DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA

MUNICIPIO DE JUTIAPA.
(Rio de los Jutes)

Datos Históricos:

Fecha de creación 2 de julio 1906 (aldea Nueva Armenia, municipio Balfate).

Se resuelve de conformidad una solicitud.

Tegucigalpa, 2 de julio de 1906.

"Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por los vecinos de las aldeas de Nueva Armenia (ya figuraba en la División Política de 1896) Jutiapa y el Zapote, del término municipal de Balfate, departamento de Colón, contraída a pedir se autorice la creación de un nuevo municipio, por tener el número de habitantes requeridos por la Ley, para tal fin, y además, los recursos y elementos necesarios para el sostenimiento de autoridades propias y para mejorar todos los ramos del servicio administrativo.

Visto así mismo, el informe del Gobernador Político de Colón en que es de parecer que se acceda a la petición de los solicitantes.

CONSIDERANDO: que la gran distancia que media entre la cabecera municipal de Balfate y dichas aldeas, dificulta la buena marcha administrativa, y ese inconveniente cesaría con la creación del nuevo municipio, para que las autoridades respectivas vigilasen más de cerca todos los diversos intereses de la comunidad, y establezcan buenas escuelas para la instrucción de pueblo, procurando a la vez, la mejora de todos los ramos del servicio público; por tanto, el Presidente Constitucional.

ACUERDA:

1o. Resolver de conformidad la expresada solicitud, autorizando la creación del Nuevo Municipio que tendrá por cabecera la actual aldea de Nueva Armenia; comprendiendo además, las aldeas de Jutiapa y el Zapote.

2o. Delegar en la Gobernación Política de Colón, la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo municipio; y

3o. Las elecciones de autoridades locales se practicarán en el tiempo ordinario, según la Ley de la materia, a efecto de que tomen posesión de sus cargos y se inaugure el municipio el 10. de enero del año próximo.

COMUNIQUESE. Bonilla.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación: Salornón Ordóñez".

Se fija un: límite jurisdiccional.

Tegucigalpa 17 de agosto de 1909.

Vista a solicitud presentada al Poder Ejecutivo por varios vecinos del pueblo de Nueva Armenia, en el Departamento de Colón, contraída a pedir la anexión del municipio de dicho pueblo al departamento de Atlántida Resulta: que los peticionarios, en apoyo de su pretensión, alegan: que en relaciones comerciales y agrícolas de Nueva Armenia, dada la facilidad de los caminos y topografía, son exclusivamente con el Puerto de La Ceiba, de donde se surte de mercadería y otros artículos de necesidad diaria; y que casi todos los vapores que arriban a dicho puerto van a Nueva Armenia a comprar la fruta que se produce en abundancia y de muy buena calidad; y que todas esas circunstancias no suceden con el Puerto de Trujillo, cabecera del Departamento de Colón, pues las relaciones y comunicación con él son realmente difíciles y de poca utilidad, en razón de que los caminos, son malísimos, casi intransitables, en el punto llamado Farallones, de tal manera que en el invierno queda absolutamente incomunicado.

Vistos los informes de los Gobernadores Políticos de Colón y Atlántida, en los cuales ambos funcionarios manifiestan, que es mayor la distancia de Trujillo a Nueva Armenia que la de este lugar a La Ceiba.

CONSIDERANDO: que es un deber del Gobierno promover el progreso de los pueblos haciendo desaparecer los obstáculos que se oponen a su desarrollo y bienestar, sin alterar en su esencia la actual división territorial.

CONSIDERANDO: que encontrándose el pueblo de Nueva Armenia a menor distancia del puerto de La Ceiba que del de Trujillo, siendo su comercio más activo y constante con el primero de dichos puertos, es de conveniencia y aun de necesidad que se ponga a aquel pueblo en condiciones de poder aprovechar, bajo todos conceptos, las ventajas que le ofrecen, la mejor y más corta vía de comunicación con una plaza comercial de la importancia de La Ceiba, POR TANTO: el Presidente,

ACUERDA: Fijar como límite jurisdiccional entre los departamentos de Atlántida y Colón los del municipio de Nueva Armenia, quedando éste formando parte del Distrito de La Ceiba, en el Departamento de Atlántida.

COMUNIQUESE. Dávila.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. M. Carías A".

El 12 de abril de 1923 los vecinos de Nueva Armenia solicitaron al Gobierno Central el traslado de dicho municipio a la aldea de Jutiapa, petición que fue aprobada el lo. de junio de 1923, siendo presidente Rafael López Gutiérrez.

ORIGEN DE SU NOMBRE: Significa Río de los Jutes.

SITUACION: La cabecera está situada al Este de la llanura costera al pie del cerro Jutiapa y la confluencia de los Ríos Papaloteca y Jutiapa.

LIMITES: Al norte, Mar de las Antillas, al sur, municipio de Olanchito; al este municipio de Balfate, y Sonaguera y al oeste, municipio de La Ceiba.

EXTENSION TERRITORIAL: 519.0 Km².
FERIA PATRONAL: El 1 5 agosto, día de la Virgen del Tránsito.
ALDEAS: 28
CASERIOS: 91
POBLACION: 27.494

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