DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA

MUNICIPIO DE ESPARTA

Datos Históricos:

Fecha de creación 2 de septiembre 1902 (aldea San Cristóbal o Colorado del municipio de Tela) "Créase el municipio de Colorado, jurisdicción de Puerto Sierra (Tela) en el nuevo departamento de la Atlántida.

Con vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, por los auxiliares y vecinos de la aldea de Colorado, (figuraba en la División Política de 1896), comprensión municipal de Tela, departamento de Yoro, contraída a pedir la creación de un nuevo municipio, ya que cuenta con el número de habitantes y demás condiciones exigidas por la Ley para tal fin.

CONSIDERANDO: que el informe de la municipalidad de Puerto Sierra es favorable a la solicitud, puesto que la distancia considerable de más de seis leguas que hay entre la cabecera municipal y la aldea expresada, impide la buena adminis tración, tanto civil como militar y judicial.

CONSIDERANDO: que el Gobernador Político de Yoro da también un dictamen favorable, fundándose en que es notorio el ensanche que va tomando la aldea de Colorado en los ramos de comercio y agricultura, con motivo del aumento de población, por el gran número de inmigrantes que llegan, atraídos por las ventajosas condiciones de aquel lugar y por la feracidad de sus terrenos para las empresas agrícolas.

CONSIDERANDO: que hay actualmente en la aldea de Colorado un edificio que puede servir para cabildo municipal, y los demás que falten pueden construirse en muy poco tiempo, dado el carácter emprendedor de todos los pueblos de la costa norte, y la facilidad que tienen para proveerse de los materiales que se ocupan en esas edificaciones; y

CONSIDERANDO: que por tales motivos es oportuna la erección del municipio, para que haya autoridades propias, que se empeñen con más eficacia, en el progreso y adelanto de aquella localidad;

POR TANTO, el Presidente, en aplicación dE los artículos 2o. 3o. reformado, 7o. y 8o, de la Ley Municipal.

ACUERDA:

lo. Resolver de conformidad la solicitud expresada; en consecuencia se autoriza la creación del nuevo municipio, que tendrá por cabecera la Aldea de Colorado; y comprenderá, además las aldeas de San Juan y Buenos Aires, y caseríos Sambuco y Zambuquito, Las Flores y Sisoma.

2o. Disponer que el Gobernador Político del Departamento de Atlántida haga la demarcación jurisdiccional, que corresponde, sometiendo su resolución o acuerdo a la ratificación del poder Ejecutivo.

3o. La elección de autoridades locales se verificará en la fecha correspondiente, para que el nuevo pueblo quede erigido el 10. de enero del año próximo.

COMUNIQUESE. Sierra.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. César Bonilla".

Se traslada el municipio de San Cristóbal o Colorado a Esparta.

Tegucigalpa, 17 de noviembre de 1926.

Vista la solicitud presentada por el Lic. don J. Belisario Hernández, como representante de los señores General don Jacobo P. Munguía, Alcaldes Auxiliares don Jesús López y don Sebastián B. Vargas y demás vecinos de la aldea de Esparta municipio de San Cristóbal, departamento de Atlántida, pidiendo el traslado de la cabecera municipal de San Cristóbal o Colorado a la aldea de Esparta.

Representa a la municipalidad de San Cristóbal el Lic. don Coronado García. Resulta: que los vecinos de la aldea de Esparta manifiestan: que su solicitud la hacen basándose en los fundamentos siguientes:

lo. En vista de la decadencia en que se encuentra la cabecera de San Cristóbal, por carecer de vías de comunicación que la tienen aislada de los demás pueblos del departamento y hasta de sus aldeas.

2o. Tanto el comercio como su población, día por día tienden a desaparecer, ocasionando con esto un perjuicio al municipio,

3o. Que bien sabido es que el Río Lean, año por año destruye su población con sus inundaciones.

4o. Que el pueblo de Colorado, después de tener auge comercial y la ventaja de ser cabecera del municipio, no cuenta hoy con veinte casas habitadas.

5o. que al no trasladar la cabecera del municipio de Colorado en otra aldea de su jurisdicción por las desventajas ya expuestas, seguramente este municipio desaparecerá y posiblemente sea dividido entre los municipios de Tela y Masica, quienes ya han hecho gestión en tal sentido.

6o. Que la Aldea Esparta está cruzada por la vía férrea, sus vecinos en la mayoría, son poseedores de terrenos nacionales, con terreno suficiente para extender su población en el porvenir y los edificios indispensables para autoridades locales y escuelas.

Resulta: que los vecinos del municipio de San Cristóbal, en exposición fechada el seis de mayo del corriente, reconocen que, en la actualidad, el pueblo de San Cristóbal se encuentra extraviado del resto de las aldeas que componen su jurisdicción, no obstante de contar con un ramal de línea férrea, por el cual apenas está establecido un servicio de pasajeros y fletes cada ocho días, sobre cuyo servicio, más continuo, se han hecho gestiones ante empleados del gobierno y de la compañía ferrocarrilera, sin ningún resultado satisfactorio; que reconocen el estado lamentable de retroceso a que ha llegado dicha cabecera municipal con motivo de la negligencia, descuido o desorden administrativo en que por más de dos lustros han permanecido unidas las rentas municipales, muy suficiente para haber constituido un pueblo con todo los adelantos de la moderna civilización.

Resulta: que la Gobernación Política del departamento de Atlántida, con fecha cinco de julio del corriente año, después de haber practicado una inspección en las localidades del pueblo de San Cristóbal y Aldea de Esparta, y hecho observación personal acerca de cada uno de los extremos en que se funda la solicitud de los vecinos de dicha aldea, emitió el informe siguiente: como lo expresan los peticionarios en su respectiva solicitud, el pueblo de San Cristóbal o Colorado, que no hace muchos años floreciera como importante centro agrícola-comercial de este litoral y uno de los pueblos más ricos del departamento, por el conjunto de inevitables y adversos accidentes, ha entrado en vertiginosa decadencia, viniendo tan a menos que ha perdido, puede decirse, la idoneidad y cualidades necesarias para servir de asiento a la cabecera municipal. De la inspección ocular practicada.

Resulta: que este pueblo, situado en la margen derecha y en la desembocadura del Río Lean, por las frecuentes avenidas de caudaloso Río, se ha visto repentinamente inundado y destruido en la parte más importante de su población, quedando el resto sujeto a la destrucción definitiva, siendo consecuencia necesaria la despoblación de la localidad, puesto que gran número de sus moradores se han trasladado a los pueblos y caseríos cercanos, dejando sus casas cerradas y aun abandonadas. Un inconveniente que llama a primera vista la atención en este pueblo, es el cementerio, pues entre uno y otro media el ya citado Río Lean, que sólo puede cruzarse en pequeñas embarcaciones, lo que da lugar a que en la época de las lluvias no puedan hacerse, con la debida regularidad, las inhumaciones, interrumpidas por las grandes avenidas del Río.

Pero el más grande de los inconvenientes, desde el punto de vista político-administrativo, consiste en que encontrándose este pueblo completamente aislado, como lo expresan los solicitantes, sin vías de comunicación con la cabecera del departamento ni con las aldeas de su dependencia, aquel municipio quede privado de la acción inmediata y eficiente de las autoridades departamentales, desarrollándose de esa manera una labor local administrativa de resultados negativos y retardatarios; cierto es que hay un ramal que, de la línea principal del ferrocarril de la Compañía "Standard Fruit" conduce a los suburbios del aludido pueblo; pero el servicio de trenes se hace una vez cada ocho días para los asuntos de la Compañía, tardando el tren solamente quince minutos en la estación que dista del pueblo como un kilómetro, no permitiendo, por lo tanto, a los pasajeros, que vayan hasta el pueblo y regresen a tomar nuevamente el tren en el mismo día, y por la vía marítima no existe tampoco ningún servicio que comunique aquel pueblo con el puerto de La Ceiba. Tales causas, naturalmente, han traído el estado ruinoso en que este pueblo se encuentra, amenazándolo con llevarlo hasta su completo aniquilamiento, porque tras de su despoblación ha muerto el comercio y se han extinguido las energías locales. Han disminuido las recitas municipales en más de un sesenta y cinco por ciento y toda la población vive corriendo el riesgo de ser inundada en un momento dado, por las avenidas del Río Lean. En cambio la aldea de Esparta, cruzada por la línea férrea, en contacto diario con este centro administrativo, reúne todas las condiciones que enumeran los solicitantes para llevar la dirección del municipio en la actualidad, trasladándole a ella la cabecera municipal, y aunque ahora carece de abundante agua potable, ésta se encuentra a cinco kilómetros del lugar, no siendo- difícil introducirla en breve tiempo sin comprometer gravemente las rentas del municipio.

Por todo lo relacionado, esta Gobernación Política admite como bien fundada y hasta oportuna la solicitud a que viene refiriéndose, pues para atender a los intereses del municipio de San Cristóbal, para estimular e impulsar su progreso, para promover en el municipio una administración laboriosa y eficaz, para la supervigilancia de sus rentas, para el mantenimiento de la enseñanza primaria y la observación del orden público, la traslación del asiento de la cabecera municipal a la Aldea de Esparta, radicado actualmente en el pueblo de San Cristóbal, es no sólo de conveniencia sino también de necesidad pública manifiesta Resulta: que el señor Fiscal General de Hacienda al evacuar el traslado, manifiesta: que es de parecer por que la presente cuestión se resuelve tomando en cuenta las razones en pro del cambio de la localidad del municipio de San Cristóbal o Colorado. Resulta: que el ejecutivo ordenó, con el objeto de oír la opinión de los vecinos del municipio de San Cristóbal, que se llevase a cabo un plebiscito, que tuvo verificativo el 24 de octubre anterior, con el resultado siguiente: porque se traslade la cabecera municipal ala Aldea de Esparta, 177 votos; porque se traslade a la aldea de "Flores de Lean" 51 y porque continúe en Colorado 114 votos, concurriendo un total de electores de 346.

CONSIDERANDO: que es procedente y de conveniencia para el municipio de San Cristóbal, que su cabecera sea trasladada a la Aldea de Esparta, como resultado de los informes relacionados y la resolución plebiscitaria; POR TANTO: el Presidente Constitucional de la República, en uso de las facultades que le da el artículo 8o. de la Ley Municipal.

ACUERDA: Trasladar la cabecera municipal del municipio de San Cristóbal o Colorado a la Aldea de Esparta, debiendo verificarse el traslado el día lo. de enero de 1927, facultando al señor Gobernador Político del Departamento de Atlántida para el cumplimiento de este acuerdo.

COMUNIQUESE. Paz Barahona.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Sanidad. José María Casco".

SITUACION: La cabecera está situada en la llanura costera a 5 Km. del litoral entre quebrada Cataguana y San Pedro y el municipio está regado por los ríos Lean, Mezapa y Mezapita.

LIMITES: Al norte, Mar de las Antillas; al sur, municipio de Yoro; al este, municipio de La Masica y al oeste, municipio de Tela.

EXTENSION TERRITORIAL: 940.2 Km.2
FERIA PATRONAL: El 15 de agosto, día de la Virgen del Tránsito
ALDEAS: 45
CASERIOS: 132
Poblacion: 15.468

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