Prefiero no obviar la consabida definición
del término “censura”. Aunque pueda parecer innecesario, resulta
oportuno señalar que Domingo Buonocore la define como “el derecho
de revisión y examen de publicaciones y libros para prohibir la
divulgación de aquellos cuya lectura se juzgare nociva”.
Es bien conocido el proceso censor
que a lo largo de la historia se ha desarrollado en todos los países
del mundo tanto por entidades eclesiásticas y gubernamentales así
como por organizaciones privadas e individuos. Una ojeada en miles
de libros de historia y temas afines podrían abundar sobre el tema.
Más recientemente las constituciones
de diversos países han incluido el derecho a la libre expresión
como parte de su correspondiente carta de derechos. Sea de facto
o de jure, existen constituciones que así lo promulgan. Naturalmente
no es el momento adecuado, me refiero al espacio de este artículo,
para dilucidar sobre una u otra opción.
Ante la explosión informativa
que constituye la red mundial, el profesional de la información
se reviste de una nueva armadura de doble identidad: o censores internéticos
o fieles observadores del derecho a la libre expresión.
Si nos convertimos en censores per
se, sin atenuar circunstancias e individuos, seríamos unos meros
policías de la información, sujetos a los mismos discrímenes
y abusos que por siglos han ocurrido so color de la justicia.
Si observamos ciegamente el derecho
a la libre expresión, sin atemperar circunstancias e individuos,
estaríamos moviéndonos hacia el otro extremo. ¿Cuánta
información sería suficiente? ¿Toda la que esté
disponible sin importar la “calidad” de la misma? ¿Existirían
algunos límites? Recordemos que nuestros deberes empiezan
donde se inician los derechos de los demás. O también:
validar nuestros derechos no deben constituir de por sí una razón
para invalidar el derecho de los otros.
El profesional de la información
se encuentra ante una encrucijada: ¿Se provee a todo cliente cualquier
material disponible en la superautopista de la información? ¿Se
debe limitar el acceso y establecer unos filtros correspondientes?
El profesional de la información
es un agente de cambios. Promueve el cambio; no lo detiene.
Permítanme, por tanto, sugerir el siguiente procedimiento en aras
de un servicio más eficiente, acorde con los derechos de cada cual.
-
(a) Código de ética de
su institución. El mismo regula el patrón de conducta
dentro de unos cánones aceptables de convivencia social, amparados
bajo la cobija de unos principios morales universales. La pornografía
en sí constituye una expresión social de la sexualidad en
todas sus manifestaciones. La presentación visual y escrito
del elemento erótico puede ofender a un gran segmento de la población.
La institución, como parte de esa población, podría
intervenir para vedar cualquier acceso a información pornográfica
a través del Internet. Por otro lado, un sociólogo,
al analizar el desenvolvimiento social del siglo 20, podría necesitar
acceder esos medios internéticos considerados pornográficos.
¿Qué hacer en estos casos? Ejerza la prudencia.
A pesar de la censura previamente establecida por cuestiones ético-morales,
flexibilice decisiones futuras basadas en apreciaciones subjetivas inmediatas
de carácter investigativo.
-
(b) Afiliación religiosa.
Este aspecto usualmente constituye un factor determinante y de gran importancia,
pues en primera instancia es la razón de ser de la propia institución.
Aun cuando el aborto resulta un hecho abominable desde cualquier punto
de vista, y a pesar de que la mayoría de las sectas religiosas no
lo apoyan, consentir en la diseminación de información de
esta naturaleza puede ayudar a entender mejor las razones por las cuales
nos oponemos al aborto.
-
(c) La clientela a servir vs. el contenido
de la información. Resulta obvio que en una biblioteca escolar
usted no proveería acceso a material pornográfico.
¿Ejercería el mismo criterio con relación a información
sobre la violencia, el proceso biológico de la procreación
u otros temas que pudieran “pecar” de non gratos?
-
Informe al cliente de la censura establecida
sobre determinados materiales. Es inevitable la censura. Estamos
hablando de la censura a determinada información. No queremos
implicar censura alguna al derecho a la información y a la libre
expresión, ambos garantizados por nuestra constitución.
Por las razones antes expuestas resulta prudente en determinadas ocasiones
ejercer censura sobre temas destinados a sectores específicos de
la población. Permita, no obstante, la libertad de solicitar
los mismos si se necesitasen como recursos en una investigación
o por alguna otra razón válida. Sabemos, no obstante,
que determinar la validez de una petición de información
no siempre representa un hecho sencillo. Puede tornarse complejo
en la medida de lo controversial que pudiese considerarse el tema.
Pero todo a su debido momento y en la justa perspectiva puede dilucidarse
para beneficio de ambas partes.
-
Pensemos en la información en
sí y no necesariamente en nuestros gustos personales. Satisfacer
necesidades individuales de información o de cualquier índole
no es un proceso sencillo. Por el contrario, siempre los gustos personales
se interponen entre la necesidad de la información y la tenencia
de la misma. El profesional de la información que se sienta
tentado a ejercer censura basándose en sus gustos personales termina
usualmente comprometiéndose con la mediocridad. Sus limitaciones
personales y profesionales (así como prejuicios y discrímenes)
serían las variables a considerar en tal cometido, y, por lo tanto,
el producto final carecería de objetividad y validez. Al sentar
nuestra decisión sobre el derecho a la información, estaríamos
contribuyendo a una mayor difusión de los datos e ideas contenidos
en la telaraña mundial. Será el cliente quien determinará
su necesidad de información en el momento en que la necesite y por
la razón que justifique su petición.
-
Evite ser dogmático y absolutista.
El profesional de la información, de cara al nuevo milenio, debe
desvestirse de su túnica del dogma de poseedor de la verdad absoluta.
Todos poseemos la verdad. En mayor o menor grado todos percibimos
la verdad como nuestra verdad. La información, como parte
integrante de esa verdad, busca proveer los datos necesarios para
un entendimiento más profundo de toda realidad física o espiritual.
En esa misma medida, el profesional de la información, como puente
de acceso a la misma, deberá abrir los canales de comunicación
necesarios y permitir que la información fluya a todos los niveles
en todo momento. Que el cliente sea quien decida en su momento, libre
de opresiones, enfrentando los retos de su propia inteligencia y
a la luz del reflejo de su conciencia,
Escrito originalmente el 10 de abril
de 1998 |