion Politica) "Un sacerdote denunciado". Donde una ex-prisionera politica dice: "El sacerdote (Catolico) Gentile Carmelo Guadagnoli participaba en los interrogatorios. Siempre denunciaba a los judios, porque decia que financiaban a los comunistas. Insitia en que se librara la tercera guerra mundial contra los judios y los comunistas. Nos amenazaba cada vez que venia. A una chica judia le decia cosas espantosas. Unas compa�eras me dijeron que tambien iba a la comisaria cuarta donde se torturaba. Cuando me torturaban me decian que era judia. Yo les decia que no y entonces me exigian que rezara un padrenuestro. Yo estaba mal, enferma. Tenia 16 a�os y estaba destrozada. me equivocaba con el padrenuestro y entonces se ensa�aban...era horrible".
¿Es algo simplemente azaroso que los sacerdotes se presten a la tortura (como se prestaron, sostuvieron y ayudaron a la construccion de los campos de concentracion tanto hitlerianos como argentinos) de los "herejes", es decir, al Otro de la religion? ¿O es algo que viene necesariamente, intrinsecamente con la religion, es decir, constituye la infaltable otra cara del amor al projimo? Algo que va de la mano con la forma en que la Biblia judeo-cristiana plantea y resuelve el problema de la violencia-a-muerte y la sexualidad?
Creo que nos ayudara a empezar a plantear el problema si vamos a la Biblia y leemos en Exodo 32 el episodio del becerro de oro y la renovacion de la Alianza. (Pag. 55 de la Biblia de jerusalem) "Celos de los levitas". "Vio Moises al pueblo desenfrenado -pues Aaron les habia permitido entregarse a la idolatria de sus adversarios- y se puso a la puerta del campamento y exclamo: A mi los de Jahve! y se le unieron todos los hijos de Levi. El les dijo: Asi dice Jahve, el Dios de Israel: Calze cada uno su espada al costado, pasad y repasad por el campamento de puerta en puerta y matad cada uno a su hermano, a su amigo y a su pariente" Cumplieron los hijos de levi la orden de Moises y cayeron aquel dia tres mil hombres del pueblo. Y dijo Moises: Hoy habeis recibido la investidura como sacerdotes de Yahveh cada uno a costa de vuestros hijos y vuestros hermanos para que el os de hoy la bendicion."
Es este el modo en que la Biblia construye una forma de tratar, mediante el discurso de la religion, la diferencia con el Otro. Se entiende, este debe ser cortado en pedazos, claro que en nombre del amor al projimo (este mismo cuya sangre corre como condicion de las investiduras sacerdotales) .a seguir. Buenos Aires, 27/09/1998.
#####################################################
Leemos en el diario Clarin del dia 28/09/1998, dos titulares: "Acusaron a un juez argentino (el juez federal de Santa Fe, Victor Hermes Brusa) de participar en torturas a prisioneros politicos "...una persona sadica, siniestra, siempre cinico...". Y en la misma pagina (pagina 16, Seccion Politica) "Un sacerdote denunciado". Donde una ex-prisionera politica dice: "El sacerdote (Catolico) Gentile Carmelo Guadagnoli participaba en los interrogatorios. Siempre denunciaba a los judios, porque decia que financiaban a los comunistas. Insitia en que se librara la tercera guerra mundial contra los judios y los comunistas. Nos amenazaba cada vez que venia. A una chica judia le decia cosas espantosas. Unas compa�eras me dijeron que tambien iba a la comisaria cuarta donde se torturaba. Cuando me torturaban me decian que era judia. Yo les decia que no y entonces me exigian que rezara un padrenuestro. Yo estaba mal, enferma. Tenia 16 a�os y estaba destrozada. me equivocaba con el padrenuestro y entonces se ensa�aban...era horrible".
�Es algo simplemente azaroso que los sacerdotes se presten a la tortura (como se prestaron, sostuvieron y ayudaron a la construccion de los campos de concentracion tanto hitlerianos como argentinos) de los "herejes", es decir, al Otro de la religion? �O es algo que viene necesariamente, intrinsecamente con la religion, es decir, constituye la infaltable otra cara del amor al projimo? Algo que va de la mano con la forma en que la Biblia judeo-cristiana plantea y resuelve el problema de la violencia-a-muerte y la sexualidad?
Creo que nos ayudara a empezar a plantear el problema si vamos a la Biblia y leemos en Exodo 32 el episodio del becerro de oro y la renovacion de la Alianza. (Pag. 55 de la Biblia de jerusalem) "Celos de los levitas". "Vio Moises al pueblo desenfrenado -pues Aaron les habia permitido entregarse a la idolatria de sus adversarios- y se puso a la puerta del campamento y exclamo: A mi los de Jahve! y se le unieron todos los hijos de Levi. El les dijo: Asi dice Jahve, el Dios de Israel: Calze cada uno su espada al costado, pasad y repasad por el campamento de puerta en puerta y matad cada uno a su hermano, a su amigo y a su pariente" Cumplieron los hijos de levi la orden de Moises y cayeron aquel dia tres mil hombres del pueblo. Y dijo Moises: Hoy habeis recibido la investidura como sacerdotes de Yahveh cada uno a costa de vuestros hijos y vuestros hermanos para que el os de hoy la bendicion."
Es este el modo en que la Biblia construye una forma de tratar, mediante el discurso de la religion, la diferencia con el Otro. Se entiende, este debe ser cortado en pedazos, claro que en nombre del amor al projimo (este mismo cuya sangre corre como condicion de las investiduras sacerdotales) .a seguir. Buenos Aires, 27/09/1998.
Home Page