Una alarmante situación es la que se vive desde 1988, cuando Japón, supuestamente con fines científicos, comenzó a capturar a estos gigantes del mar. Esta investigación no ha cesado. De nada han servido las fuertes protestas internacionales provenientes de muchos países, varios de los cuales pertenecen a la Comisión Ballenera Internacional (CBI), único organismo con la autoridad para regular la caza de ballenas a nivel mundial. Japón, así como Noruega e Islandia, desafiando a todos y aun sin quebrantar técnicamente los acuerdos internacionales, utilizan la Convención Ballenera, cuyo propósito es permitir la investigación legítima en pequeña escala, para continuar cazando ballenas.
Japón, junto con sus socios, buscan acabar con la moratoria impuesta por la CBI y debilitar las posturas conservacionistas. Estos países tienen cada vez mayor influencia sobre los países votantes en diversos tratados internacionales. Diversas ONG’s denuncian anualmente ante la CBI la vergonzosa compra de votos realizada por Japón a través de donaciones y préstamos financieros a países del tercer mundo.
En la actualidad, se estima que el número de Ballenas Francas Australes que habitan los océanos Indico, Pacífico Sur y Atlántico Sur, no debe superar los 4 mil ejemplares, cifras que resultan de los avistajes realizados desde buques en alta mar y también desde las costas de Sudamérica, Sudáfrica y Australia. Lo angustiante es que mientras existan países como Japón, que aprovechan resquicios legales para sus propios fines, nunca se podrá garantizar el futuro de las ballenas.
La jurisdicción internacional sobre los recursos vivos del mar
La jurisdicción sobre los espacios marítimos es determinante para la conservación y uso sostenible de los recursos vivos del mar. Dicha jurisdicción dependerá de la naturaleza jurídica del lugar en que se encuentren esos recursos.
La delimitación del sector de los mares sujeto a la jurisdicción de los países ribereños y consiguientemente, de los mares internacionales fue variando a lo largo de la épocas. Inicialmente, predominaban las consideraciones sobre defensa, viéndose necesario que hubiera una porción del mar adyacente a las costas que debía estar bajo la soberanía de los estados ribereños. La extensión de esa franja de mar territorial era objeto de controversias.
Paulatinamente, en esta controversia fue adquiriendo una importancia preponderante la explotación de los recursos naturales. Las áreas de alta mar eran consideradas "res communis" y eran de acceso abierto para la pesca por quien quisiera y pudiera hacerlo. En esas condiciones no hay incentivos para la conservación de los recursos vivos, siendo las únicas limitantes a la pesca, el capital y la tecnología disponible, y el nivel de demanda en el mercado.
Los Estados Unidos de Norteamérica reivindicaron en 1945, mediante una proclama del presidente Truman, su derecho a establecer zonas de conservación en áreas contiguas a su mar territorial, porque los tratados existentes no protegían adecuadamente las pesquerías. Ello fue seguido por otros actos similares de países de América Latina, entre ellos Argentina en 1946, Panamá, Chile y Perú en 1947.
América del Sur tempranamente introdujo el concepto de 200 millas, desde la Declaración de Santiago en 1952, que fue suscrita por Chile, Ecuador y Perú, si bien se la denominó zona de soberanía marítima. Posteriormente, las Declaraciones de Montevideo y de Lima en 1970 y las Resoluciones del Comité Jurídico Interamericano en 1973 insistieron en tal sentido, es decir, reconociendo el derecho de los estados ribereños en la utilización de los recursos marinos en vastas áreas adyacentes a sus costas. El concepto de zona económica exclusiva (ZEE) surge de aportes posteriores de los países africanos y asiáticos, ya que consideraban que el régimen de alta mar vigente beneficiaba a los estados desarrollados. En 1976, los Estados Unidos de Norteamérica aseguraron su control sobre los recursos pesqueros expandiendo su jurisdicción hasta las 200 millas como zona de conservación pesquera, mediante la Ley Magnuson.
Todos estos enfoques doctrinarios confluyeron finalmente a nivel internacional en la elaboración y aprobación, no sin fuertes polémicas, de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la cual fue abierta a la firma en Montego Bay, Jamaica, en diciembre de 1982.
La Convención sobre el Derecho del Mar
Abierta a la firma en 1982, recién en noviembre de 1994 alcanzó la 60ava. ratificación que permitió su entrada en vigor. En 1973 se convocó a la Tercera Conferencia sobre Derecho del Mar, que procuraba superar la situación generada con las dos conferencias anteriores, cuyos documentos finales no eran ratificados por el estado. Las deliberaciones se extendieron durante nueve años. De todos modos, en consonancia con la fecha de su redacción y adopción, la CDM no es un documento surgido de consenso, como sí lo han sido convenios posteriores, como los de Cambio Climático y de Diversidad Biológica, adoptados en la Cumbre de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, en 1992. Si bien la CDM fue firmada en su momento por 119 países, el proceso de ratificaciones habidas en casi 15 años contrasta con otros tratados multilaterales, especialmente los exclusivamente ambientales.
La CDM es una de las más amplias y complejas convenciones internacionales y procura dirimir puntos de gran conflicto sobre los que no había habido antes normas suficientemente acordadas. Regula una enorme cantidad de asuntos vinculados al mar, entre ellos: la jurisdicción sobre el mar y sus recursos, el acceso a los mares, la navegación, la protección del medio marino, la investigación científica en el medio marino, y un régimen complejo de carácter internacional para la explotación minera de los fondos marinos. A ello debe agregarse un detallado sistema de resolución de controversias.
La principal fortaleza de la CDM es su amplio alcance temático y su enfoque esosistémico integral, sus numerosas disposiciones ambientales, el método innovativo de resolución de controversias mediante un sistema global y vinculante, y su capacidad de actuar como tratado marco, permitiendo su crecimiento y complementación con otros acuerdos regionales que se celebren.
Con anterioridad a la CDM, los gobiernos podían, en su propio interés, administrar adecuadamente los recursos marinos dentro de la Zona Económica Exclusiva (ZEE). La convención introduce la obligatoriedad de hacerlo. Por este medio, los estados ribereños se comprometen a preservar los recursos vivos en su ZEE, no permitiendo un exceso de explotación y, por otro lado, a tomar medidas sobre maneras de prevenir la contaminación procedente tanto de fuentes terrestres como marinas. La CDM habría contribuido a eliminar o resolver el 35% de los conflictos entre Estados a causa de los usos de los océanos. Su principal debilidad es que el nivel de fiscalización posible sobre el cumplimiento del tratado es bajo.
La CDM regula tres grupos de temas: los problemas de jurisdicción, la regulación de los recursos vivos y la protección del medio ambiente marino.
Legislación Internacional sobre Prevención de la Contaminación Marina.
La contaminación oceánica reconoce diferentes fuentes, entre las que sobresale la originada en fuentes terrestres, debido a la gran cantidad de población humana establecida en las regiones costeras de todo el mundo. El transporte marítimo, especialmente de hidrocarburos y el vertimiento intencional de desechos generados en tierra son otras fuentes sustanciales de contaminación marina, mientras que la propia actividad de prospección y explotación de hidrocarburos responde por un porcentaje sensiblemente menor al problema.
Las zonas de los mares más sensibles a la contaminación son las regiones costeras y los arrecifes coralinos. Allí se concentran la mayor diversidad biológica y la biomasa marina y las principales actividades humanas, tanto por la ubicación de ciudades y centros industriales, como por el tráfico marítimo, las actividades de carga y descarga de sustancias contaminantes, los usos turísticos, y las actividades extractivas, todas ellas generadoras en mayor o menor medida de contaminación en el área costera.
La definición adoptada internacionalmente para la contaminación marina es: Introducir directa o indirectamente sustancias o energía en el medio marino, de modo tal que se dañen los recursos vivos y los sistemas ecológicos, se amenace la salud humana y se reduzcan las posibilidades de recreación y esparcimiento en las costas.
En algunos casos se han establecido acuerdos que procuran limitar la contaminación por fuentes terrestres. Es el caso del Convenio para la Prevención de la Contaminación del Mar por Fuentes Terrestres para el Atlántico Nororiental, habiendo otros similares para el Mar Báltico, el Mediterráneo y para el Pacífico Sudeste. No hay acuerdos similares para el conjunto del Atlántico sudoccidental, pudiéndose mencionar las disposiciones del tratado argentino-uruguayo para el Río de la Plata y su Frente Marítimo.
La futura adopción de un convenio más amplio en la materia dependerá de cómo evolucione la discusión entre quienes entienden que este es un problema sólo local, cuya resolución es función exclusiva de cada Estado, y quienes consideran que debe integrar la agenda de problemas globales, posición ésta más cercana a la real interdependencia ambiental de los mares.
La CITES y los organismos marinos.
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre (CITES) es un instrumento muy exitoso que permitió acotar los efectos deletéreos del comercio internacional de recursos biológicos y sus derivados sobre la conservación de los mismos.
La CITES, en lo relativo a especies marinas y de agua dulce ha sido de gran utilidad en revertir la situación de la explotación indiscriminada de varios grupos de mamíferos y reptiles acuáticos.
Las ballenas y los pinípedos, si bien están listadas en los apéndices de esta convención, en la práctica se han regulado primordialmente por otros instrumentos internacionales específicos, como la Comisión Ballenera Internacional (CBI) o el Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas, en el marco del sistema del Tratado Antártico.
Alternativas a la caza de ballenas
Una de las obligaciones de la CBI es asegurar la utilización óptima de las ballenas: la explotación no letal, como el turismo de observación de cetáceos. Es sin duda la mejor alternativa, ya que es verdaderamente sustentable, proporciona valiosos ingresos económicos a las comunidades locales e incrementa la apreciación hacia el ambiente marino y la importancia de su conservación, así como también es fuente directa de investigación científica de los mares y océanos del planeta Tierra.
Se calcula que alrededor de nueve millones de personas realizan turismo de observación de cetáceos anualmente. El número de países que realiza esta actividad ha aumentado de 65 a 87, desde 1994. Las ganancias totales de esta actividad han crecido de 504 millones de dólares a más de un billón de dólares.
Fundamentos generales:
El número de personas que realizan turismo de observación de cetáceos tiene un crecimiento promedio de 12% anual desde 1991. Durante el mismo periodo, las ganancias totales dejadas por esta actividad han crecido un promedio de 18.6% anualmente.
Casi el 86% de los países miembros de la CBI cuentan actualmente con una industria de turismo de observación de cetáceos, incluyendo aquellos que realizan o apoyan la caza comercial. Alrededor de 7,731,885 personas viajan anualmente a países miembros de la CBI que realizan turismo de observación, gastando un total de 780 millones de dólares.
La forma más usual de realizar turismo de observación es en embarcaciones marinas (72%). Más de 2.5 millones de personas realizan observación desde tierra (28%).
El turismo de observación de cetáceos en Japón ha crecido mundialmente más aceleradamente que en otras naciones. Hasta 1998, alrededor de 102,785 personas viajaron a Japón para realizar turismo de observación de ballenas, dejando ganancias estimadas en 33 millones de dólares.
Noruega ha experimentado un crecimiento promedio de esta actividad del 18.8% anual.
La tasa de crecimiento anual de observación de cetáceos en Islandia es de 250%, siendo el más alto del mundo. El turismo de observación de ballenas es más valioso para la economía de ese país, que toda la historia económica de la industria ballenera.
El acelerado crecimiento global del turismo de observación de cetáceos demuestra que la explotación favorable de las ballenas es potencialmente más viable que la industria ballenera. Debido a que la CBI debe reenfocar sus esfuerzos para identificar y abordar las crecientes amenazas ambientales que enfrentan actualmente las ballenas, no existen razones para pensar que el turismo de observación de cetáceos no pueda seguir creciendo. La CBI también tiene un papel importante en asegurar que la industria del turismo está globalmente regulado, asegurando que los intereses, tanto de las ballenas como de las personas, sean protegidos por las generaciones venideras.
Un Santuario Ballenero en el Atlántico Sur - Mercosur
El Acuerdo Marco sobre el medio ambiente del MERCOSUR firmado por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, el 22 de Junio del 2001, tiene por objeto el desarrollo sustentable y la protección del medio ambiente, mediante la articulación de las dimensiones económicas, sociales y ambientales, contribuyendo a una mejor calidad del ambiente y de la vida de la población a través de las siguientes acciones:
- Incrementar el intercambio de información sobre leyes, reglamentos, procedimientos, políticas y practicas ambientales, así como sus aspectos sociales, culturales, económicos y de salud; en particular, aquellos que puedan afectar el comercio o las condiciones de competitividad en el ámbito del MERCOSUR.
- Incentivar políticas e instrumentos nacionales en materia ambiental, buscando optimizar la gestión del medio ambiente.
- Buscar la armonización de las legislaciones ambientales considerando las diferentes realidades ambientales, sociales y económicas de los países del MERCOSUR.
- Promover la adopción de políticas, procesos productivos y servicios no degradantes del medio ambiente.
- Incentivar la investigación científica y el desarrollo de tecnologías limpias.
- Promover el uso de instrumentos económicos de apoyo a la ejecución de las políticas para la promoción del desarrollo sustentable y la protección del medio ambiente.
- Promover la educación ambiental formal y no formal y fomentar conocimientos, hábitos de conducta e integración de valores orientados a las transformaciones necesarias para alcanzar el desarrollo sustentable en el ámbito del MERCOSUR.
- Desarrollar acuerdos sectoriales, en temas específicos, conforme sea necesario para la consecución del objeto de este Acuerdo.
En el MERCOSUR se reviste la importancia que posee la integración regional para la gestión de la política ambiental para enfrentar las negociaciones internacionales.
La creciente preocupación por la sustentabilidad ambiental del modelo de desarrollo sustentable ha puesto el tema ambiental en la agenda de negociaciones multilaterales regionales o bilaterales.
Debido a la diversidad de situaciones locales y a la necesidad de combinar políticas y programas, se destaca la importancia de la formulación de una estrategia global para alcanzar objetivos en relación con el ambiente. Las negociaciones plantean nuevos desafíos al MERCOSUR. Es relevante que los países aumenten su capacidad de generación de conocimientos y puedan adoptar un enfoque propio sobre el desarrollo nacional y regional sustentable. A su vez, se destaca el papel fundamental de las instituciones regionales y nacionales en la conformación por lo menos de una parte de la agenda de investigación, de capacitación y de negociación. Corresponde destacar el papel de la sociedad civil, de las diferentes organizaciones sociales y ambientales, en el proceso de gestión de la política ambiental.
Es imprescindible la Creación de un Santuario Ballenero en el Atlántico Sur - MERCOSUR ya que esta zona es vital para la concepción abarcativa de la conservación y preservación de las ballenas. Este santuario se extendería desde las frías aguas de la Antártida hasta las cálidas aguas del Ecuador.
Un Acuerdo es un tratado intergubernamental al cual los países (o partes) que lo desean y poseen interés se adhieren. El compromiso es estructurar un texto con normativas consensuadas y participar en su gestión y desarrollo, así como también colaborará a establecer recomendaciones para establecer acciones que no sean obligatorias. Para que el Acuerdo posea validez y sea efectivo, debe ser necesariamente implementado en forma interna en cada país. Todo Acuerdo posee una Secretaría General con sede en un país determinado y es financiada para su operación por los países miembros. Así, cada país, con el uso de estas normativas puede aportar a la comunidad internacional experiencias que le pueden ser de utilidad. Los Acuerdos pueden destinar fondos para proyectos específicos o multinacionales y ser instrumentales para canalizar expertos en áreas o problemas deficitarios.
Explotación ballenera
Las Ballenas Francas fueron desde la antigüedad una de las primeras especies en ser cazadas. Aún antes del siglo XII, los franceses y españoles las perseguían desde pequeños botes a remo, empleando para matarlas arpones que arrojaban con la fuerza de sus brazos. Durante los siglos XVIII y XIX la explotación llegó a tal punto que la Ballena Franca del Hemisferio Norte prácticamente fue eliminada. Ante esta situación, las flotas balleneras se dirigieron hacia los mares australes, comenzando a diezmar las poblaciones balleneras de estas aguas. La razón de esta persecución está dada por la facilidad con la que podían ser atrapadas. En efecto, esta ballena es un animal lento y, para suerte de los cazadores, flota al ser muerta, a diferencia de otras ballenas a las que hay que inyectarles aire para evitar que se hundan. Estas características, sumadas a su alta producción de aceite, ya que cada individuo puede rendir unos 7,200 litros, le valieron el nombre en ingles de "Right Whale" o sea ballena correcta, "franca".
La mayoría de las ballenas son altamente migratorias, se alimentan de nutrientes en las ricas aguas de la Antártida para luego viajar hacia aguas tropicales para dar a luz y ver crecer a sus crías. Más tarde realizan el largo camino migratorio de vuelta a sus áreas de alimentación.
Ya que las ballenas raramente cruzan el Ecuador, el establecimiento de este santuario significaría para las ballenas del Hemisferio Sur la oportunidad de vivir toda su vida en un mar libre de la caza.
Principales causas para crear un Santuario Ballenero en el Atlántico Sur - MERCOSUR:
Contaminación: La preservación de recursos marinos no está relacionada sólo con la magnitud de la pesca, sino también con la contaminación del medio marino. Los mares reciben en forma constante desechos generados en tierra, especialmente de aguas residuales cargadas de contaminantes químicos y de desechos procedentes de la agricultura, la industria, de productos radioactivos y la actividad doméstica. La contaminación tiende a agravarse en los lugares próximos a las zonas industrializadas. Se estima que el 70% de la contaminación marina proviene de fuentes terrestres.
Caza Furtiva: La persecución despiadada de la fauna Sudamericana por distintas técnicas de caza ha puesto en jaque numerosas especies y comprometido su subsistencia, especialmente al combinarse, por ejemplo, la contaminación a la transformación de los ambientes naturales. Es más redituable para los países del MERCOSUR mantener a las ballenas vivas que permitir que desaparezcan.
Biodiversidad: La extinción de especies animales es uno de los síntomas más preocupantes del deterioro ambiental en el mundo, ya que constituye un proceso irreversible que nos priva para siempre de un material genético único e irremplazable del que tal vez ni siquiera sepamos aún qué aplicaciones prácticas podrá tener en beneficio de la misma humanidad que los destruye.
La situación de Argentina, Uruguay y Brasil relacionada con los mamíferos marinos.
Los cetáceos son mamíferos exclusivamente acuáticos. Tienen cuerpo fusiforme y cabeza con el área del hocico alargada, aberturas laterales nasales altas y ojos pequeños. Los oídos carecen de pabellones. En las especies con dientes, éstos son muy semejantes entre sí y pueden llegar a 250. Las extremidades anteriores tienen forma de paleta, sin dedos ni uñas. En cambio carecen de extremidades posteriores. La cola está achatada lateralmente.
Los cetáceos no tienen pelos ni glándulas cebáceas y están recubiertos por una gruesa capa de grasa subcutánea que los protege del frío del agua.
Los machos tienen un pene retráctil y las hembras una vagina separada de la uretra y un solo par de mamas, ubicadas en la ingle.
El orden de los cetáceos incluye especies de un metro treinta centímetros de largo hasta treinta metros de largo, de treinta kilos de peso hasta ciento sesenta toneladas de peso. Las especies de mayor tamaño son también los animales más grandes que hayan vivido en el planeta.
Las formas vivientes se incluyen en dos subórdenes: el de los mistacocetos y el de los odontocetos. Los primeros son cetáceos sin dientes, con barbas; son las ballenas y los rorcuales.
Los odontocetos son cetáceos que poseen dientes, de raíz simple y sin cúspide, y todos de tamaño y forma semejante. Hay especies que poseen sólo dos dientes, como los delfines picudos, y otros que poseen ciento veinte dientes en cada media mandíbula.
Los odontocetos habitan en todos los océanos y mares adyacentes y en algunos ríos y lagos de Africa, Asia, América del Norte y América del Sur.
Los odontocetos incluyen doce familias, treinta y tres géneros y aproximadamente 74 especies: delfines, cachalotes, marsopas, orcas, etc.
Diferentes especies de ballenas, delfines, lobos y leones marinos se encuentran representadas en las aguas del Atlántico Sur, algunas con asentamientos poblacionales relativamente estables y otras con poblaciones migratorias.
Hasta el momento, se han descrito como alguna vez presentes en el mar y costas uruguayas, brasileras y argentinas, 31 diferentes especies de mamíferos marinos: 3 especies de pinipedios otaridos (lobos y leones marinos con orejas), 4 de pinipedios fócidos (verdaderas focas), 18 de cetáceos odontocetos (con dientes en sus mandíbulas) y 6 de cetáceos misticetos (con barbas o ballenas en sus mandíbulas).
Dada la importancia que todos estos grupos poseen, la posición que ocupan en la cadena trófica y la interacción que algunos tienen con las pesquerías artesanales y comerciales, resulta necesario el logro de un mejor control en sus poblaciones, que en definitiva contribuya a alcanzar su conservación y preservación. Lamentablemente, ejemplares de algunas especies quedan accidentalmente atrapados y retenidos -captura accidental- en artes de pesca utilizadas por embarcaciones pesqueras, fundamentalmente de pesquerías de pequeña escala o artesanales, originándose su muerte por causa de la resultante asfixia, provocada por la excesiva y prolongada inmersión. Asimismo, se ha detectado y comprobado el hallazgo de algunos ejemplares de machos adultos de lobos finos clandestinamente faenados por la mano del hombre.
Argentina
Durante el siglo XVIII y XIX la Ballena Franca Austral fue irracionalmente explotada en el Atlántico Sur, entrando en una vertiginosa declinación, de la cual hoy se está recuperando. Actualmente, el hombre parece tener dos alternativas: poner fin a la industria ballenera o presenciar la desaparición de las ballenas que aún subsisten.
La Argentina fue uno de los primeros países balleneros que operaron en la zona subantártica. En 1903 se da origen a la formación de una empresa dedicada a la caza de ballenas. Así nace en 1904 la Compañía Argentina de Pesca S.A. La empresa operó fundamentalmente en las Georgias del Sur hasta 1960, en el puerto de Grytviken. Las principales especies que se cazaban eran la ballena jorobada, la ballena azul y la ballena franca austral: entre 1904 y 1929 se capturaron 217 ejemplares de esta última especie. La mayor parte de las capturas se efectuaron antes de 1915, año a partir del cual decaen bruscamente.
La mejor época del año para el avistaje de ballenas en la Argentina es en los meses de septiembre y octubre. En ese período cerca de 600 ejemplares de Ballena Franca Austral, permanecen en la cercanía de la costa. Sin embargo, la posibilidad de avistajes se extiende durante un tiempo mayor. Entre abril y julio, las primeras ballenas empiezan a llegar a la zona de Puerto Madryn y se retiran recién en diciembre.
Uruguay
Si tomamos el caso de la Ballena Franca Austral (Eubalaena australis), los datos más antiguos sobre la presencia de esta ballena en aguas uruguayas se refieren a las operaciones balleneras realizadas en 1761. En el siglo XVIII, la Real Compañía Marítima, con la autorización del Reino de España, instaló una factoría en la isla Gorriti donde procesaba la materia prima obtenida en la matanza de lobos marinos y ballenas que abundaban en la zona. La explotación prosiguió luego de la independencia del país, aunque con menos fuerza debido a la matanza indiscriminada de años anteriores. La caza casi agotó el recurso proveniente de las ballenas como el de los lobos marinos y sólo la intervención estatal salvó a estos de la extinción.
Si bien, en décadas pasadas la Ballena Franca Austral llegaba hasta las costas uruguayas en septiembre, ahora, a principios de julio ya comienzan a aparecer los primeros ejemplares. En 1995 se constató un avistamiento cada 12 días y en el 2000 hubo uno cada dos días y medio entre julio y noviembre.
Brasil
Desde el siglo XVIII, las Ballenas Francas Australes fueron sistemáticamente masacradas en Brasil, poniéndolas peligrosamente al borde de la extinción. A pesar de ser protegidas por acuerdos internacionales desde el año 1935, la matanza de esta especie tuvo lugar en aguas brasileñas hasta 1973, cuando la última estación ballenera cerró sus puertas en el pueblo de Imbituba por absoluta falta de ballenas.
El redescubrimiento de la población brasilera de Ballenas Francas Australes, a los principios de 1980, llevó a la estructuración de un programa permanente de investigación y conservación de la especie en Brasil, que entre otras victorias logró movilizar a la opinión pública para su protección. En 1995, el Gobierno del Estado de Santa Catarina declaró legalmente a la Ballena Franca Austral como Monumento Natural del Estado, garantizando su protección integral.
De mayo hasta noviembre, las Ballenas Francas Australes llegan a las costas de Santa Catarina para el nacimiento y crianza de sus ballenatos. En esta región de aguas limpias y ensenadas protegidas, las hembras y sus crías suelen quedarse muy cerca de la playa, desde donde se las puede observar fácilmente.
Es muy importante que los gobiernos de Argentina, Uruguay y Brasil impulsen la creación de un Santuario Ballenero en el Atlántico Sur - MERCOSUR para la protección de ballenas, además de otras especies de mamíferos marinos, que ocupará todo el Atlántico Sur, incluyendo el Mar Territorial de los tres países. La zona a abarcar por el área de protección será desde el Ecuador hasta el límite con el Santuario Ballenero Austral en la Antártida, bañando las costas de los tres países.
El Santuario Ballenero del Atlántico Sur - MERCOSUR podrá brindar protección a nueve especies de ballenas. Las especies que habitan el área a ser declarada y que gozarán de su protección: Ballena Franca Austral, Ballena Azul, Ballena Jorobada, Ballena de Aleta, Ballena Sei, Cachalote, Rorcual Tropical, Ballena Minke del Sur y Ballena Minke Común.
La mayoría de las especies que habitan el área a ser declarada santuario son visita corriente de las costas de Argentina, Uruguay y Brasil, como la Ballena Minke del Sur (Balenoptera bonaerensis), especie que Japón caza actualmente y la Ballena Franca Austral (Eubalaena australis), ésta última en lenta recuperación de sus poblaciones debido a la feroz cacería de la que fue víctima en el pasado.
Dentro del santuario estará prohibida la caza comercial y científica de ballenas por tiempo indefinido. La creación del santuario no sólo implicará un importante beneficio para el ambiente marino, sino que también impulsará proyectos científicos y educativos y el turismo de observación de ballenas en la región. Si tomamos como ejemplo a la Argentina, anualmente, sólo contando la provincia de Chubut, ingresan unos 59 millones de dólares debido al turismo de observación de ballenas, una actividad que mueve mil millones de dólares al año en todo el mundo.
Al mismo tiempo, debe tenerse en cuenta que la constitución de acuerdos regionales que promocionen la cooperación e integración científica y de gestión de especies amenazadas no debilita a la Comisión Ballenera Internacional (CBI), sino que la complementa y refuerza la capacidad de los Estados de adelantar en aquel foro sus intereses nacionales y regionales.
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