PLATAFORMA
PARA LA PAZ Y DERECHOS HUMANOS EN GUINEA ECUATORIAL |
PRESENTACIÓN
El que fuera Secretario General de las Naciones Unidas, Señor Don
Javier Pérez de Cuellar, en un documento publicado por la Organización
en 1.989 escribió, a modo de prólogo que: "como testimonio de su
fe en los derechos humanos fundamentales, reafirmado por los pueblos en
la Carta de las Naciones Unidas, en 1948 los Estados Miembros
convinieron una Declaración que inmediatamente pasó a ser la enumeración
fundamental de los derechos básicos de todos los seres humanos. La
Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada el 10 de
Diciembre de ese año, representa un hito importante del progreso
humano, pues concreta el principio de la Carta de que el respeto
universal de los Derechos Humanos es empresa común de todos los
gobiernos y todos los pueblos. La Declaración Universal es un documento
de importancia suprema, que en su esfera representa la conciencia del
mundo, y es un marco de referencia que permite medir las actitudes de
sociedades y gobiernos".
La dinámica política de los treinta y dos años de independencia de
Guinea Ecuatorial y, sobre todo, los últimos nueve años, con la
promulgación del pluripartidismo, ha llevado a este país a vivir de
espaldas a la realidad universal de los Derechos Humanos proclamada y
abrazada por casi todos los pueblos y gobiernos del planeta. La pobreza
endémica en todos los órdenes en la que se encuentra sumida Guinea
Ecuatorial (el 5% de la población posee el 90% de los recursos), el
desmembramiento de la sociedad civil, el aturdimiento de los partidos
políticos a golpe de presiones y represiones, la ausencia total de
libertades jalonada por el apisonamiento de los Derechos Humanos, etc.,
exigen el abandono de la indiferencia de los que, desde lejos de las
fronteras guineanas, vivimos sin las presiones que atraviesan nuestros
paisanos con la dictadura.
En ese sentido, la puesta a punto de los ejes para la futura estabilidad
política, económica y social de Guinea Ecuatorial como parte del
predicamento de esta Plataforma nos obliga a invitar a todos los que,
por encima de sus intereses personales, asociativos o de partido,
quieran defender la paz y la convivencia pacífica de nuestros pueblos
y, en suma, la democratización definitiva de Guinea Ecuatorial.
Así, con los fines determinados en sus Estatutos, se crea la Plataforma
por la Paz y los Derechos Humanos individuales y colectivos, cuya
aspiración sublime será la de abrir una ventana donde entre un frescor
de libertad a Guinea Ecuatorial.
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LOS PUEBLOS DE GUINEA ECUATORIAL Y LOS DERECHOS HUMANOS
Guinea Ecuatorial es un mosaico de pueblos en el que desde 1.968, fecha
de su independencia, las distintas comunidades de su mapa político han
conocido el secuestro total de sus libertades con las dictaduras,
primero de Macías (1.968-1.979) y más tarde de Obiang (desde 1.979
hasta nuestros días).
En Guinea Ecuatorial existen seis pueblos, cada uno con cultura, lengua
y territorio diferentes. Estos pueblos son: Fang, mayoritario, ubicado
en el interior de Rio Muni, zona continental; Bubi, autóctono de la
isla de Bioko; Ndowe, natural del litoral de la zona continental, lo
mismo que los Bissio; los Annoboneses, oriundos de la isla de Annobón y
los Bengas, naturales de las islas de Corisco y Elobeyes.
LOS FANG
Visto desde fuera, el pueblo Fang parece ser un todo unitario, pero en
su seno existen divisiones mas allá de las formales y administrativas;
la localización geográfica y la lengua son variables que marcan sus
diferencias, y definen el acceso a las esferas del poder político.
Si bien es cierto que en términos generales el pueblo Fang está
sojuzgado por el sistema como el que más, un análisis en profundidad
demuestra, sin embargo, que algunos colectivos de este pueblo, pagan con
creces las diferencias geográficas y lingüísticas que les
caracterizan ante los omnimodos gobiernos totalitarios que ha conocido y
conoce Guinea Ecuatorial.
Uno de los ejemplos más llamativo es el de Ebebiyín que desde 1.968
hasta la fecha ha sido desprestigiado de una forma singular por las
dictaduras de los Nguema.
Idéntico tratamiento han recibido los habitantes de Micomeseng, Niefang,
Añisok e incluso algunos de la sacrosanta provincia de Mongomó, cuna
de los dictadores.
El pueblo Fang de Rio Muni por su lejanía del poder central, afincado
en Malabo, ha conocido vejaciones que muchas veces no han sido
denunciadas ni publicadas, sobre todo cuando estos han ocurrido fuera de
su capital, Bata.
En términos cuantitativos, el número de muertos producidos por las
dictaduras al pueblo Fang es muy alto. Concluyendo, este pueblo ha
sufrido y sufre tanto como cualquier otro, aunque los dirigentes habidos
hasta la fecha pertenecen a esta etnia.
LOS NDOWE Y BISSIO
Oriundos de la franja comprendida desde Niefang hasta la costa, en la
provincia de Rio Muni, las dictaduras habidas se han encargado de
expropiarles el territorio natural que les correspondía dentro del
contexto de lo que es la historia de Guinea Ecuatorial, aparte de que en
nombre de algunos connaturales de este colectivo se quemaron pueblos
enteros por sus disidencias con el régimen de Macías.
Otro tanto ocurre con el pueblo Bissio situado en la misma zona. Estos
dos pueblos en la actualidad están bordeando los límites de la
supervivencia etno-cultural.
LOS BUBIS
Sus disonancias con los líderes Fang por la independencia de España
desde 1964, le granjearon la animadversión y la oposición en todos los
frentes de ese pueblo mayoritario de Guinea Ecuatorial.
Queremos resaltar que los Bubi siempre defendieron una independencia
separada de Rio Muni, lo que ha sido imperdonable para el resto de
pueblos de Guinea Ecuatorial.
El pueblo Bubi se declaró en contra de la Constitución otorgada por
España en 1968, así como del resto de las leyes fundamentales
posteriores que cada vez cercenan más sus derechos y libertades.
La propaganda estatal de 31 años de independencia se ha encargado de
condenar a los bubi al ostracismo. Este pueblo hizo intentos de negociar
con España y con muchos de los gobiernos guineanos posibles salidas
pactadas a su situación de sojuzgamiento sin conseguirlo. Macías,
después Obiang, se encargaron de poner a los Bubi a los pies de los
caballos, aduciendo pretensiones políticas infundadas.
El punto más álgido de este proceso, fue el intento de sublevación
popular, protagonizado por unos jóvenes el 21 de enero de 1998. Desde
aquella fecha, los bubis han visto aumentada la represión contra ellos
y se ven marginados a una condición de pueblo residual en Guinea
Ecuatorial.
LOS ANNOBONESES
Desde que Guinea Ecuatorial accedió a la independencia, este pueblo ha
sido abandonado por los gobiernos del país. Es importante señalar que
está a más de 500 kilómetros del resto de territorios de la República.
La población de Annobón se comunica solo por vía marítima con el
resto de los pueblos y carece de medios elementales de desplazamiento.
El gobierno nunca puso medios, incluso con Macías estuvieron cinco años
incomunicados. Cabe señalar como ejemplo, que en el año 1974, con la
excusa de una supuesta sublevación popular, el gobierno llevó a cabo
una fuerte ola de represión contra este sufrido pueblo.
LOS BENGAS
Se puede decir que están en venta. La desafección, fruto del abandono
en que les tiene sumido el gobierno de Guinea Ecuatorial, les han
llevado a crear alianzas con la República del Gabón. De hecho, hubo un
intento de venta de la isla de Corisco, principal asentamiento de los
Benga, por parte del general Obiang.
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DERECHOS HUMANOS HOY
Aunque la violación de los Derechos Humanos en Guinea Ecuatorial es
sistemática y afecta a todos los campos de la vida humana, en este
documento resaltamos los que, a nuestro juicio, pueden resultar más
representativos
DISCRIMINACIÓN ÉTNICA.
Sabido es que en el Congreso de Berlín de 1885, las potencias
coloniales se repartieron Africa de modo arbitrario, constituyendo países
mediante la mezcla de pueblos que no tenían nada en común, en algunos
casos, y, en otros, separando familias. El concepto de unidad nacional
en Africa, y en este caso, Guinea Ecuatorial, no existe a pesar de los
doscientos años de colonización española. Si a este hecho unimos el
de la centralización del poder político y económico, la supresión
del pluralismo político, se dan todos los ingredientes para el
ejercicio arbitrario del poder.
Macías primero y después Obiang, han puesto las bases para el
desencuentro de los pueblos de nuestra Guinea Ecuatorial. Este último
ha llegado a constitucionalizar la discriminación étnica en la última
Ley Fundamental de 1991, y también en la ley de Partidos Políticos y
en la Ley Electoral.
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
El ex-Fiscal General del Estado, don Eloy Eló Nve Mbengono, con ocasión
de la apertura del Año Judicial 1995/96 y en presencia del Señor
Obiang, el Cuerpo Diplomático acreditado en Guinea Ecuatorial y los
componentes del Poder Judicial, hacía una radiografía del
funcionamiento del sistema judicial guineano: "La Administración
de Justicia no funciona, los jueces, magistrados, notarios,
registradores y en general los profesionales del derecho, sumidos hasta
la médula espinal en la más abyecta e inenarrable corrupción, no
cumplimos la ley".
Estas palabras pronunciadas por un señor nombrado por el mismo
Presidente, resumen la situación en la que se encuentra la justicia en
Guinea Ecuatorial.
La inseguridad jurídica está a la orden del día. Existen diferentes
parámetros en función de la posición de lejanía o cercanía que se
tenga de los centros del poder político a la hora de aplicar "las
leyes" por parte de los jueces.
Esta situación es perfectamente extrapolable a otros ámbitos de la
vida pública guinenana como por ejemplo la función pública, el
ejercito, etc. El Poder Judicial está anulado por ausencia total de
separación de poderes.
DERECHOS DE LA MUJER
Son totalmente desconocidos. Las mujeres, junto con los niños, son el
eslabón social que se lleva la peor parte en el rosario de despropósito
del sistema. Además de víctimas de atrocidades como violaciones a
punta de pistola, acosos y otros abusos en sus puestos de trabajo (en el
caso de las pocas que cuentan con ese "privilegio"), tienen
además que soportar las limitaciones institucionales que vetan su
acceso a la educación, a la esfera social y a puestos de trabajos
dignos.
ARRESTOS Y DETENCIONES
Están caracterizados por las prácticas de torturas y malos tratos a
los detenidos. Los presos son sometidos a tratos inhumanos: son
obligados a ingerir sedantes, metidos en mazmorras diminutas, sin camas,
ni alimentos, ni servicios sanitarios, sometidos a trabajos externos
gratuitos y forzosos y un largo etc.
DERECHOS POLÍTICOS
Las restricciones a la libertad de expresión, las persecuciones y
amenazas de muerte, la ausencia de libertad de prensa, de reunión, de
manifestación, etc. para los partidos políticos legalizados convierten
en papel mojado el artículo ( ) del título (...) sobre pluripartidismo
político.
DERECHOS DE TRÁNSITO
En Guinea Ecuatorial no existe libertad de circulación. Las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, cumpliendo órdenes del Presidente
Obiang, han instalado barreras en los accesos a muchos de los pueblos de
la República, especialmente en aquellos catalogados como disidentes.
Además de las funciones que les son asignadas desde las altas esferas
del poder, los militares se encargan asimismo de confiscar bienes de
particulares, imponer sanciones arbitrarias y cobrar derechos de peaje
tanto a transeúntes como a conductores, previa presentación -si los
tenían- de sus carnets de militantes del gubernamental Partido Democrático
de Guinea Ecuatorial. Ni que decir tiene que para los grupos políticos
de la oposición esta situación es totalmente dramática.
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LA OPINIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS EN GUINEA ECUATORIAL
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es la declaración
internacional básica de los derechos inalienables e inviolables de
todos los integrantes de la familia humana, que tiene por objetivo ser
el "ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben
esforzarse" con miras a alcanzar y hacer efectivos el
reconocimiento y la ampliación universal de los derechos y libertades
que enumera . Es más, puede decirse que la Declaración es aceptada
como patrón que permite a los gobiernos medir sus progresos en la
protección de los derechos humanos. En los órganos de las Naciones
Unidas, la Declaración tiene una autoridad superada únicamente por la
Carta Internacional de Derechos Humanos. Se la menciona constantemente
no solo en la Asamblea General, sino también en el Consejo de Seguridad
y en otros órganos. La Declaración está citada en instrumentos jurídicos
internacionales, tales como la Convención para la protección de los
Derechos Humanos y de las libertades fundamentales del Consejo de Europa
de 1.950, el Tratado de Paz con el Japón de 1.951, el Estatuto Especial
sobre Trieste de 1.954, la Constitución de la Organización de la
Unidad Africana (OUA) de 1.963 y el Documento Final de la Conferencia
sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa de 1.975 firmado en
Helsinki por 35 Estados. La Declaración se menciona en docenas de
constituciones nacionales.
De acuerdo a su propia dicción, los dos pactos que desarrollan dicha
Declaración reconocen: el derecho a trabajar y a escoger empleo
libremente; a fundar sindicatos y afiliarse a ellos; a la seguridad
social; a condiciones dignas de existencia; a la protección contra el
hambre; a la salud y a la educación; y el otro reconoce, el derecho de
toda persona a la vida, la libertad y la seguridad personal; a la
privacidad; a la protección contra la tortura y tratos crueles,
inhumanos o degradantes; a no estar sometido a la esclavitud; a la
inmunidad de la detención arbitraria; al juicio justo; al
reconocimiento de la personalidad jurídica; a no ser sometido a penas
retroactivas; a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; a la
libertad de opinión y expresión; a la libertad de circulación
incluido el derecho a emigrar; a la reunión pacífica, y a asociarse
libremente. Ambos pactos reconocen también el derecho de los pueblos a
la libre determinación. Tienen fuerza de ley para los países que los
ratifiquen.
La búsqueda continua de la libertad ha sido imprescindible en el
progreso de Europa. La historia europea desde principio de los tiempos
se ha fundado en la lucha por alcanzar el máximo grado de libertad
individual y colectiva. Así es cómo en busca de los espacios de
libertad cayeron, por señalar ejemplos rudimentarios, los señores
feudales, los reinos, los dictadores, y los colectivos con iguales
aspiraciones se agruparon para una mejor defensa de sus intereses, el
primero de los cuales fue siempre la Libertad. Puede asegurarse también
que el Derecho europeo se funda en la aventura de la libertad . Y, del
mismo modo en que no puede concebirse el Progreso de Europa fuera del
respeto a la libertad, no es posible el progreso de Guinea Ecuatorial
sin que los conceptos de libertad, derechos humanos estén fuertemente
arraigados en la conciencia colectiva de los guineanos.
Es bien cierto que el primer impulsor de la libertad y los derechos
humanos debería ser el Estado en términos generales y, en este momento
en que nos ha tocado vivir, ya no parece lógico agruparse para
capturar, juzgar y ejecutar en la plaza pública al tirano. En el año
2000 deberíamos llevar ya tiempo enseñando a todos lo que es la
libertad y qué son los derechos humanos.
Por otra parte, aunque las instituciones internacionales velan por la
libertad y los derechos humanos, a través de Declaraciones,
recomendaciones, sugerencias, etc., los gobiernos que en teoría deben
ejecutarlas, con frecuencia y por razones de conveniencia políticas, no
las ejecutan. De ahí que en todos los tiempos y en todos los lugares sólo
grupos de personas con un alto nivel de conciencia y valores humanos,
ajenos muchas veces a los problemas en cuestión, prestan su tiempo, sus
recursos económicos y su intelecto a la defensa de esas libertades de
las que ellos ya gozan, en apoyo a otros pueblos en la recuperación de
su dignidad humana, perdida desde el principio de la colonización.
"En Guinea Ecuatorial no se conocen cuales son las leyes vigentes,
ni siquiera por esferas de la administración pública, que se amparan
en este desconocimiento para negar los derechos legalmente acordados. La
ausencia de la publicación periódica y regular de las leyes, decretos
y reglamentos, es fuente de una grave inseguridad jurídica. En
consecuencia, no existe la imparcialidad e independencia del poder
judicial, por lo cual la jefatura del estado puede imponer sanciones
penales al margen del preceptivo proceso judicial penal. Pero también
pueden imponer sanciones penales las autoridades periféricas. Pero la
violación a los derechos humanos y libertades fundamentales en Guinea
Ecuatorial no afecta del mismo modo a toda la población. Desde su
fundación en 1.968, el país ha estado gobernado por un grupo de
personas encuadradas en lo que se denomina genéricamente "Clan de
Mongomó" y al que han pertenecido desde luego, los dos jefes de
estado habidos: Francisco Macías Nguema Biyogo y Teodoro Obiang Nguema
Mbasogo. Ambos personajes pertenecen a la región continental de ese
nombre y a la etnia Fang, mayoritaria en el país. El 5% de la población
a la que pertenece el clan de Mongomó y sus afines, disfruta de más
del 80% de los ingresos nacionales; y es este clan el único titular de
derechos, quedando excluido, salvo autorización o consentimiento el 95%
de la población." Siguiendo la dicción literal del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la libertad, la justicia
y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos
iguales e inalienables, y que no puede realizarse el ideal del ser
humano libre, en el disfrute de las libertades civiles y políticas y
liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que
permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos,
tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales.
Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la
obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos
y libertades humanas; otros, comprendiendo que el individuo, por tener
deberes con otros individuos y de la comunidad a la que pertenece, tiene
la obligación de esforzarse por la consecución y la observancia de los
derechos reconocidos en el Pacto .
El Pacto, vervigracia, establece en su articulo 6 párrafo 1º, que el
derecho a la vida es inherente a la persona humana y que este derecho
estará protegido por la ley; en su articulo 6 establece que nadie será
sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes,
el Pacto establece asimismo que todo individuo tiene derecho a la
libertad y a la seguridad personales y que nadie podrá ser sometido a
detención o prisión arbitrarias.
Sépase que Guinea Ecuatorial es firmante del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, del Pacto Internacional de Derechos Económicos
Sociales y Culturales además de ser firmante asimismo de los Protocolos
Facultativos. Con todo, en Guinea Ecuatorial es normal arrancar
confesiones judiciales bajo tortura, obligar a un preso Bubi a ingerir
excrementos de perro, quemar el vello del pubis a una mujer embarazada,
obligar a las detenidas Bubi a nadar desnudas en el barro en presencia
de otros detenidos o someterlas a abusos sexuales u obligarlas a
presenciar los abusos sexuales contra sus hijas menores de edad. Todas
estas prácticas, son conocidas por las máximas autoridades del país
que las consienten y entran dentro de la lógica de sus planteamientos
políticos. No obstante la situación de Guinea Ecuatorial, puede
encauzarse incidiendo de manera directa sobre la enseñanza de los
derechos humanos a la población, despertando en las personas la
conciencia de libertad, entendida en su concepción Universal y
cooperando con los gobiernos de los países interesados en la implantación
de organizaciones sociales y cívicas que impulsen la conciencia en la
aspiración mas elevada del hombre, la Libertad.
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CONCLUSIONES Y OBJETIVOS
Después de treinta años viviendo en Europa, viendo el sistema de vida
Europeo y su progreso, habiendo vivido la transición ejemplar española,
creemos que ya es hora de poder trasladar esta experiencia a nuestro país,
con el apoyo de las instituciones públicas y privadas y, ayudados por
los países interesados. En ese sentido, la PPDHGE se ha propuesto las
metas que siguen.
1. Facilitar el diálogo como mecanismo de defensa de la paz: poniendo
las bases para el acuerdo entre los pueblos, fuerzas políticas y
sociales, con un catálogo de temas a debatir entre éstos, para atenuar
las tensiones internas.
2. Promover la reconciliación nacional: buscando con los actores antes
aludidos, fórmulas para agotar las opciones políticas que nos permitan
consensuar un nuevo modelo de Estado con compromisos firmes y estables
entre las partes, que puedan garantizar la paz y el respeto a la
diferencia más allá de los aspectos demográficos de las distintas
nacionalidades del país.
3. Fomentar el respeto de los derechos humanos: trabajando con los
partidos políticos democráticos y organizaciones sociales, prestándoles
los apoyos políticos, económicos y logísticos necesarios para llevar
a cabo la lucha pacífica para la defensa de los derechos humanos,
promoviendo la formación en esta materia de jueces, policías,
abogados, y, sobre todo, de funcionarios de prisiones.
4. Institucionalizar la paz: desde los mecanismos de alerta temprana que
estamos llevando a cabo, solicitar la ayuda de países y organizaciones
regionales africanas así como otras de ámbito internacional para
recabar apoyos y cualesquiera otras medidas que puedan servir para
cambiar el régimen político actual por otro garante de la seguridad y
el desarrollo humanos sostenibles.
5. Consolidar la paz: con un paquete de medidas que tengan en cuenta los
diversos factores que amenazan la paz. Así tenemos que, será
prioritario nuestra mediación en todos los aspectos tendentes a la
celebración de elecciones democráticas, la ayuda a la reinserción de
los desplazados por las dictaduras, la creación de programas de
desarrollo, la defensa de los derechos humanos colectivos e
individuales, además de fomentar la reconciliación nacional arriba
aludida y la promoción de la unidad política desde la diversidad.
6. Abogar por el establecimiento del imperio de la ley: no podemos
hablar de una paz duradera y estable sin pasar por un respeto de las
leyes. Imperio de la ley y derechos humanos van parejos, y tanto es así
que, pensamos buscar mecanismos que permitan la ratificación de los
tratados de los derechos humanos firmados por Guinea Ecuatorial;
coadyuvaremos a que las fuerzas políticas y sociales, dentro de
nuestras posibilidades lleguen a una situación de revisión de las
leyes del país y que trabajen en la dirección de un escrupuloso
reconocimiento y respeto legal de los derechos humanos. También
trabajaremos por la creación de instituciones nacionales creíbles,
independientes e imparciales en todos los temas relacionados con los
derechos humanos.
7. Apostar por un sistema democrático nacional: que garantice los
derechos políticos que proteja las libertades económicas y que crea un
clima de participación efectiva de las fuerzas políticas con un
pluripartidismo real en el que los dirigentes políticos no sean el
resultado de golpes de estado sino elegidos por la voluntad de la mayoría.
Desde este rubro creemos que la participación de la población en la
cosa pública será una aspecto básico del sistema democrático que se
vaya a instaurar. |