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Jornadas de Bibliotecología, Ciencias de la Información y Tecnología

Encrucijada y Retos 
de la Censura Internética
por Cirilo Toro Vargas, Ph.D.

Prefiero no obviar la consabida definición del término “censura”.  Aunque pueda parecer innecesario, resulta oportuno señalar que Domingo Buonocore la define como “el derecho de revisión y examen de publicaciones y libros para prohibir la divulgación de aquellos cuya lectura se juzgare nociva”.

Es bien conocido el proceso censor que a lo largo de la historia se ha desarrollado en todos los países del mundo tanto por entidades eclesiásticas y gubernamentales así como por organizaciones privadas e individuos.  Una ojeada en miles de libros de historia y temas afines podrían abundar sobre el tema.

Más recientemente las constituciones de diversos países han incluido el derecho a la libre expresión como parte de su correspondiente carta de derechos.  Sea de facto o de jure, existen constituciones que así lo promulgan.  Naturalmente no es el momento adecuado, me refiero al espacio de este artículo, para dilucidar sobre una u otra opción.

Ante la explosión informativa que constituye la red mundial, el profesional de la información se reviste de una nueva armadura de doble identidad: o censores internéticos o fieles observadores del derecho a la libre expresión.

Si nos convertimos en censores per se, sin atenuar circunstancias e individuos, seríamos unos meros policías de la información, sujetos a los mismos discrímenes y abusos que por siglos han ocurrido so color de la justicia.

Si observamos ciegamente el derecho a la libre expresión, sin atemperar circunstancias e individuos, estaríamos moviéndonos hacia el otro extremo.  ¿Cuánta información sería suficiente?  ¿Toda la que esté disponible sin importar la “calidad” de la misma?  ¿Existirían algunos límites?  Recordemos que nuestros deberes empiezan donde se inician los derechos de los demás.  O también: validar nuestros derechos no deben constituir de por sí una razón para invalidar el derecho de los otros.

El profesional de la información se encuentra ante una encrucijada: ¿Se provee a todo cliente cualquier material disponible en la superautopista de la información? ¿Se debe limitar el acceso y establecer unos filtros correspondientes?

El profesional de la información es un agente de cambios.  Promueve el cambio; no  lo detiene.  Permítanme, por tanto, sugerir el siguiente procedimiento en aras de un servicio más eficiente, acorde con los derechos de cada cual.
 

  • Determine si establecería la censura de acuerdo a criterios institucionales y política organizacional.  Al redactar la política administrativa de su biblioteca o centro de acceso a la información señale sobre qué materiales específicos se ejercería censura.  Para tal decisión tome en cuenta los siguientes criterios:

    • (a) Código de ética de su institución.  El mismo regula el patrón de conducta dentro de unos cánones aceptables de convivencia social, amparados bajo la cobija de unos principios morales universales.  La pornografía en sí constituye una expresión social de la sexualidad en todas sus manifestaciones.  La presentación visual y escrito del elemento erótico puede ofender a un gran segmento de la población.  La institución, como parte de esa población, podría intervenir para vedar cualquier acceso a información pornográfica a través del Internet.  Por otro lado, un sociólogo, al analizar el desenvolvimiento social del siglo 20, podría necesitar acceder esos medios internéticos considerados pornográficos.  ¿Qué hacer en estos casos?  Ejerza la prudencia.  A pesar de la censura previamente establecida por cuestiones ético-morales, flexibilice decisiones futuras basadas en apreciaciones subjetivas inmediatas de carácter investigativo.

    • (b) Afiliación religiosa.  Este aspecto usualmente constituye un factor determinante y de gran importancia, pues en primera instancia es la razón de ser de la propia institución.  Aun cuando el aborto resulta un hecho abominable desde cualquier punto de vista, y a pesar de que la mayoría de las sectas religiosas no lo apoyan, consentir en la diseminación de información de esta naturaleza puede ayudar a entender mejor las razones por las cuales nos oponemos al aborto.

    • (c) La clientela a servir vs. el contenido de la información.  Resulta obvio que en una biblioteca escolar usted no proveería acceso a material pornográfico.  ¿Ejercería el mismo criterio con relación a información sobre la violencia, el proceso biológico de la procreación u otros temas que pudieran “pecar” de non gratos? 

  • Establezca un modelo de servicio basado en las necesidades de los clientes.  Ajústese a los cambios y patrones de búsqueda que el cliente ya posea.  Su cliente va a establecer en gran medida qué información necesita y probablemente usted tratará de decidir cuánta información sería razonable ofrecerle.  La receta más aconsejable radica en proveerle la mayor cantidad posible de información.  Que sea el cliente quien decida qué necesita y cuánto.

  • Informe al cliente de la censura establecida sobre determinados materiales.  Es inevitable la censura.  Estamos hablando de la censura a determinada información.  No queremos implicar censura alguna al derecho a la información y a la libre expresión, ambos garantizados por nuestra constitución.  Por las razones antes expuestas resulta prudente en determinadas ocasiones ejercer censura sobre temas destinados a sectores específicos de la población.  Permita, no obstante, la libertad de solicitar los mismos si se necesitasen como recursos en una investigación o por alguna otra razón válida.  Sabemos, no obstante, que determinar la validez de una petición de información no siempre representa un hecho sencillo.  Puede tornarse complejo en la medida de lo controversial que pudiese considerarse el tema.  Pero todo a su debido momento y en la justa perspectiva puede dilucidarse para beneficio de ambas partes.

  • Pensemos en la información en sí y no necesariamente en nuestros gustos personales.  Satisfacer necesidades individuales de información o de cualquier índole no es un proceso sencillo.  Por el contrario, siempre los gustos personales se interponen entre  la necesidad de la información y la tenencia de la misma.  El profesional de la información que se sienta tentado a ejercer censura basándose en sus gustos personales termina usualmente comprometiéndose con la mediocridad.  Sus limitaciones personales y profesionales (así como prejuicios y discrímenes) serían las variables a considerar en tal cometido, y, por lo tanto, el producto final carecería de objetividad y validez.  Al sentar nuestra decisión sobre el derecho a la información, estaríamos contribuyendo a una mayor difusión de los datos e ideas contenidos en la telaraña mundial.  Será el cliente quien determinará su necesidad de información en el momento en que la necesite y por la razón que justifique su petición.

  • Evite ser dogmático y absolutista.  El profesional de la información, de cara al nuevo milenio, debe desvestirse de su túnica del dogma de poseedor de la verdad absoluta.  Todos poseemos la verdad.  En mayor o menor grado todos percibimos la verdad como nuestra verdad.  La información, como parte integrante de esa verdad, busca  proveer los datos necesarios para un entendimiento más profundo de toda realidad física o espiritual.  En esa misma medida, el profesional de la información, como puente de acceso a la misma, deberá abrir los canales de comunicación necesarios y permitir que la información fluya a todos los niveles en todo momento.  Que el cliente sea quien decida en su momento, libre de opresiones, enfrentando los retos de su propia inteligencia y  a la luz del reflejo de su conciencia,

Escrito originalmente el 10 de abril de 1998


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Dr. Cirilo Toro Vargas
Publicado en el Internet:  8 de agosto de 2001.
Revisión:  18 de abril de 2005.