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Cuadro comparativo

 

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Instituto

Sin la reforma

Con la reforma

Periodo de prueba

30 días. Puede ser elevado convencionalmente a 180 días con preaviso e indemnización del 50 %

90 días. Ampliable a 180 días por convenio sin indemnización ni preaviso. PYMES: 6 meses, ampliable a 12 por Conv. Colect.

Duración de los convenios

Lo fijan las partes. Si no hay plazo se prorrogan automáticamente. (ultractividad)

Se suprime la ultractividad.

Ambito de validez de los convenios. (territorial – personal)

Se fija por acuerdo de partes. (Nacional, Regional, Actividad, Rama, Empresas, o Grupo)

Sin modificaciones

Integración de la Comisión Negociadora en Convenios de Actividad Nacionales

Federación Sindical y Representación Empresaria

Sin modificaciones

Integración de la Comisión Negociadora en Convenios de Actividad descentralizado territorialmente.

Federación Sindical y Representación Empresaria

Sindicato de primer grado y Representación Empresaria

Integración Comisión Negociadora en Convenios por Empresa

Sindicato de primer Grado y 1 delegado cuando la empresa tiene mas de 500 dependientes.

Sindicato de primer grado y 3 delegados cualquiera fuere el número de trabajadores.

Convenios de Empresa

No requieren homolgación

Requieren homologación

Articulación entre Convenios Colectivos

Para que exista debe ser suscripto por las mismas partes.

El convenio de ámbito menor prevalece sobre el mayor. El sindicato que firmó el convenio de ámbito mayor puede participar en la negociación del convenio menor junto con el sindicato de grado inferior. En caso de discrepancias, se decide por las normas estatutarias. Si no está previsto o son contradictorias, prevalece la entidad de menor grado.

Arbitraje

Voluntario

Obligatorio para el supuesto de ultractividad de los convenios.

Jerarquía normativa entre convenios.

Un convenio posterior sólo puede derogar ciertas cláusulas si el convenio es cabalmente más favorable.

El convenio posterior puede modificar o suprimir los derechos del convenio anterior. Los convenios de ámbito menor prevalecen sobre los de ámbito mayor.

Exclusión de los Convenios Colectivos de Trabajo.

No existe regulación al respecto.

Existe la posibilidad de excluir en los convenios por actividad a aquellas empresas cuya estabilidad económica pueda verse afectada por la aplicación de ese Convenio Colectivo.

Cargas Sociales

Promedio del 18 %

Reducción al 12 % para el empleo nuevo por encima del plantel actual. (Luego de concluido el periodo de prueba). La reducción se eleva hasta el 50 % cuando el personal incorporado es -hombre mayor de 45 años, -mujer jefa de hogar o, -joven (cualquier sexo) de hasta 24 años.

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