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Da-salud o la quita

Por Milton Ariel Mosquera M.

Hay un adagio bastante cierto que dice "En casa de herrero cuchillo de palo". ¿Quién creyera que el organismo encargado de orientar y vigilar la salud en el Chocó no paga oportunamente los aportes de salud de sus funcionarios?

Los empleados del Departamento Administrativo de Salud del Chocó (Dasalud) y en especial los afiliados a Cajanal EPS desde el año pasado vienen sufriendo incomodidades para recibir los servicios de salud en todos los niveles debido a la mora en el pago de las autoliquidaciones. El sistema los reporta como cotizantes suspendidos y en ciertos casos como retirados; esta circunstancia afecta el normal recibo de los servicios médicos asistenciales que Cajanal debe brindar por medio de las IPS contratadas para tal fin.

Pero si en el Dasalud llueve, en las ESE no escampa. Los hospitales de Condoto, Tadó, Istmina y Bahía Solano también reportan atraso en el pago de esas transferencias parafiscales con una moratoria mucho mayor a la de Dasalud. En este momento, en el Chocó existen 2.329 usuarios de Cajanal suspendidos por la irresponsabilidad de los empleadores.

¿Por qué para una EPS y para todo el sistema de salud es perjudicial el atraso de los empleadores?

1. Porque según sentencia de la Corte Constitucional C–800 de sep/2003, la EPS no puede suspender el servicio de salud ni desafiliar al cotizante y sus beneficiarios hasta por un período de seis meses, cuando hubiere mediado la correspondiente retención por parte del patrono y no hubiera procedido a su pago.

Esta sentencia crea una obligación que, según el Colegio de Abogados Especializados en Derecho del trabajador y seguridad social, comporta una carga excesivamente onerosa para el prestador y que claramente y como se viene presentando en muchas EPS redunda en el goce efectivo de los derechos a los servicios de salud; así existan mecanismos legales para que la EPS cobre con intereses moratorios los recursos al empleador.

2. Al sistema general de salud le afecta porque la diferencia entre el valor recaudado por las EPS y lo que realmente le reconoce el Fosyga es utilizado para el reconocimiento de incapacidades laborales, licencias de maternidad y para compensar a las EPS que tienen un recaudo menor al que se les debe reconocer, según los usuarios que tienen. Y mucho más importante, con estos recursos se financia la atención de gran parte de la población de régimen subsidiado y vinculada en los municipios.

Invito a los representantes legales no solo de las instituciones en mención, sino de todas aquellas que presentan el mismo problema, ya sean públicas o privadas, para que entendiendo el derecho a la salud en conexidad con la vida, realicen el pago oportuno de estos recursos o establezcan convenios de pago con las EPS (situación que es permitida), de forma tal que los usuarios no se vean afectados por las estrategias de suspensión y atención a medias, utilizadas por las EPS para presionar el pago de los aportes por parte del patrono.

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