18 de septiembre del 2002
Las resoluciones de las Naciones Unidas que no han sido cumplidas por Israel
Rebelión
Naciones Unidas anualmente reitera, desde hace 52 años, todas las demandas y exigencias para que Israel se encuadre dentro de los marcos de la legalidad internacional. No obstante nunca las resoluciones fueron acatadas, violando Israel permanentemente esa voluntad. A la falta de respeto de estas resoluciones, se suman las de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. Y en esta variante de incumplimientos, Israel es el único que hasta la fecha nunca presentó los límites de sus fronteras, tal como lo exige Naciones Unidas para incorporar a un país miembro (ver resolución 242).
A continuación se citan algunas resoluciones a partir de 1947:
Resolución 181/11, 29 de noviembre de 1947: Concretaba la partición de Palestina en dos estados: uno árabe palestino con el 45 por ciento y otro judío con el 55 por ciento; internacionalizándose Jerusalén y quedando ubicada dentro del Estado Palestino (recordar anexo 5).
Resolución 194, 11 de diciembre de 1948: Resolvía el retorno de los refugiados palestinos a sus hogares y tierras, y a aquellos que eligieran no volver deberían ser indemnizados.
Resolución 303, 9 de diciembre de 1949: La ciudad de Jerusalén se establecería como un cuerpo separado bajo el régimen internacional especial y sería administrada por Naciones Unidas... El Consejo Fiduciario se designaría paradeslindar las responsabilidades de la autoridad actual.
Resolución 114 C.S. , 20 de diciembre de 1949: Preocupado con la transferencia hacia Jerusalén de algunos ministerios y departamentos públicos del gobierno de Israel... Consideraba que la actitud del gobierno de Israel generaría dificultades para la implementación del status de Jerusalén.
Resolución 2253 ES-V, 4 de julio de 1967: Rechazaba la expansión militar israelí durante la guerra del 5 de junio de 1967 y exigía el retiro de los territorios árabes ocupados, incluyendo de Jerusalén ocupada. Exhortaba a Israel revocar todas las medidas adoptadas y desistía de realizar cualquier actitud que alterase el status de Jerusalén.
Resolución 2254, 14 de julio de 1967: Observaba con profundo pesar y preocupación el no cumplimiento por parte de Israel de la resolución 2253 ES~V... Reiteraba su pedido a Israel a rescindir todas las medidas adoptadas y desistir inmediatamente de realizar cualquier actitud que alterase el status de Jerusalén.
Resolución 242 C.S. , 22 de noviembre de 1967: Exigía a Israel el retiro militar de los territorios árabes ocupados a Palestina incluyendo Jerusalén Este, las alturas del Golán de Siria y el Sinaí de Egipto. Exigía a Israel fijar sus fronteras internacionales.
Resolución 2628, 4 de noviembre de 1970: Reconocía que el derecho de los palestinos era un elemento indispensable para el establecimiento de una paz justa y duradera.
Resolución 2649, 30 de noviembre de 1970: Condenaba a los gobiernos que negasen la libre determinación de los pueblos a los cuales se les reconocía este derecho, especialmente a los pueblos de África Meridional y Palestina.
Resolución 2851. 20 de diciembre de 1971: Pedía enérgicamente a Israel rescindir inmediatamente todas las medidas y desistir de todas las decisiones y prácticas tales como anexión de cualquiera de los territorios árabes ocupados... establecimientos de asentamientos israelíes... demolición de villas, barrios casas, expropiación de propiedades... transferencias, deportación y expulsiones de los territorios ocupados... negativa a los derechos de refugiados... malos tratos y torturas a los prisioneros... castigo colectivo.
Resolución 338, 23 de octubre de 1973: Exhortaba a Israel el cumplimiento de la resolución 242 y reiteraba la exigencia a su retiro militar de los territorios árabes ocupados, incluyendo Jerusalén Este.
Resolución 3070, 30 de noviembre de 1973: Reafirmaba igualmente la legitimidad de la lucha de los pueblos por liberarse de la dominación colonial extranjera y de la subyugación foránea por todos los medios posibles incluida la lucha armada.
Resolución 3236, 2 de noviembre de 1974: Reafirmaba el derecho inalienable del pueblo palestino, el derecho a su independencia y a su soberanía, y el derecho del retorno; y establecía tomar contactos con la Organización para la Liberación de Palestina, para los asuntos concernientes a la Cuestión Palestina.
Resolución 3237. 22 de noviembre de 1974: Se reconocía a la Organización para la Liberación de Palestina como la única y legítima representante del pueblo palestino y se lo invitaba a formar parte de las sesiones y de la Asamblea General, como observador permanente.
Resolución 3379, 10 de noviembre de 1975: Se condenaba al Sionismo como forma de racismo y discriminación racial (se derogó en enero de 1991, sin fundamentos y por exigencias de Estados Unidos).
Resolución 32/40-B, 2 de diciembre de 1977: Se instituía el 29 de noviembre, día de la partición de Palestina, como "día Internacional de Solidaridad con el Pueblo Palestino".
Resolución 36/15, 28 de octubre de 1981: Pedía a Israel suspender inmediatamente todas las excavaciones y transformaciones de los sitios históricos, culturales y religiosos de Jerusalén; en particular en los alrededores del Santuario Sagrado musulmán de Al Haram Al Sharif, cuya estructura estaba en peligro de derrumbe.
Resolución 38/180 D, 19 de diciembre de 1983: Reafirmaba los derechos soberanos y recursos nacionales de los territorios palestinos ocupados y los territorios árabes ocupados (a Siria y al Líbano)... Declaraba una vez más que la paz en Medio Oriente era indivisible... bajo los auspicios de Naciones Unidas, que garantizara el retiro completo e incondicional de Israel de los territorios palestinos ocupados y demás territorios árabes ocupados inclusive Jerusalén Este ocupado.
Resolución 43/177,15 de diciembre de 1988: Tomaba nota la Declaración de Proclamación del Estado de Palestina, emanada del Consejo Nacional Palestino el 15 de noviembre de 1988. Decidía sustituir el nombre de Organización para la Liberación de Palestina, por el de Palestina en el sistema de la ONU.
Resolución 904 C.S. , 18 de marzo de 1994: Condenaba enérgicamente la masacre de civiles palestinos en Hebrón (en referencia a la masacre de 63 civiles palestinos mientras oraban en la Mezquita de Ibrahim).
Resolución 50/22, 4 de diciembre de 1995: Determinaba que la decisión de Israel de imponer sus leyes, jurisdicción, y administración de la Ciudad Santa de Jerusalén, era ilegal, por lo tanto nula y vacía... Deploraba la decisión de algunos estados de transferir sus misiones diplomáticas a Jerusalén violando la resolución 478 del Consejo de Seguridad.
Resolución 51/223, 14 de marzo de 1997: Exhortaba a Israel a detener los asentamientos en los territorios palestinos, especialmente en Jerusalén Este ocupado.
Resolución ES-10/2, 5 de mayo de 1997.- Exigía a Israel poner fin a los asentamientos en Jerusalén Este ocupado y la aplicabilidad del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la protección de civiles en tiempo de guerra. Reafirmaba que todos los asentamientos israelíes en los territorios ocupados por Israel en 1967 (Palestina y Siria) son ¡legales y como un obstáculo para la paz.
Resolución ES-10/3, 30 de julio de 1997: Habiendo tenido en cuenta conocimiento que el gobierno de Israel no había desistido de construir el nuevo asentamiento de Jabal Abu Ghenein... la construcción de carretera confiscando tierras (palestinas) adyacentes... Condenaba el hecho que el gobierno de Israel no haya atendido la resolución ES- 10/2... Exigía a Israel, Potencia Ocupante, cesara de inmediato y anulara todas las actividades.
Resolución E/CN.4/RES/2001/2 C.D.H : 5 de Abril de 2001:
Reafirmando el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y las disposiciones de los pactos e instrumentos internacionales relativos al derecho a la libre determinación como principio internacional y como derecho a todos los pueblos del mundo, que es norma imperativa (jus cogens) de derecho internacional, y condición fundamental para alcanzar una paz justa duradera y completa en la región de Oriente Medio.
Resolución E/CN.4/2001/L.31C.D.H :: 11 de Abril de 2001:
Consciente de que Israel es parte del convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, 12 de Agosto de 1949, que es aplicable al territorio palestino y todos los territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, incluida Jerusalén oriental.
Por las continuas actividades de asentamientos israelíes, incluidas la ampliación de los asentamientos, la instalación de colonos en los territorios ocupados, la expropiación de tierras, la demolición de viviendas que modifican las características físicas y la composición demográfica de los territorios ocupado, incluida Jerusalén oriental, dado que todas esas medidas son ilegales, constituyen una violación al Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, y son un obstáculo de primer orden para la paz. Basado en una documentación del IECAH
Tomado de Rebelión
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