17 de marzo

14 de julio del 2002

DE JOSÉ B. GOROSTIAGA A JULIO NAZARENO. FUNDACIÓN, APOGEO Y DECADENCIA

El juicio a la Corte Suprema

Argenpress

Nunca existió una Corte Suprema de Justicia más desprestigiada que la actual. La Corte fundadora de orientación alberdiana, en una casa modesta y precarios recursos, defendió la institucionalización de la Constitución de 1853.
 

En pocos días se convocará a una sesión en la Cámara de Diputados para debatir el dictamen acusatorio contra los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

No son pocas las acusaciones contra los integrantes de la Corte, que podrían sintetizarse en la de "mal desempeño" en sus funciones de los jueces Julio Nazareno, Guillermo López, Antonio Boggiano, Eduardo Moliné O'Connor y Adolfo Vázquez, los cinco integrantes de la llamada "mayoría automática" menemista y los cuatro restantes: Enrique Petracchi, Gustavo Bossert, Carlos S. Fayt y Augusto César Belluscio.

En los nueve dictámenes acusatorios de la Comisión parlamentaria, figuran imputaciones graves conocidas como las de las sentencias del "corralito", el desvío de armas, la habilitación de la candidatura a gobernador de Corrientes del discutido Raúl Romero Feris, el rebalanceo telefónico, el caso Moneta, la investigación al ataque a la Embajada de Israel, entre otras.

Todo parece indicar que la acusación, para que prospere, no lograría obtener los dos tercios de los diputados. Se impondría, otra vez, la "razón de Estado" que todo lo justifica.

Pero lo cierto es que nunca, en la historia del Poder Judicial argentino, hubo una Corte más desprestigiada que la actual.

No siempre fue así. Con sus luces y con sus límites, el alto tribunal gozó de un cierto reconocimiento de la opinión pública, mucho más que con otros sectores como la clase política, empresaria, militar o eclesiástica.

Los fundadores: José Benjamín Gorostiaga

La primera etapa de esta institución republicana comenzó en 1863 y tuvo por principal objetivo el afianzamiento institucional. Reconoció el liderazgo de orientación alberdiana de un jurista notable: José Benjamín Gorostiaga. En aquella "Corte vieja", acompañaron a Gorostiaga otros juristas de nota: Abel Bazán, José Barros Pazos, Francisco de las Carreras y Saturnino M. Laspiur.

Estos hombres trabajaron por afianzar la Constitución y las instituciones, en medio de siete revoluciones donde murieron cuatro mil setecientos veintiocho personas en noventa combates. 
Fueron tiempos difíciles ya que la guerra civil iniciada en 1820 recién se saldó en 1880 con la federalización de Buenos Aires. En ese período fue asesinado Urquiza, se vivieron los últimos tramos de la Guerra del Paraguay, se rebeló Mitre, en 1874, contra el fraude electoral, hubo una dura represión contra las montoneras gauchas, se vivió la crisis del 80 cuando el general Julio Argentino Roca derrotó a los porteños liderados por Carlos Tejedor y Mitre.

La obra jurisprudencial de aquella primera Corte Suprema de Justicia trató de afianzar las garantías y derechos constitucionales en medio de un país en convulsión permanente. Realizaron una obra ciclópea aún con errores y límites.

Liberalismo y secularización

No cabe dudas que Gorostiaga fue la personalidad consular de aquella "Corte vieja", tributaria del romanticismo y liberalismo ilustrado, que actuó muchas veces como despotismo ilustrado. Había un cierto elitismo porque se sentían ejecutores de "una misión histórica". Más que el dogmatismo político y religioso, los animó el pragmatismo y el realismo.

Esto quedó en claro con el fallo del caso "Caffarena", de 1871. La Corte, con el propósito de favorecer el establecimiento de la unidad de circulación monetaria, permitió la eliminación de ciertas monedas extranjeras que causaba un gran daño económico, especialmente a las provincias. Esto, un liberal no lo habría aceptado. Miraban, desde su clase social, la burguesía, al país en su conjunto.

Gorostiaga (1822-1891), se había doctorado en jurisprudencia a los 24 años en la Universidad de Córdoba. Se dedicó a la profesión al mismo tiempo que combatía junto al bando liberal, aunque defendía la óptica federalista. Fue asesor de Urquiza contra el mitrismo, auditor de Guerra y Marina y, en 1853, virtual redactor de la Constitución Nacional. Defendió, junto a Juan María Gutiérrez, defendió la libertad religiosa y de culto, que finalmente quedó establecida en la Ley Suprema argentina. También fue ministro del Interior y de Hacienda. Había ingresado a la masonería en Paraná, en la Logia "San Juan de la Fe" y por los servicios prestados a esa organización y a la Patria, le fue otorgado el Grado 33º, el más alto del llamado sistema escocista.

Hombre pacífico, probo, erudito y tolerante, fue propuesto por el arzobispo de Buenos Aires, en 1886, como candidato a presidente de la Nación para enfrentar al roquista Miguel Juárez Celman, pero rehusó tal candidatura.

De aquella "Corte vieja" a la actual, no solo media más de un siglo. Media la época de los constructores frente a la desesperanza y crisis actual.

redaccion@argenpress.info
info@argenpress.info

COPYRIGHT ARGENPRESS.INFO © 2003
webmaster@argenpress.info

ANTONIO BERMEJO: POSITIVISMO JURÍDICO Y ORTODOXIA LIBERAL

La segunda etapa de la Corte Suprema de Justicia fue conservadora, liberal ortodoxa y librecambista. Pero Antonio Bermejo a pesar de su ideología, fue uno de los jueces más importantes de la historia nacional.
 

En el recordatorio de las Cortes Supremas de Justicia que fundaron el derecho nacional, ocupó un lugar preponderante la etapa positivista, spenceriana y liberal ortodoxa del legendario Juez Antonio Bermejo. Una Corte que imaginó al Estado como enemigo de la libertad del individuo.

Puede discreparse con la mentalidad de Bermejo, pero no puede ignorarse su recia personalidad de jurista. Es interesante escuchar a Bermejo hoy, en sus fallos, cuando los ahorristas han sido expropiados y encerrados en el denominado "corralito". Decía el juez Bermejo en 1922, en el fallo "Horta vs. Harguindeguy": "los derechos patrimoniales adquiridos en un contrato son intangibles y deben ser tutelados por los jueces contra toda intromisión restrictiva del Estado. La norma sobre inviolabilidad de propiedad protege a los contratos, los que no han sido alterados sin consentimiento de las partes".

Desde luego, este liberalismo absoluto no tenía en cuenta el poder de policía, las facultades regulatorias de la política impositiva y el poder expropiatorio establecido constitucionalmente. Habían, para Bermejo, algunas limitaciones supralegales como la "buena fe" y la "distribución de la carga con justicia", que venían del Derecho Romano y que consideraba serían apreciadas por los jueces, según las obras de los juristas norteamericanos Cooley y Story. 

El civilismo de Bermejo concebía el derecho como derecho privado. El derecho solo servía para solucionar conflictos interindividuales. Miraba con desconfianza el derecho público. No imaginó, para nada, el derecho laboral. Toda esta concepción entró en crisis con la caída de la Bolsa de Wall Street en 1929. El despertar de la siesta del viejo patriciado oligárquico sería tumultuoso.

Bermejo y la Argentina agroexportadora

La doctrina y los fallos jurídicos de Antonio Bermejo (1852-1929) tendieron a consolidar el modelo del Estado roquista, la Argentina agropecuaria y exportadora de materias primas. Una Argentina socialmente injusta que chocó con los socialistas, anarquistas, radicales y el movimiento obrero forjado en el proceso de amalgama de los criollos pobres y los inmigrantes europeos pauperizados.

Fue durante veinticinco años que presidió la Corte Suprema. Había sido legislador provincial, y después diputado nacional, distinguiéndose por su defensa de la escuela y educación pública. Su ortodoxia liberal económica no llegaba a la educación y a la salud, que consideraba debían ser alentadas y protegidas por el Estado.

Esto lo llevó a la práctica en su calidad de funcionario. Como ministro de Justicia e Instrucción Pública de la Nación creó el Museo Nacional de Bellas Artes, la Facultad de Filosofía y Letras de Buenos Aires, la Escuela Industrial de la Nación y la Escuela de Comercio de Mujeres que perpetúa su nombre. Fue uno de los fundadores, en 1880, del Club Gimnasia y Esgrima y, al año siguiente, del Club Liberal de Buenos Aires. 

Liberalismo conservador

Curiosamente, perteneció a la masonería revistando en la Logia Docente, una logia krausista, creada para impulsar el Primer Congreso Pedagógico y la Ley Nº 1420 de educación laica. En esa misma logia estuvieron los radicales Leandro N. Alem e Hipólito Yrigoyen. Como presidente de la Corte Suprema, Bermejo saboteó años después la política social de Yrigoyen, especialmente durante su primera presidencia.

Bermejo defendía más la "seguridad" que la "justicia" pero era republicano. Los propios conservadores rectificarían, después del treinta, el concepto de librecambismo absoluto, introduciendo el intervencionismo estatal en la economía.

Hay que señalar que en 1922, Bermejo quedó solo cuando el resto de los ministros de la Corte, José F. Figueroa Alcorta, D. E. Palacio y Ramón Méndez, aprobaron en el fallo "Ercolano vs. Lanteri de Renshaw" la prórroga de los contratos de locación que beneficiaba a los locatarios. 

Pecado de origen

Pero la Corte Suprema de la década del treinta tendría un pecado de origen ya que aprobó por una acordada el golpe militar del 6 de setiembre de 1930 que derrocó a Yrigoyen. Con ello surgió la "doctrina de facto" que justificó otros golpes militares en 1943, 1955, 1966 y 1976. El constitucionalista Carlos Sánchez Viamonte publicará el libro "Revolución y doctrina de facto" donde fustigó aquella acordada. En el juicio político realizado contra los miembros de la Corte Suprema en la época de Perón, se invocó aquella nefasta acordada para destituir a los jueces. Pero los cierto es que hubo otras razones políticas.

redaccion@argenpress.info
info@argenpress.info

COPYRIGHT ARGENPRESS.INFO © 2003
webmaster@argenpress.info

LOS AÑOS 30: INTERVENCIONISMO ESTATAL Y KEYNESIANISMO

Roberto Repetto fue un juez reformista, divorcista y librepensador, aunque redactó la nefasta acordada de 10 de setiembre de 1930, que justificó el golpe de Estado contra Hipólito Yrigoyen.
 

El único antecedente de juicio a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que logró la caída de cuatro de sus cinco jueces, fue el que tuvo estado parlamentario durante el primer gobierno de Perón.

Si bien es cierto que esa Corte conservadora había justificado el golpe militar del 6 de setiembre de 1930, su obra jurídica hay que analizarla con mayor amplitud.

Estuvo presidida por Roberto Repetto que mostró su predisposición por la cuestión social, era partidario del divorcio vincular, un tabú jurídico por muchas décadas y apoyó en sus fallos la doctrina económica del intervencionismo estatal en la economía, divulgadas por Lord Keynes.

En Estados Unidos de Norteamérica, después de 1929, hubo proteccionismo, organización normativa del mercado, acción estatal sobre la infraestructura y políticas sociales desde el Estado. Así surgió el "Welfare State" (Estado de Bienestar) de Franklin Delano Roosevelt.

En la Argentina, ante la crisis, devaluaron la moneda, redujeron las importaciones, aprobaron el pacto Roca-Runciman (con su famosa cláusula sobre "trato benévolo" a los capitales ingleses), la moratoria hipotecaria, la creación del Banco Central, la llamada coordinación de los transportes. Se utilizaron los decreto-leyes, aún reunido el Congreso, el control de cambios, las juntas reguladoras y la comercialización de las cosechas

La orientación de Roberto Repetto

Roberto Repetto fue un extraordinario jurista. Si bien llevaría el estigma de la acordada del 10 de setiembre de 1930 que justificó el golpe militar que derrocó a Yrigoyen, su obra jurisprudencial fue monumental. Toda la legislación de reforma social y económica se pudo lograr al confirmar la nueva tendencia la Corte Suprema de Justicia.

Acompañaron a Repetto, particularmente Antonio Sagarna y José Nicolás Matienzo, en algunos casos fue también la actitud de Guido Lavalle, los que si bien provenían del viejo liberalismo positivista, apoyaron algunos aspectos progresivos de los fallos de Roberto Repetto. En el fallo "Avico vs. De la Pesa" se extendió el poder de policía (de control estatal) y se abandonó el principio liberal decimonónico del laissez-faire y se aceptó la realidad de la "emergencia económica" mientras no se contravinieran derechos y garantías constitucionales. 

La Corte de fines del treinta y particularmente Repetto se expresaron, como señalé, a favor del divorcio vincular pero este no podía ser aplicado porque no había una ley en ese sentido. Asimismo cuestionaba la enseñanza de la religión, como materia obligatoria, impuesta por el gobierno bonaerense de Manuel Fresco.

Esta actitud de Repetto le granjeó la animadversión de sectores de la Iglesia Católica, hecho que movilizaría, años después, a que cobraran con el juicio político su destitución del alto cuerpo judicial.

Pero esto sería solo un capítulo de la historia. En 1954 el gobierno de Perón sería el que impondrá por vía legislativa el divorcio vincular haciendo estallar el conflicto político que el peronismo mantenía con la Iglesia desde mediados de 1953.

Estabilidad de la Corte 

De todas maneras, desde 1863 hasta 1947, la Corte Suprema de Justicia gozó de la estabilidad de sus miembros. Hubo una continuidad, con los cambios jurisprudenciales que siguieron a los que se daban en el país y en el mundo jurídico universal.

No es cierto que la jurisprudencia de la Corte argentina haya sido un calco de la norteamericana, como han sostenido algunos autores. Hubo un esfuerzo sincero por interpretar la realidad y desarrollo del país desde la óptica ideológica de las clases dirigentes. Por eso, en 1929, cuando se abandona la posición librecambista absoluta, la Corte dirá que para "conservar" hay que "intervenir". Porque como decía Jefferson una Corte debe ser independiente de los partidos pero no del país.

La principal ruptura se produjo en 1947 cuando fueron desalojados mediante el juicio político cuatro de sus miembros y solo quedó el doctor Tomás D. Casares, prestigioso intelectual tomista, que contaba con el apoyo de la Iglesia. Pero esta anormalidad fue dentro del contexto constitucional y de las instituciones. Lo peor sobrevino con los golpes militares posteriores que hicieron caer también las cabezas del alto tribunal reemplazándolos por jueces adictos al golpe palaciego. Aún así, muchos de esos jueces no cayeron en el desprestigio al que han llegado varios miembros de la Corte Suprema actual.

Uno de los jueces más importantes de la Corte fue la doctora Margarita Argúas, talentosa jurista que con su sabiduría y fuerte personalidad logró romper el machismo y misoginia reinante durante más de un siglo en el Poder Judicial. Tanto que hasta su incorporación en el alto tribunal, a comienzos de los setenta, en el Palacio de los Tribunales no existían baños para las mujeres.

redaccion@argenpress.info
info@argenpress.info

COPYRIGHT ARGENPRESS.INFO © 2003
webmaster@argenpress.info

LOS VIEJOS JUECES LIBERALES CAEN ARROLLADOS POR EL VENDAVAL PERONISTA
 

El derecho peronista se basó en una concepción que unió la defensa de la justicia social, el socialcristianismo, el reformismo socialista y la secularización.
 

Durante ochenta y cinco años la vida de la Corte Suprema de Justicia vivió apacible su continuidad institucional. Esta continuidad se cortó, de cuajo, cuando advino el peronismo al poder que motorizó su enjuiciamiento y la remoción de cuatro de sus cinco jueces. Fue el fin de la Corte liberal de Roberto Repetto y el comienzo de una etapa signada por el ideario justicialista. 

El Juan Bautista Alberdi del peronismo se llamó Arturo Enrique Sampay, prestigioso constitucionalista formado en las ideas del socialcristianismo, el nacionalismo económico y una notable formación intelectual. Fue una personalidad independiente tanto que luego de ser el artífice de la reforma constitucional de 1949 y del famoso artículo 40 (nacionalización de las riquezas naturales) de la Constitución reformada -que le permitió la reelección a Perón en 1952- debió exiliarse en Montevideo por sus discrepancias con funcionarios del propio peronismo.

Si Alberdi fue el alma de la Constitución de 1853 y de la Corte Suprema, Sampay lo fue de la Constitución reformada en donde fueron introducidos los derechos del trabajador y la defensa del patrimonio económico del país. Sus concepciones nutrieron la nueva jurisprudencia que cambió el derecho liberal decimonónico por la jurisprudencia del Estado social de derecho.

Sampay escribió obras importantes como "La crisis del Estado democrático liberal burgués" (1942), "Introducción a la Teoría del Estado" (1951) y "Constitución y pueblo" (1973). Entre sus últimos escritos hay un juicio crítico sobre Juan Manuel de Rosas. Sampay y el socialista Carlos Sánchez Viamonte fueron lo más grandes constitucionalistas argentinos luego de Alberdi y el riojano Joaquín V. González.

Juicio político contra los liberales

La Corte liberal de Roberto Repetto estaba condenada cuando advino el peronismo, pero fueron ellos los que iniciaron la guerra. Aquella vieja Corte invalidó el decreto-ley que creaba un tribunal de apelaciones en el Chaco; descalificó el traslado de los jueces federales de Santa Fe y San Rafael no consentido por ellos; declaró que el gobierno no podía modificar el Código de Justicia Militar ni dictar disposiciones represivas contenidas en el decreto 536/45 y, los más importante, cuestionó a la nueva Cámara Nacional del Trabajo. Además declaró la invalidez parcial del régimen orgánico de la secretaría de Trabajo y previsión, desatando las iras de la Confederación General del Trabajo (CGT).

El presidente del bloque peronista en la Cámara de Diputados de la Nación, Rodolfo E. Decker, proyectó el juicio político a los ministros de la Corte y al procurador Juan Álvarez. Fueron memorables los discursos parlamentarios de los peronistas John William Cooke y Ernesto Palacio. Se recordó la acordada de los cortesanos que justificaron el golpe militar setembrino de l930, tenían razón pero en esa acordada se habían fundado los golpistas del 4 de junio de 1943, de donde surgió Perón.

Repetto y otros jueces, Antonio Sagarna, Luis Linares, Benito Nazar Anchorena y Francisco Ramos Mejía, fueron defenestrados, salvándose el católico Tomás D. Casares que había firmado en disidencia los fallos antilaborales de la mayoría. Casares integró la Corte peronista junto a Luis R. Longhi, Justo L. Alvarez Rodríguez, Rodolfo G. Valenzuela, Felipe S. Pérez y Atilio Pessagno.

Otros vientos judiciales

La Corte peronista dio una nueva orientación a la jurisprudencia. En "Martín vs. Erazo" declaró la constitucionalidad de un decreto de la provincia de Santa Fe que establecía el arbitraje obligatorio en conflictos laborales; en "Banco de la Nación vs. Provincia de Mendoza" obligó pagar impuestos sobre un inmueble al Banco nacional invocando el principio del "servicio público" porque el Estado era "agente del bien común" y, por lo tanto, no era prescindente.

Un fallo revolucionario en materia jurisprudencial fue "Susana C. Pacheco Santamarina de Alvear" en el que se declaró la nulidad de una cláusula por la que la propietaria de un inmueble dado en locación se reservaba, para el supuesto de desvalorización monetaria, el derecho de hacer reajustar por peritos arbitradores el precio pactado. Se rechazaba el principio liberal del "laissez-faire". Criticable fue el fallo que convalidó el régimen del "estado de guerra interno".

En 1955, la Corte peronista cayó con el derrocamiento de Perón y fueron reemplazados, por el gobierno de facto, por Benjamín Villegas Basavilbaso, Manuel J. Argañaraz, Enrique V. Galli y J. Vera Vallejo, todos experimentados profesores de derecho privado o público.

redaccion@argenpress.info
info@argenpress.info

COPYRIGHT ARGENPRESS.INFO © 2003
webmaster@argenpress.info

LA JUSTICIA EN LOS TIEMPOS DEL CÓLERA

La corte estuvo a los tumbos entre gobiernos legales, semilegales y golpes militares. Aun así las Cortes de este período mantuvieron ciertos principios del derecho liberal y no se desprestigiaron totalmente como el Tribunal actual.
 

Entre 1955 y 1966 hubo un proceso de cambios en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Alternaron jueces liberales, radicales, conservadores y desarrollistas.

En 1958, con Arturo Frondizi en el gobierno, aumentó de cinco a siete el número de jueces. Se produjo una crisis que llevó al doctor Alfredo Orgaz a renunciar por "cansancio moral". ¿Qué tendría que haber hecho Orgaz con los cambios que introdujo el menemismo en los años noventa para obtener una Corte adicta?

En 1966 el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía reemplazó la Corte anterior con integrantes favorables al nuevo régimen. También se produjo otro cambio en 1973 dentro del sistema democrático. En 1976, cuando se produjo la instauración de la dictadura del general Jorge Rafael Videla puso a dedo otros jueces favorables al régimen de facto. En 1983, Raúl Alfonsín siguió el mismo camino de 1973 y procedió a remover los jueces de facto y elegir dentro de la Constitución una nueva Corte. Lo de Menem es conocido, utilizando y perfeccionando el método de Frondizi, aumentó el número de jueces de cinco a nueve, y puso bajo su control el alto cuerpo judicial.

La Corte en la etapa Frondizi

Aquella Corte ampliada por Frondizi tuvo una pésima actuación en materia constitucional respecto de los Consejos de Guerra aplicados a obreros movilizados por el Plan Conintes, como al ferroviario Vicente Pucci, negándose a entender en su habeas corpus. El caso se acalló porque Pucci fue indultado por el decreto 8554/59. En cambio actuó correctamente al rechazar la intervención de la Asociación Bancaria. Desde luego, la Corte de la dictadura militar de Onganía abandonó ese criterio. En 1976, la dictadura no solo persiguió a gremialistas y otros ciudadanos sino que los secuestró y asesinó en campos clandestinos de concentración.

Tuvo, por acción del juez Julio Oyahanarte, una participación política atípica. Luego de la caída de Frondizi, por otro movimiento militar, hizo que jurara el presidente del Senado, José María Guido, ante la propia Corte, dejando sin argumentos a los militares que vieron frustrados su intención de hacerse con el poder.

Primó la idea del desarrollo sobre la de justicia social. Lo explicó Oyhanarte al decir que la Corte estableció la idea del "poder amplio y eficaz, acción estatal con el propósito de contribuir al cambio de estructuras sin el cual la justicia social es endeble y efímera; noción de poder limitado, es decir, subordinado a los valores espirituales y morales de la persona humana".

Tres tipos de jueces

Oyhanarte habló en un estudio sobre la historia de la Corte argentina de tres tipos de jueces: los creadores, los impeditivos y los actualizadores. Puede decirse que abundaron los jueces creadores desde ópticas distintas: liberales, tradicionalistas o innovadores. También estuvieron los impeditivos que bloquearon reformas sociales por intereses u ópticas de clase que el filósofo argentino Carlos Cossio analizó en su "crítica al saber de los juristas" y en su estudio titulado "Ideología y derecho", de 1963.

Pero la mayor parte fueron los jueces actualizadores los que acompañaron a los gobiernos de turno dentro de aquello que decía Jefferson: ser independientes del gobierno, no ser independientes del país. Los hubo pragmáticos, otros fueron pusilánimes pero también los hubo prudentes y decorosos. En todos los casos poseían títulos y antecedentes para ejercer la magistratura.

Pero lo que hoy siente la opinión pública argentina y por eso clama por una renovación de la actual Corte, es que no puede existir un tribunal regiminoso que actúe mediante mayorías automáticas a favor de los conductores del poder político, ignorando las leyes, dejando de lado el derecho. Las imputaciones que se han acumulado en el juicio político desbroza distintas situaciones personales.
Pero fundamentalmente hay un dato de la realidad. Los mejores jueces no eran, no fueron personas conocidas. Cuando hablaban lo hacían por sus sentencias, buenas, regulares o negativas. 

Hoy la Corte se la conoce por la acumulación de escándalos, porque se la repudia, todos los días, en manifestaciones públicas, como nunca se vio en la historia ciudadana.

Sin Justicia no hay Estado de Derecho y la vida se torna peligrosa. Restituir un Poder Judicial ético, eficaz, de amplios conocimientos técnicos y científicos, es otro de los capítulos pendientes, si realmente queremos que la Argentina tenga futuro y no sea una mera factoría.

Recuerdo al doctor José María Boffi Boggero que nos dio a los que éramos sus discípulos el ejemplo de su renuncia indeclinable al cargo de ministro de la Corte cuando el dictador Onganía asaltó el poder en 1966. Todavía resuenan los aplausos de los doscientos alumnos, en el aula magna de la Facultad de Derecho de Buenos Aires, con que lo saludamos por su gesto realmente ético. O jueces probos como Salvador María Lozada que en sus fallos defendió el patrimonio económico argentino de la voracidad de los pulpos monopólicos.

redaccion@argenpress.info
info@argenpress.info

COPYRIGHT ARGENPRESS.INFO © 2003
webmaster@argenpress.info

 

Tomado de ARGENPRESS.INFO


Regresar
Home