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DECRETOS GUBERNAMENTALES

DECRETO NÚMERO 112 DE 1968

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

GOBERNACION

DECRETO NÚMERO 112 DE 1968

(Febrero 21)

Por el cual se designa una entidad como asesora del Gobierno Departamental en materia de radio comunicaciones.

EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA,

En uso de sus atribuciones legales, y

C o n s i d e r a n d o :

  1. Que actualmente funciona en el Departamento la corporación denominada como "RADIO CLUB DE ANTIOQUIA", domicilio en esta ciudad, y que obtuvo Personería Jurídica mediante la resolución- N°. 86 del 16 de Junio de 1950, emanada del Ministerio de Justicia;

  2. Que el Radio Club Antioquía presta una invaluable colaboración con la ciudadanía en emergencias públicas al servir de enlace, por medio de la red de radioaficionados, con otras entidades nacionales y extranjeras para la solicitud de auxilios y el intercambio de mensajes;

  3. Que forma parte de la Asociación y de sus organismos directivos personas expertas en el ramo de Radio Comunicaciones,

D E C R E T A:

Artículo 1°: Designar "ad-honorem" al "Radio Club Antioquía", Como entidad asesora del Gobierno Departamental en materia de Radio Comunicaciones y en especial, en la organización de una red móvil de ayuda o servicio cívico.

Artículo 2°: Este decreto rige a partir de su expedición.

C U M P L A S E,

Dado en Medellín, a 21 de Febrero de 1968.

ORIGINAL FIRMADO:


OCTAVIO ARIZMENDI POSADA, GOBERNADOR DE ANTIOQUIA.
LUIS ALFONSO GARCÍA C, SECRETARIO GENERAL, GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA.

DECRETO NÚMERO 116 DE 1971

DECRETO NÚMERO 116 DE 1971

(febrero 23)

Por el cual se confiere una comisión ad-honorem

EL ALCALDE DE MEDELLIN,

En uso de sus facultades legales, y

C O N S I D E R A N D O :

  1. Que la " Corporación Radio Club Antioquía", cuya personería jurídica fue reconocida mediante resolución N°. 86 de junio de 1950, emanada del Ministerio de justicia;

  2. Que durante eventuales ocurrencias de indudable interés social, su colaboración cívica con las autoridades ha sido eficiente y patriótica;

  3. Que la experiencia adquirida durante su existencia la capacita ampliamente para asesorar al Gobierno Municipal en la tecnificación de sus servicios de Radio Comunicaciones;

D E C R E T A :

ARTICULO PRIMERO: Comisionar a la corporación "Radio Club Antioquia" para asistir, aconsejar y asesorar técnicamente al Gobierno Municipal en la prestación de sus servicios de Radio Comunicaciones, en coordinación con las entidades y personas oficiales encargadas de dicha actividad.

PARAGRAFO: Esta comisión se confiere ad-honorem y, en consecuencia, no causa erogaciones en el presupuesto de rentas y gastos. Implica, además, un reconocimiento a los valiosos servicios prestados a la comunidad por la corporación "Radio Club Antioquia".

ARTICULO SEGUNDO: Este Decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Medellín, a los veintitrés días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y uno.

ORIGINAL FIRMADO:


ALVARO VILLEGAS MORENO, ALCALDE DE MEDELLÍN ANTIOQUIA.
GUILLERMO TASCÓN VILLA, SECRETARIO GENERAL, ALCALDÍA DE MEDELLÍN.

DECRETO NÚMERO 1055 DE 1997.

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

GOBERNACION

DECRETO NÚMERO 1055

(O8 de mayo de 1997)

"Por medio del cual se hace un reconocimiento público y se destaca una efectiva labor prestada a la sociedad".

El Gobernador del Departamento de Antioquía en uso de sus atribuciones legales y,

C O N S I D E R A N D O :

Que en fecha reciente cumplió sus cincuenta años de labores la Corporación Radio Club Antioquía, siempre al servicio de los demás de forma efectiva y desinteresada.

Que esta entidad sin ánimo de lucro se ha distinguido en el medio por ser abanderada del sector de las Radio Comunicaciones al servicio de la comunidad, sobre todo en momentos de emergencia y crisis.

Que desde su origen en el año 1947, el Radio Club Antioquía siempre se ha reconocido por su actual filosofía de " prestar el mejor servicio a los asociados y a la comunidad en general".

Que es deber del Gobierno Departamental agradecer y exaltar la labor de instituciones como estas, cuyo objeto de ser y servir es la comunidad, lo cual llevan a cabo en lujo de detalles.

D E C R E T A :

ARTICULO PRIMERO: Hacer reconocimiento público de la efectiva y humanitaria labor adelantada por la Corporación Radio Club Antioquía durante sus cincuenta años de existencia, siempre al servicio de la sociedad.

ARTICULO SEGUNDO: Agradecer y destacar a nombre de todo el pueblo antioqueño los ivaluables servicios que este ha prestado a la comunidad.

ARTICULO TERCERO: Colocar como ejemplo ante todos los sectores de la sociedad y en especial de aquellos que se dedican a servir al prójimo, a la Corporación Radio Club Antioquía, por su positivo aporte y vocación de ayuda incondicional.

ARTICULO CUARTO: Felicitar por sus logros a todos los socios, funcionarios, integrantes de la junta directiva y demás allegados al Radio Club Antioquía, en la seguridad de que su entrega y aporte han sido claves para ocupar el lugar que hoy ocupa la Corporación.

ARTICULO QUINTO: Hacer entrega de este Decreto de reconocimiento al arquitecto Iván Darío Valencia Betancur, presidente de la Junta del Radio Club y por intermedio suyo al grupo humano que lo integra.

ORIGINAL FIRMADO:

Álvaro Uribe Vélez, Gobernador de Antioquia.
Luis Ignacio Guzmán Ramírez, Secretario General de la Gobernación de Antioquia.

Reunión de Socios del Radio Club de Antioquia.

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